En casos penales de Arizona, la audiencia de declaración es la aparición inicial en la corte donde el acusado es notificado de los cargos presentados. También es donde declararán si están plegando culpable, no culpable o sin contención a los cargos. La corte también fijará una fecha de juicio y establecerá la fianza o los términos de liberación del acusado.
1. ¿Cuál es la audiencia de declaración en Arizona?
La audiencia de declaración es donde el acusado es formalmente informado de los cargos penales en su contra. El acusado entonces ingresará una declaración. Es una parte rápida pero formal e importante de los procedimientos penales.
Se requiere generalmente que el acusado esté presente en la audiencia de declaración.[1]
En la audiencia de arraigo, el tribunal:
- ingresará la declaración de no culpable, culpable o no contenciosa del acusado,
- fijará la fecha para el juicio o una conferencia preliminar,
- proporcionará un aviso escrito de las fechas y plazos para otros procedimientos judiciales,
- advertirá al acusado de que no comparecer en una fecha futura del tribunal podría dar lugar a un cargo penal por incumplimiento de comparecencia y una orden de arresto,
- notificará al acusado de que, aunque tiene derecho a estar presente, todos los procedimientos judiciales aún pueden continuar si el acusado está ausente, excepto para la sentencia,
- nombrará un abogado para el acusado, si es necesario, y
- ordenará que el acusado sea tomado las huellas dactilares dentro de los 20 días si aún no se ha hecho, si el acusado ha sido acusado de un caso de delito grave, un delito sexual, violencia doméstica o manejo bajo la influencia (DUI).[2]
Se le también le informará al acusado de su derecho a:
- un abogado, incluyendo un abogado designado por el tribunal o un defensor público,
- un juicio por jurado,
- estar presente en todas las audiencias judiciales, y
- apelar los resultados del caso, a menos que la ausencia del acusado en la sentencia haya hecho que ocurra más de 90 días después de la condena.[3]
El tribunal también puede usar la audiencia de arraigo para determinar la fianza del acusado o los términos de la liberación preliminar del acusado, si:
- la audiencia de arraigo se ha combinado con la aparición inicial,
- una de las partes ha presentado una moción para considerar estos temas al menos 5 días antes, o
- ambas partes acuerdan la determinación.[4]
Para los casos que sean escuchados por los tribunales de justicia de Arizona o sus sistemas de cortes municipales, que escuchan la mayoría de los delitos menores en el estado, la audiencia de arraigo no necesita realizarse si:
- el abogado de defensa penal ya ha ingresado una declaración de no culpable en nombre del acusado, o
- el tribunal permite que el acusado se declare no culpable por correo y reciba un aviso de las próximas fechas de corte por correo.[5]
2. ¿Cuándo sucede en el proceso penal?
La ley de Arizona generalmente requiere que el arraigo suceda dentro de:
- 10 días después de la acusación, información o denuncia, si el acusado está en custodia o en la cárcel, o
- 30 días después de la acusación, información o denuncia, si el acusado no está en custodia.[6]
Si esto no es posible, como si el acusado hubiera sido arrestado en otro estado y estuviera bajo custodia allí, entonces la audiencia de arraigo en Arizona debe realizarse lo antes posible.[7]
Esto significa que la audiencia de arraigo ocurre muy temprano en el caso penal.
En muchos casos, el proceso de justicia penal comienza cuando un oficial de policía realiza un arresto. Dentro de las 24 horas del arresto, el acusado debe ser presentado ante un magistrado para una aparición inicial. Allí, el magistrado informará al acusado de los cargos y de sus derechos, y decidirá si liberar al acusado bajo fianza o bajo su propio reconocimiento o si mantener al acusado en la cárcel.
Dependiendo de si el acusado está siendo mantenido en la cárcel o no, la audiencia preliminar debe ocurrir dentro de 10 o 20 días. En esta audiencia, si el fiscal puede demostrar que hay motivos razonables para creer que el acusado cometió el delito, el caso será “enviado” a un tribunal superior de Arizona.
La primera aparición en el tribunal superior es el arraigo.
Sin embargo, muchos casos en Arizona no comienzan con un arresto sino con un acusación de jurado grande. En estos casos, el arraigo puede ser la primera aparición del acusado en el tribunal. En estos casos, el arraigo se combina con la aparición inicial.[8]
3. ¿Cuál es la diferencia entre declararse culpable y no contestar?
Declararse culpable de un cargo penal es una admisión de culpa. Declararse no contestar al cargo no admite culpa.
Para el proceso penal, la diferencia entre declararse culpable o declararse no contestar en el arraigo es mínima. En ambos casos, el tribunal condenará al acusado y pasará directamente a la parte de la sentencia del proceso.
Las diferentes declaraciones, sin embargo, pueden hacer una gran diferencia en una posible demanda civil derivada del delito penal. Debido a que una declaración de culpabilidad es una admisión de culpa, puede ser utilizada por la víctima si más tarde desea demandar al acusado por compensación. Si el acusado se declara no contestar, en cambio, la víctima tendrá la carga de demostrar que el acusado la lastimó.
Ejemplo: Claus está manejando borracho cuando se estrella contra Clarice. Se le acusa de DUI y él se declara no contestar. Si Clarice presenta una demanda en su contra más tarde, ella tendrá la carga de demostrar que él fue el responsable del accidente y de sus lesiones. Si Claus se hubiera declarado culpable, en cambio, Clarice podría usar la condena como prueba de que él estaba borracho y causó el choque.
Antes de decidir si una declaración de no contestar es la mejor para su situación, un acusado debe discutir sus opciones con un abogado de defensa penal y obtener su consejo legal. La mayoría de los acusados declararán no culpable en el arraigo. Esto obliga al fiscal a reunir evidencia para el juicio, donde tendrán que demostrar que el acusado es culpable más allá de toda duda razonable, todo sin infringir los derechos constitucionales del acusado. Los acusados que declaran no culpable pueden cambiar su declaración más adelante en el proceso, generalmente si desean aceptar un acuerdo de declaración.
4. ¿Se puede omitir el arraigo?
El arraigo se puede omitir por el acusado, si el acusado estuvo presente en una aparición inicial.
Para renunciar a la audiencia de presentación, el acusado debe:
- presentar una renuncia por escrito al menos 2 días antes de la fecha de la audiencia de presentación,
- firmar la renuncia con el abogado del acusado, y
- notarizar la renuncia.
Dentro de los 20 días posteriores a la audiencia de presentación renunciada, el acusado debe presentar una declaración jurada notariada en la que se afirme que él o ella es consciente de las fechas de la corte programadas y entiende las repercusiones de no asistir a ellas.