Código Penal §1320(a) PC es la ley de California que hace que sea un delito faltar intencionalmente a una cita en la corte cuando se le requiere hacerlo. Si el cargo subyacente es un delito menor, entonces faltar a la cita es un delito menor. Sin embargo, faltar a la cita en un cargo grave es un delito grave.
Mientras que esta ley se aplica cuando se le libera “bajo su propia responsabilidad”, PC § 1320.5 es una ley similar que se aplica a su falta de comparecencia cuando:
- usted ha sido acusado o condenado por un delito grave, y
- usted ha sido liberado bajo fianza.
1320 a PC establece que “Toda persona que sea acusada o condenada por la comisión de un delito menor que sea liberada de la custodia bajo su propia responsabilidad y que, con el fin de evadir el proceso de la corte, falte intencionalmente a la cita requerida, es culpable de un delito menor.
Toda persona que sea acusada o condenada por la comisión de un delito grave que sea liberada de la custodia bajo su propia responsabilidad y que, con el fin de evadir el proceso de la corte, falte intencionalmente a la cita requerida, es culpable de un delito grave…”
Ejemplos
- John se declara culpable de un cargo de vandalismo del Código Penal 594, pero no regresa a la corte para su audiencia de sentencia.
- Isabel es acusada de “robo en tiendas” bajo el Código Penal 459.5, pero en lugar de comparecer en su juicio, se va del estado.
- Willis no se presenta a su lectura de cargos después de ser acusado de agresión con un arma mortal bajo el Código Penal 245a1.
Nuestros abogados defensores penales de California destacarán lo siguiente en este artículo:
- 1. Qué hace el PC 1320
- 2. Defensas
- 3. Penas
- 4. Consecuencias de inmigración
- 5. Cancelaciones de antecedentes
- 6. Derechos de armas
- 7. Leyes relacionadas
- Lectura adicional
1. Lo que hace el PC 1320
El Código Penal 1320 PC es la ley de California que hace que sea un delito no comparecer voluntariamente ante el tribunal cuando se le requiera hacerlo.1 Los fiscales deben demostrar más allá de una duda razonable cuatro elementos de las instrucciones del jurado para condenarlo bajo esta ley:
- había sido acusado o condenado por un delito de California (ya sea un delito menor o un delito grave),
- fue puesto en libertad bajo su propia responsabilidad,
- no compareció voluntariamente ante el tribunal como se le había ordenado, y
- lo hizo con la intención de evadir el proceso del tribunal.2
“Voluntariamente” significa con un propósito o intención de cometer el acto criminal, en este caso, no presentarse a una fecha en el tribunal. No es necesario que haya tenido la intención de violar la ley.3
Puesto en libertad bajo su propia responsabilidad vs. Puesto en libertad bajo fianza
El PC 1320 se aplica cuando ha sido puesto en libertad bajo su propia responsabilidad (también conocido como “liberación O.R.”). Una liberación O.R. es cuando un juez le permite salir de la custodia sin tener que pagar una fianza.
Si es puesto en libertad bajo su propia responsabilidad, se le requerirá firmar un acuerdo por escrito con el tribunal, en el que acepta:
- comparecer ante el tribunal cuando se le ordene hacerlo,
- obedecer todas las condiciones razonables impuestas por el tribunal,
- no salir del estado sin el permiso del tribunal,
- renunciar a la extradición si no comparece y es detenido fuera de California, y
- reconocer que se le ha informado de las consecuencias de violar los términos de la liberación.4
Tenga en cuenta que un juez tiene la opción de rechazar una liberación O.R. y:
- establecer una fianza, y
- mantenerlo en custodia hasta que pague la fianza.
En esta situación, si paga la fianza, se dice que ha sido puesto en libertad bajo fianza. Permanecerá en custodia si no puede pagar la fianza.
Código Penal 1320.5
El Código Penal 1320.5 PC es la ley de California que hace que sea un delito no comparecer ante el tribunal en casos de delitos graves, después de ser puesto en libertad bajo fianza.
Esta estatua dice:
“Toda persona que sea acusada o condenada por la comisión de un delito grave, que sea liberada de la custodia bajo fianza, y que con el fin de evadir el proceso del tribunal, intencionalmente no se presente como se requiere, es culpable de un delito grave”.
PC 1320.5 difiere de PC 1320 en que solo se aplica si usted ha sido:
- acusado o condenado por un delito grave, y
- liberado bajo fianza.
Una violación de esta estatua se considera un delito grave. El crimen es castigado con:
- encarcelamiento en la cárcel del condado por hasta tres años,
- una multa máxima de $10,000, O
- una sentencia de prisión estatal de hasta tres años.
2. Defensas
Si se le acusa de un delito bajo esta estatua, puede impugnar la acusación planteando una defensa legal. Una buena defensa a menudo puede reducir o incluso desestimar un cargo. Tres defensas comunes a las acusaciones de PC 1320 son las siguientes.
No hubo un acto intencional
Recuerde que solo es culpable bajo esta sección del código si no se presentó intencionalmente en el tribunal. Esto significa que siempre es una defensa legal demostrar que no actuó intencionalmente. Por ejemplo, tal vez no se presentó en el tribunal porque olvidó una fecha de comparecencia.
No hubo intento de evitar el proceso del tribunal
También recuerde que solo es culpable de violar el PC 1320 si no se presentó en el tribunal para evitar el proceso del tribunal. Por lo tanto, es una defensa sólida demostrar que no intentó evitar el tribunal al no presentarse. Por ejemplo, tal vez no se presentó porque tuvo que atender una emergencia.
Fue falsamente acusado
Desafortunadamente, no es raro ser procesado en base a acusaciones falsas. Las personas hacen acusaciones falsas por
- celos,
- venganza, y
- ira.
Por lo tanto, es una defensa válida decir que una parte lo acusó falsamente de violar el Código Penal 1320.
3. Penas
Las penas por no comparecer en California dependen del tipo de delito por el que inicialmente fue acusado o condenado.
Si se le acusa o se le declara culpable de un delito menor, entonces no comparecer es un delito menor.5 Las sanciones incluyen:
- encarcelamiento en la cárcel del condado por hasta seis meses, y/o
- una multa de hasta $1,000.6
Si se le acusa o se le declara culpable de un delito grave, entonces no comparecer se considera un delito grave.7 El crimen es castigado con:
- encarcelamiento en la cárcel del condado por hasta un año,
- una multa de hasta $5,000, O
- una sentencia de prisión estatal de 16 meses, dos años o tres años.8
4. Consecuencias de Inmigración
Una condena bajo el PC 1320, por sí sola, no es deportable. Sin embargo, si su cargo subyacente (el que no compareció) lo es, puede enfrentar consecuencias negativas de inmigración.
5. Cancelaciones de Antecedentes
Si es condenado bajo el PC 1320, puede intentar obtener una cancelación de antecedentes. Según el Código Penal 1203.4, una cancelación de antecedentes lo libera de prácticamente “todas las penas y discapacidades” derivadas de la condena.10
Una vez que haya completado el período de prueba por violar el PC 1320 (y su delito subyacente), o cumplir una condena de cárcel por lo mismo, puede comenzar a intentar obtener la eliminación del delito.11
6. Derechos de armas
Una condena bajo el Código Penal 1320, por sí sola, no tiene efecto en sus derechos de armas. Todavía puede poseer armas de fuego siempre y cuando no esté prohibido de hacerlo por otras razones.
7. Leyes relacionadas
- Código de Vehículos 40508 VC – No comparecer por una multa de tráfico
- Código Penal 1214.1 PC – No comparecer en un proceso penal ordenado por el tribunal
Lecturas adicionales
Para obtener información más detallada, consulte estos artículos académicos:
- ¿Quién se salta? Un análisis de la falta de comparecencia de los bonos de fianza – Revista de Investigación en Seguridad Aplicada.
- ¿Qué predice la falta de comparecencia en las audiencias judiciales? – Revisión de Política de Justicia Penal.
- Reducir la tasa de falta de comparecencia en los tribunales mediante recordatorios por escrito – Psicología, Política Pública y Ley.
- Los empujones conductuales reducen la falta de comparecencia en los tribunales – Ciencia.
- Examinar la congruencia entre los predictores de ROR y las faltas de comparecencia – Revista de Justicia Penal.
Referencias legales:
- Código Penal de California 1320.
- Ver lo mismo.
- Instrucciones del Jurado de California – Penal (“CALJIC”) 1.20 – Voluntariamente, definido. Ver también People v. Lara (1996), 44 Cal.App.4th 102.
- Códigos Penales de California 1310-1318. Tenga en cuenta que, dado este acuerdo, una violación del PC 1320 se basa en parte en la violación de un acuerdo contractual por parte suya de comparecer en el tribunal. Ver People v. Jenkins (1983), 146 Cal. App. 3d 22. CALCRIM No. 3002. Incumplimiento de comparecencia mientras está en libertad bajo su propia responsabilidad (Código Penal, § 1320) Instrucciones del Jurado Penal del Consejo Judicial de California (edición 2024)
Para probar que el acusado es culpable de este delito, la Fiscalía debe probar que:
1. El acusado fue (acusado de/condenado por) la comisión de un (delito grave/delito menor) en (este caso/número de caso );
2. El acusado fue puesto en libertad de la custodia bajo su propia responsabilidad mediante una liberación por escrito firmada;
3. El acusado voluntariamente no compareció en el tribunal como se le requería;
Y
4. Cuando el acusado voluntariamente no compareció en el tribunal como se le requería, lo hizo para evadir el proceso del tribunal.CALCRIM No. 3001. Incumplimiento de comparecencia mientras está en libertad bajo fianza (Código Penal, § 1320.5) Instrucciones del Jurado Penal del Consejo Judicial de California (edición 2024)Para probar que el acusado es culpable de este delito, la Fiscalía debe probar que:
1. El acusado fue (acusado de/condenado por) la comisión de un delito grave en (este caso/número de caso );
2. El acusado fue puesto en libertad de la custodia bajo fianza en (este/ese) caso;
3. Se le requería al acusado comparecer en el tribunal en una fecha, hora y lugar específicos en (este/ese) caso;
4. El acusado voluntariamente no compareció en el tribunal como se le requería;
Y
5. Cuando el acusado voluntariamente no compareció en el tribunal como se le requería, lo hizo para evadir el proceso del tribunal. - Código Penal 1320 PC.
- Código Penal 19 PC.
- Código Penal de California 1320 PC.
- Ver lo mismo. Ver también Código Penal de California 1170h.
- Ver INA 237 (a) (2) (A).
- Código Penal de California 1203.4 PC.
- Ver lo mismo.