Código Penal de California § 222 PC prohíbe administrar drogas a otra persona con el propósito de cometer un delito grave. Este delito es en sí mismo un delito grave, castigado con una sentencia de prisión de 16 meses, dos años o tres años.
El lenguaje de la ley es el siguiente:
222. Toda persona culpable de administrar a otra persona cloroformo, éter, láudano o cualquier sustancia controlada, anestésico o agente intoxicante, con la intención de permitir o ayudar a sí misma o a cualquier otra persona a cometer un delito grave, es culpable de un delito grave castigado con prisión en la prisión estatal por 16 meses, dos o tres años.
Análisis Legal
Código Penal de California 222 PC prohíbe el acto de administrar cualquiera de las siguientes drogas a otra persona con el propósito de permitir o ayudarse a sí mismos a cometer un delito grave:
- cloroformo
- éter
- láudano
- cualquier sustancia controlada
- cualquier anestésico
- cualquier agente intoxicante
Ejemplo: Jack le pone una pastilla para dormir en el café a un guardia de seguridad de una joyería en Los Ángeles para robar la tienda cuando el guardia se duerma. Si lo atrapan, Jack podría ser acusado de violar el PC 222.
Violar el PC 222 es un delito grave que conlleva una sentencia de prisión estatal de California de:
- 16 meses,
- 2 años, o
- 3 años.
Tenga en cuenta que las personas pueden ser condenadas por violar el PC 222 incluso si no logran cometer el delito previsto.1
Vea nuestros artículos relacionados sobre posesión de una sustancia controlada (HS 11350(a)) y posesión de parafernalia de drogas (HS 11364).
Referencias legales
- Código Penal de California 222 PC – Administrar drogas con la intención de cometer un delito. Ver, por ejemplo: People v. Stevens (Cal. App. 1st Dist. Oct. 29, 2007), 156 Cal. App. 4th 537; People v. Milosavljevic (Cal. App. 4th Dist. Apr. 6, 2010), 183 Cal. App. 4th 640.