Nevada NRS § 453.321 prohíbe la venta ilegal de una sustancia controlada. Esta sección también convierte en un delito transferir, comerciar, distribuir o regalar narcóticos. Una condena por venta por primera vez puede ser un delito grave de Categoría D felonía que conlleva de 1 a 4 años de prisión o un delito grave de Categoría C que conlleva de 1 a 5 años de prisión. Los delitos relacionados con la venta generalmente no califican para la desviación de drogas o el tribunal de drogas según la ley de Nevada.
No importa si las drogas son sustancias controladas reales o falsas. Si la transacción involucra una gran cantidad de narcóticos, es posible que en su lugar enfrente un enjuiciamiento por el delito más grave de tráfico de drogas según NRS 453.3385.
NRS 453.321 establece que “[E]s ilegal que una persona [i]mporte, transporte, venda, intercambie, comercie, suministre, recete, dispense, regale o administre una sustancia controlada o falsificada”.
Ejemplos:
- Ventas de mano en mano
- Transacciones de drogas en internet
- Venta de drogas por correo
- Venta a través del crimen organizado
Sanciones
Cargos por drogas NRS 453.321 |
Penalidades por primera ofensa |
Venta de drogas Programa I o Programa II | Delito grave de categoría C
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Venta de drogas Programa III, Programa IV, o Programa V | Delito grave de categoría D
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Aunque los tribunales pueden otorgarle libertad condicional si es su primera vez como acusado.
Defensas
Dos defensas comunes a los cargos de venta de drogas son:
- La policía cometió provocación, y/o
- La policía llevó a cabo una búsqueda ilegal.
En este artículo, nuestros abogados de defensa criminal de Las Vegas discuten:
- 1. ¿Cuál es la definición legal de venta de drogas?
- 2. ¿Cómo es diferente el tráfico de drogas?
- 3. ¿Cuáles son las defensas?
- 4. ¿Cuáles son las penas?
- 5. ¿Pueden ser desestimados los cargos?
- 6. ¿Puedo sellar mi récord?
- 7. ¿Cuáles son las consecuencias de inmigración?
- 8. Otros actos prohibidos bajo NRS 453.321
- 9. Delitos de drogas relacionados
- Recursos adicionales
1. ¿Cuál es la definición legal de venta de drogas en Nevada?
La venta de drogas es el intercambio de sustancias controladas por dinero o cualquier otra cosa de valor. Simplemente ofrecer vender drogas es una violación de NRS 453.321 incluso si no hay intercambio de dinero o drogas.
Este delito comúnmente se abrevia como “SCS” por la venta de sustancias controladas. “Sustancias controladas” incluyen drogas ilegales y medicamentos recetados.1
Muchos arrestos por venta de drogas ocurren cuando un oficial encubierto es testigo de una venta de drogas de mano en mano. Si la policía recibe una denuncia, pueden ir al lugar y establecer vigilancia encubierta. Esto a menudo se conoce como un puesto de observación.
La policía también puede establecer operaciones de “trampa” — llamadas compras controladas. Esto es cuando oficiales encubiertos contactan a un presunto vendedor para programar una venta de drogas. Los oficiales de narcóticos frecuentemente encuentran a sospechosos de tráfico de drogas en sitios web como Craigslist.
Para obtener información sobre la marihuana específicamente, lea nuestro artículo sobre el delito de venta de marihuana.
2. ¿Cómo es diferente el tráfico?
Una venta de drogas se convierte en un delito de tráfico cuando la venta involucra al menos 100 gramos de una droga de la Lista I o II o una droga que contenga flunitrazepam o gamma-hidroxibutirato.
Por lo tanto, es imposible cometer tráfico vendiendo drogas de la Lista III, Lista IV o Lista V, sin importar la cantidad.
El tráfico también conlleva penas mucho más duras que la venta.2 Los jueces rara vez otorgan libertad condicional por una condena por tráfico a menos que la policía acepte utilizarlo como informante.3
3. ¿Cuáles son las defensas?
Dos formas comunes de combatir los cargos de venta de drogas en Nevada son argumentar que:
- La policía lo incitó; o
- La policía realizó una búsqueda ilegal
La policía lo incitó
La policía viola la ley cada vez que “incita” a sospechosos. La incitación es engañar o forzarlo a cometer un delito al que no está predisuesto. No es raro que la policía se exceda en sus límites y incite a presuntos traficantes de drogas.
Ejemplo: El oficial James está encubierto en Fremont Street. Escucha a una mujer decirle a una amiga que tiene Molly en su bolso y planea drogarse esta noche.
Luego, el oficial se acerca a la mujer y le pide que le venda Molly. La mujer se niega. El oficial luego amenaza con denunciarla a la policía por tener drogas en su bolso si no le vende. La mujer acepta. Luego, el oficial James se descubre y arresta a la mujer por vender drogas.
Aquí, el oficial James incitó a la mujer. El oficial no tenía motivos para creer que ella estaba predispuesta a vender drogas. Y ella se negó a venderle hasta que la amenazó. Por lo tanto, el tribunal debería retirar el cargo de venta de drogas.
Una forma sencilla de determinar si ocurrió la incitación es la prueba del pero/para. ¿Hubiera violado la ley pero para el engaño de la policía? Si la respuesta es no, entonces la policía probablemente cometió incitación y el cargo debería ser desestimado.4
La policía realizó una búsqueda ilegal
La Cuarta Enmienda pone límites estrictos sobre cómo la policía puede realizar búsquedas de su propiedad. Cuando la policía viola estas reglas, el abogado defensor puede pedir al tribunal que desestime (“suprima“) cualquier evidencia encontrada en esta búsqueda ilegal.
Si el tribunal concede su moción para suprimir pruebas, el fiscal puede tener pruebas insuficientes para seguir presionando cargos. El fiscal puede entonces no tener otra opción que retirar el caso.
4. ¿Cuáles son las penas?
La pena por vender drogas en Nevada depende del tipo de droga y si tiene delitos anteriores. Si es su primera ofensa, probablemente pueda obtener libertad condicional en lugar de prisión.5
Sustancia controlada |
Penalidades de Nevada por vender drogas* |
Drogas de la Lista I (como LSD), o
Drogas de la Lista II (como metanfetamina, GHB o codeína) |
Primera ofensa Delito grave de categoría C:
El juez puede otorgar libertad condicional en lugar de prisión. |
Segunda ofensa
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Tercera o subsiguiente ofensa Delito grave de categoría B:
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Drogas de la Lista III (como Vicodin),
Drogas de la Lista IV (como Xanax o Valium), o Medicamentos de la Lista V (como Robitussin AC) |
Primera ofensa Delito grave de categoría D
El juez puede otorgar libertad condicional en lugar de prisión. |
Segunda ofensa Delito grave de categoría C
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Tercera o subsiguiente ofensa Delito grave de categoría B:
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* La sentencia de prisión se duplica si la venta de drogas tuvo lugar en cualquiera de los siguientes lugares:
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Tenga en cuenta que “representación intencional falsa de un producto de fentanilo” ocurre cuando usted:
- vende a otra persona una mezcla que contiene fentanilo y otra sustancia controlada; y
- sabe que la mezcla contiene fentanilo; y
- intencionalmente no informa al comprador que la mezcla contiene fentanilo.
La representación intencional de un producto de fentanilo es un delito grave de categoría B que conlleva de 2 a 20 años de prisión y hasta $50,000 en multas. Sin embargo, el tribunal puede suspender la sentencia si demuestra por una preponderancia de la evidencia que usted no sabía que la mezcla en cuestión contenía fentanilo fabricado ilegalmente.6
5. ¿Pueden ser desestimados los cargos?
Los fiscales de Nevada toman muy en serio las acusaciones de venta de drogas. Por lo general, no desestimarán estos cargos a menos que haya insuficiente evidencia.
Por lo tanto, el trabajo del abogado defensor es demostrar a los fiscales que su caso no es lo suficientemente sólido como para ganar un “veredicto de culpabilidad” en el juicio. (Vea la sección 3 para conocer las defensas típicas a los cargos de NRS 453.321). Si los fiscales comienzan a dudar de que un jurado lo declare culpable, pueden ofrecer reducir los cargos o desestimarlos por completo.
6. ¿Puedo sellar mi registro?
Si es condenado por vender drogas, debe esperar cinco años después de que termine el caso para sellar su registro. Sin embargo, puede solicitar un sellado de registro inmediatamente si el cargo es desestimado.7
Cualquier persona arrestada por delitos de drogas se aconseja solicitar al tribunal que selle su expediente lo antes posible. De lo contrario, los casos aparecerán en las verificaciones de antecedentes y pueden descalificarte para ciertos trabajos. Aprende sobre cómo obtener un sello de antecedentes penales en Nevada.
7. ¿Cuáles son las consecuencias de inmigración?
La venta de drogas es un delito que puede resultar en la deportación. Por lo tanto, los titulares de visas y tarjetas de residencia que sean condenados por este delito enfrentan la expulsión de los Estados Unidos.8
Los no ciudadanos acusados de vender narcóticos deben contratar a un abogado agresivo para intentar que el caso sea desestimado o cambiado a un delito no deportable. De lo contrario, es probable que los Estados Unidos los deporten una vez que su sentencia haya terminado.
8. Otros actos prohibidos según NRS 453.321
“Vender” sustancias controladas es solo uno de los actos que prohíbe la NRS 453.321. Esta ley también prohíbe hacer lo siguiente con drogas:
- importar
- transportar
- intercambiar
- permutar
- suministrar
- recetar
- dispensar
- regalar
- administrar
- fabricar una sustancia falsificada
Por lo tanto, simplemente regalar drogas para uso personal puede ser castigado tan severamente como una venta de drogas en Nevada.9
9. Delitos de drogas relacionados
Poseción
El delito de drogas menos grave es la posesión simple (NRS 453.336). Esto ocurre cuando tienes drogas para uso personal y no tienes la intención de venderlas. La posesión de sustancias controladas suele ser un delito grave, aunque si eres un delincuente por primera vez, a menudo puedes evitar la prisión. (La posesión incluye tanto la posesión real como la posesión constructiva).
Poseción para la venta
El siguiente delito de drogas más grave después de la posesión es la posesión de drogas con la intención de venderlas (NRS 453.337 & NRS 453.338). Este es un cargo difícil de probar para el fiscal porque implica tu estado mental. Dependiendo del caso, los fiscales pueden aceptar reducir el cargo a posesión simple de una sustancia controlada.
Venta de parafernalia de drogas
La venta de parafernalia de drogas como jeringas y pipas de crack es un delito menor que vender narcóticos reales. Pero las penas se vuelven más duras si el cliente es un menor. Obtenga más información sobre delitos de parafernalia de drogas.
Fabricación de drogas
Fabricar drogas (NRS 453.322) es un delito grave de categoría B que conlleva de tres a 15 años de prisión. Sin embargo, si hubo un incendio o una explosión, el tribunal puede imponer hasta 20 años de prisión.
Recursos adicionales
Si está luchando contra la adicción a las drogas, puede encontrar ayuda aquí:
- Narcóticos Anónimos (NA) – Un programa de 12 pasos para superar la adicción a las drogas.
- Administración de Servicios de Abuso de Sustancias y Salud Mental (SAMHSA) – Servicio de referencia de tratamiento las 24 horas del día, los 7 días de la semana.
- Centros de Recuperación de América – Centros de tratamiento en siete estados.
- SMART Recovery – Terapia grupal para jóvenes que luchan con adicción.
- Asociación para Terminar con la Adicción – Información sobre cómo encontrar tratamiento para la adicción a las drogas.
Referencias Legales
- NRS 453.321. Ofrecer, intentar o cometer un acto no autorizado relacionado con una sustancia controlada o falsificada es ilegal; sanciones; prohibición de libertad condicional o suspensión de la sentencia para ciertos delincuentes reincidentes a menos que existan circunstancias atenuantes.
1. Excepto según lo autorizado por las disposiciones de NRS 453.011 a 453.552, inclusive, es ilegal para una persona: (a) Importar, transportar, vender, intercambiar, comerciar, suministrar, recetar, dispensar, regalar o administrar una sustancia controlada o falsificada; (b) Fabricar o compilar una sustancia falsificada; o (c) Ofrecer o intentar hacer cualquier acto establecido en el párrafo (a) o (b).
2. A menos que se proporcione una pena mayor en NRS 453.333 o 453.334, si una persona viola el párrafo 1 y la sustancia controlada está clasificada en la lista I o II, la persona será castigada: (a) Por la primera ofensa, por un delito grave de categoría C según lo dispuesto en NRS 193.130. (b) Por una segunda ofensa, o si, en el caso de una primera condena en virtud de esta subsección, el delincuente ha sido condenado previamente por un delito en virtud de esta sección o de cualquier delito en virtud de las leyes de los Estados Unidos o de cualquier estado, territorio o distrito que, si se cometiera en este Estado, constituiría un delito en virtud de esta sección, por un delito grave de categoría B con una pena de prisión en la prisión estatal por un período mínimo de no menos de 2 años y un período máximo de no más de 10 años, y puede ser castigado además con una multa de no más de $20,000. (c) Por una tercera o posterior ofensa, o si el delincuente ha sido condenado previamente dos o más veces en virtud de esta sección o de cualquier delito en virtud de las leyes de los Estados Unidos o de cualquier estado, territorio o distrito que, si se cometiera en este Estado, constituiría un delito en virtud de esta sección, por un delito grave de categoría B con una pena de prisión en la prisión estatal por un período mínimo de no menos de 3 años y un período máximo de no más de 15 años, y puede ser castigado además con una multa de no más de $20,000 por cada delito.
3. A menos que existan circunstancias atenuantes que justifiquen la concesión de libertad condicional, el tribunal no concederá libertad condicional o suspenderá la sentencia de una persona condenada en virtud de la subsección 2 y castigable de conformidad con el párrafo (b) o (c) de la subsección 2.
4. A menos que se proporcione una pena mayor en NRS 453.333 o 453.334, si una persona viola el párrafo 1, y la sustancia controlada está clasificada en la lista III, IV o V, la persona será castigada: (a) Por la primera ofensa, por un delito grave de categoría D según lo dispuesto en NRS 193.130. (b) Por una segunda ofensa, o si, en el caso de una primera condena por violar esta subsección, el delincuente ha sido condenado previamente por violar esta sección o cualquier delito en virtud de las leyes de los Estados Unidos o de cualquier estado, territorio o distrito que, si se cometiera en este Estado, constituiría una violación de esta sección, por un delito grave de categoría C según lo dispuesto en NRS 193.130. (c) Por una tercera o posterior ofensa, o si el delincuente ha sido condenado previamente dos o más veces por violar esta sección o cualquier delito en virtud de las leyes de los Estados Unidos o de cualquier estado, territorio o distrito que, si se cometiera en este Estado, constituiría una violación de esta sección, por un delito grave de categoría B con una pena de prisión en la prisión estatal por un período mínimo de no menos de 2 años y un período máximo de no más de 10 años, y puede ser castigado además con una multa de no más de $15,000 por cada delito.
5. A menos que existan circunstancias atenuantes que justifiquen la concesión de libertad condicional, el tribunal no concederá libertad condicional o suspenderá la sentencia de una persona condenada en virtud de la subsección 4 y castigable de conformidad con el párrafo (b) o (c) de la subsección 4.NRS 453.046. Paige v. State (Nev. 2000) 995 P.2d 1020. Dent v. State (Nev. 1996) 929 P.2d 891.
- NRS 453.3385; NRS 453.339; NRS 453.3395.
- NRS 453.3405.
- Sheriff, Humboldt County v. Gleave (Nev. 1988) 761 P.2d 416.
- NRS 453.321.
- NRS 453.3345. SB 35 (2023). NRS 453.3405.
- NRS 179.245; NRS 179.255.
- 8 U.S.C. § 1227.
- NRS 453.321.
NRS 453.046. Paige v. State (Nev. 2000) 995 P.2d 1020. Dent v. State (Nev. 1996) 929 P.2d 891.