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Generalmente no hay un tiempo establecido o limitado en el que se puede estar detenido si es arrestado o detenido con una orden de arresto. Si está esperando juicio, podría ser mantenido en la cárcel hasta que se complete el juicio. Si es arrestado por no comparecer o por violar una orden judicial, puede ser retenido en la cárcel hasta que cumpla con las órdenes del tribunal.
¿Cuánto tiempo en la cárcel puede acarrear una orden de arresto?
Si enfrenta un cargo criminal, una orden de arresto puede mantenerlo en la cárcel hasta que se complete su juicio, lo que a menudo lleva varios meses. Si es condenado por el delito subyacente que llevó a la emisión de la orden, podría enfrentar más tiempo en la cárcel.
Las órdenes de arresto en sí no conllevan tiempo en la cárcel. (Tampoco lo hacen las órdenes de arresto.) La mayoría de las órdenes de arresto se emiten por:
- desacato al tribunal, o
- no comparecer, también conocido como FTA.
Una vez que se ejecuta la orden, sin embargo, usted es detenido.
¿Qué sucede después de ser arrestado?
Después de que se ejecute la orden de arresto, será retenido en la cárcel hasta que pueda ser llevado ante un juez. Dependiendo de la jurisdicción, esto debe suceder dentro de unos días. En California, debe suceder dentro de las 48 horas.1 Se establecerá una fianza.
Si no puede pagar la fianza, será retenido en confinamiento hasta el día del juicio por el delito que llevó a la emisión de la orden. Esto puede durar varios meses.
Si es condenado por el delito que llevó a la emisión de la orden, esa sentencia de cárcel deberá ser cumplida.
Ley de California
En California, una condena por desacato al tribunal conlleva hasta 6 meses de cárcel. Una condena por no comparecer depende del delito que estaba pendiente cuando no se presentó en el tribunal. Si:
- el delito era una multa de tráfico o un delito menor, la falta de comparecencia conlleva 6 meses en la cárcel del condado, incluso si el delito subyacente era una infracción,2 o
- el delito era un delito grave, la falta de comparecencia puede conllevar hasta 3 años en prisión estatal.3
Sin embargo, es probable que se le dé crédito por el tiempo ya cumplido. Todo esto es además del delito penal subyacente. El tiempo pasado en confinamiento puede aumentar rápidamente.
Por ejemplo: Jeff es arrestado por conducir bajo la influencia (DUI). Enfrenta cargos penales graves porque es su cuarta ofensa de DUI. Luego, deliberadamente se salta una comparecencia obligatoria en el tribunal. El juez emite una orden de arresto. Jeff es arrestado. Ahora enfrenta hasta 3 años en prisión por el DUI, y hasta 3 años en prisión por no comparecer.
¿Qué pasa con los no acusados?
Las órdenes de arresto también pueden ser emitidas si actualmente no enfrenta cargos penales. Esto sucede con mayor frecuencia por:
- violaciones de libertad condicional,
- incumplimiento de una orden judicial, como una orden de restricción, y
- si se niega a testificar bajo una citación.
Si es un no acusado y es arrestado bajo una orden de arresto, también puede ser detenido en la cárcel. Si la orden se ejecuta mientras el tribunal no está en sesión, será detenido en la cárcel hasta que pueda ser llevado ante un juez. En California, esto puede llevar a hasta 48 horas en custodia.4
Desacato
Si es un no acusado y viola las órdenes judiciales, es probable que se le acuse de desacato al tribunal. Este cargo puede conllevar tiempo en la cárcel.
Ley de California
En California, un testigo que está en el tribunal, pero que se niega a testificar, puede ser detenido por desacato civil. Esto puede conllevar hasta 5 días en la cárcel y una multa.5
Los jueces también pueden mantener al testigo en la cárcel hasta que hayan testificado o hasta que termine el juicio.6 En los peores casos, el testigo puede enfrentar cargos criminales por desacato al tribunal. Estos cargos conllevan hasta 6 meses de cárcel.
¿Cómo funcionan las órdenes de arresto?
Las órdenes de arresto son emitidas por el juez. Le indican al departamento de policía local que te busque y te arreste para que puedas ser llevado a la corte. Son emitidas más comúnmente porque:
- no te presentaste a una fecha de corte requerida, como una audiencia de acusación,
- no pagaste una multa,
- violaste un término de libertad condicional, como el requisito de servicio comunitario, o
- no obedeciste una orden del tribunal, como pagar la manutención de los hijos.
Ejecución de la orden
Una vez emitida, los oficiales de la ley te buscarán. En muchos casos, tu licencia de conducir será suspendida por el Departamento de Vehículos Motorizados (DMV) del estado.
Cuando las órdenes de arresto son por un delito menor, los oficiales de policía generalmente no te buscan activamente. Cuando la policía te encuentra, generalmente durante una parada de tráfico, serás arrestado.
Serás retenido hasta que puedas ser llevado ante un juez para una audiencia. El juez probablemente establecerá fianza. Una vez que se haya pagado la fianza, el juez establecerá una nueva fecha de corte.
Eliminación de la orden
Es importante tener en cuenta que las órdenes de arresto pendientes no caducan después de un cierto período de tiempo. Son efectivas hasta que sean revocadas por el juez (o hasta que mueras).
Sin embargo, las órdenes de arresto pueden ser anuladas o eliminadas. Si tienes éxito, esto llevará al juez a revocar la orden. Tú o tu abogado de defensa criminal pueden anular una orden demostrando que:
- nunca recibiste una notificación para comparecer en la corte,
- no sabías que se había presentado el caso,
- realmente cumpliste con la orden del tribunal en cuestión, o
- no eres el sujeto de la orden.
¿Qué es el incumplimiento de comparecencia (FTA)?
El incumplimiento de comparecencia es el delito de estar ausente voluntariamente de una fecha de corte requerida con el sistema de justicia penal.
Si se te acusa de incumplimiento de comparecencia, aún tendrás que lidiar con tu delito subyacente. El cargo de FTA será un caso criminal adicional.
Puede resultar en una mancha adicional en su registro criminal. También puede ser considerado una violación de libertad condicional, lo que puede llevar a la revocación.
Ley de California
Algunos estados, como California, tienen leyes diferentes que cubren las ausencias en la corte en diferentes circunstancias:
- Código Penal 853.7 PC es si viola intencionalmente su promesa por escrito de comparecer,
- Código Penal 1320 PC es si es liberado de la custodia bajo su propia responsabilidad (OR) y sujeto a una orden de la corte de comparecer en la corte,
- Código Penal 1320.5 PC es si está en libertad bajo fianza y se le requiere comparecer en la corte por orden de la corte,
- Código de Vehículos 40508 VC es si rompe una promesa de comparecer en la corte por una violación de tráfico, o si no paga la fianza después de una multa, y
Referencias legales:
- Código Penal de California 825 PC.
- Código Penal de California 1320 PC y Código de Vehículos de California 40508 VC.
- Código Penal de California 1320 y 1320.5 PC.
- Código Penal de California 825 PC.
- Código de Procedimiento Civil de California 1218 CCP.
- Código de Procedimiento Civil de California 1219 CCP.