ARS § 13-2810 es la ley de Arizona que define el delito de interferir con un procedimiento judicial. Cometes este delito si participas en algún acto desordenado o omisión en relación con un procedimiento judicial (por ejemplo, rehusarte a prestar juramento como testigo). La violación de la ley es un delito de clase 1 sancionable con hasta seis meses de prisión.
El lenguaje de ARS 13-2810 enumera varias formas en las que una persona puede interferir con el proceso judicial. Algunos incluyen cuando una persona con conocimiento:
- participa en un comportamiento desordenado durante un procedimiento judicial,
- desobedece una orden judicial legal, y/o
- se niega a servir como jurado.
Ejemplos
- gritarle a un juez durante una audiencia judicial.
- desobedecer una orden de protección después de cometer violencia doméstica.
- después de ser elegido como jurado en un juicio por asesinato, negarse a asistir al juicio y servir como jurado.
Defensas
Las personas acusadas de un delito bajo este estatuto pueden desafiar la acusación con una defensa legal. Algunas defensas comunes incluyen que los acusados demuestren que:
- no interfirieron intencionalmente con el proceso judicial,
- hubo una emergencia, y/o
- una orden judicial no era legal.
Penas
Una violación de esta ley penal es un delito de clase 1 (en lugar de un delito de clase 1). El delito es sancionable con:
- custodia en la cárcel por hasta seis meses, y/o
- una multa máxima de $2,500.
En este artículo, nuestros abogados de defensa penal discutirán qué es la ley bajo este estatuto, las defensas disponibles si se acusa, las penas por una condena y los delitos relacionados.
1. ¿Cómo define la ley de Arizona la “interferencia con los procedimientos judiciales”?
De acuerdo con la ley de Arizona, las personas son culpables de interferir con un procedimiento judicial si lo hacen sabiendo:
- participar en comportamiento desordenado, irrespetuoso o insolente durante una sesión de tribunal, y estas personas interrumpen la sesión o desacatan la autoridad del tribunal,
- desobedecer o resistir una orden judicial legítima de un tribunal, o un mandato de un tribunal (por ejemplo, una orden de restricción tras cargos de violencia doméstica),
- negarse a prestar juramento como testigo en un procedimiento judicial,
- publicar un informe falso o muy inexacto de un procedimiento judicial,
- negarse a servir como jurado a menos que esté exento por ley, o
- no asistir a un juicio en el que fueron elegidos para servir como jurado.i
Tenga en cuenta que a veces la gente cree que el acto de manipular la evidencia es un delito bajo esta estatuta. Sin embargo, la manipulación de la evidencia es un delito separado acusado bajo ARS 13-2809. Las personas cometen el delito cuando alteran, ocultan, destruyen o eliminan evidencia física con la intención de disminuir su disponibilidad.
2. ¿Hay defensas para los cargos de ARS 13-2810?
Los abogados de defensa criminal usan varias estrategias legales para ayudar a los clientes a impugnar los cargos bajo esta estatuta. Tres de los más comunes incluyen demostrar que:
- el acusado no actuó con conocimiento.
- hubo una emergencia que causó una violación de la ley.
- no había una orden legal vigente.
2.1 Sin conocimiento
Recuerde que las personas son culpables bajo esta estatuta solo si cometen un acto con conocimiento. “Conocimiento” significa que una persona debe estar consciente de sus acciones o circunstancias.ii Esto significa que siempre es una defensa para los acusados demostrar que no actuaron con conocimiento.
Por ejemplo, las personas no son culpables de interferir con un procedimiento judicial si no estaban conscientes de que:
- eran un jurado,
- la corte estaba en sesión, o
- una información de un procedimiento judicial era falsa.
2.2 Emergencia
A veces, la gente tiene que interferir con un procedimiento judicial debido a una emergencia. En estas circunstancias, un acusado debe explicar la situación de emergencia en los registros de la corte e indicar que se requería una interferencia en las circunstancias. Tal vez, por ejemplo, una persona no pudo servir como jurado porque tuvo que correr al hospital debido a una condición médica.
2.3 Sin orden legal
Muchas personas violan esta ley desobedeciendo una orden legal de un tribunal superior. Los acusados en estos casos pueden intentar evitar la culpa demostrando que la orden en vigor no era, de hecho, legal. Esto a veces se puede hacer demostrando que una orden no se les dio correctamente o no se les “sirvió”.
3. ¿Cuáles son las penas?
Una violación de ARS 13-2810 es un delito de clase 1 según la ley de Arizona.iii
El delito es castigable con:
- detención en la cárcel (en lugar de la prisión estatal) por hasta seis meses, y/o
- una multa máxima de $2,500.
Los jueces tienen la discreción de otorgar a un acusado una libertad condicional o servicio comunitario en lugar de tiempo de prisión.
4. ¿Hay delitos relacionados?
Hay tres delitos relacionados con la interferencia con un procedimiento judicial. Estos son:
- acoso – ARS 13-2923,
- amenaza o intimidación – ARS 13-1202, y/o
- falta de comparecencia – ARS 13-2507 y ARS 13-2506.
4.1 Acoso – ARS 13-2923
Por ARS 13-2923, acoso es el delito donde:
- las personas intencionalmente o con conocimiento realizan un curso de conducta dirigido hacia una persona específica, y
- la conducta causa que esa persona sufra angustia emocional o tema razonablemente por su seguridad o la seguridad de un miembro de la familia inmediata.
En comparación con la interferencia con un procedimiento judicial, el acoso es un delito mucho más grave en Arizona. La ofensa es un delito de Clase 3 que es castigable con hasta ocho años y nueve meses de prisión.
4.2 Amenaza o intimidación – ARS 13-1202
De acuerdo con ARS 13-1202, amenaza o intimidación es el delito donde las personas amenazan con:
- lesionar físicamente a alguien,
- causar una grave inconveniencia pública (como la evacuación de un edificio), o
- lesionar a otra persona para promover una pandilla callejera, una organización criminal o una empresa de extorsión.
Tenga en cuenta que, dependiendo de los hechos de un caso, si una persona causó una inconveniencia pública dentro de un tribunal, entonces un fiscal técnicamente podría acusar a la persona de:
- amenaza y intimidación, según ARS 13-1202, y
- interferencia con un procedimiento judicial, según ARS 13-2810.
4.3 Falta de comparecencia – ARS 13-2507 y ARS 13-2506
De acuerdo con ARS 13-2507 y ARS 13-2506, falta de comparecencia es el delito donde las personas con conocimiento:
- no comparecen en el tribunal en relación con un delito grave o menor, o
- no comparecen en el tribunal después de haber dado una promesa escrita de hacerlo.
Al igual que con una violación de ARS 13-2810, las personas pueden desafiar una violación de esta estatuto demostrando que no pudieron comparecer en el tribunal porque tenían que atender a una emergencia.
Referencias Legales:
- Estatutos Revistos de Arizona 13-2810A1-6.
- ARS 13-105 (10) (b).
- ARS 13-2810B.