Código de Salud y Seguridad de California 11365 HS lo convierte en un delito menor para una persona estar presente en un lugar donde se está produciendo el uso de sustancias controladas, si la persona ayuda o instiga el uso de drogas de alguna manera. Una condena puede ser castigada con hasta seis meses en la cárcel del condado.
Ejemplos
- animar a alguien a inyectarse heroína y la otra persona lo hace.
- darle a una persona una pajita para inhalar cocaína.
- entregar agujas hipodérmicas a personas en una fiesta con fines de uso de drogas.
Defensas
Los abogados de defensa penal recurren a varias estrategias legales para ayudar a los acusados a impugnar los cargos bajo esta ley. Algunas de las más comunes incluyen demostrar que el acusado:
- no ayudó o instigó a un usuario de drogas,
- no sabía que alguien estaba usando sustancias controladas, y/o
- tuvo sus derechos constitucionales violados por la policía.
Sanciones
Una violación de la Sección 11365 del Código de Salud y Seguridad de California es un delito menor (en lugar de una infracción o un delito grave).
Estos delitos de drogas son castigados con:
- custodia en cárcel del condado por hasta seis meses, y/o
- una multa de hasta $1,000.
Nuestros abogados de defensa criminal de California destacarán lo siguiente en este artículo:
- 1. ¿Cómo define la ley de California “estar presente para el uso ilegal de drogas”?
- 2. ¿Existen defensas legales?
- 3. ¿Cuáles son las sanciones?
- 4. ¿Existen delitos relacionados?
1. ¿Cómo define la ley de California “estar presente para el uso ilegal de drogas”?
Un fiscal debe probar los siguientes elementos para condenar a los acusados bajo esta ley:
- ellos visitaron o estuvieron presentes de manera voluntaria e intencional en un lugar donde alguien más estaba fumando o usando una “sustancia controlada”,1
- sabían que la otra persona tenía la intención de fumar o usar la sustancia controlada,2
- tenían la intención de ayudar e instigar a la otra persona a fumar o usar la sustancia controlada,
- hicieron o dijeron algo que en realidad les ayudó o instigó,3 y
- sabían que sus palabras o conducta les ayudaron o instigaron en el uso de la sustancia controlada.4
En cuanto al primer elemento, tenga en cuenta que un “lugar” puede incluir un automóvil.5
A los efectos de esta sección del código, las personas “ayudan o instigan” el uso ilegal de sustancias controladas si:
- saben que otra persona tiene la intención de usar una sustancia controlada ilegal,
- específicamente tienen la intención de ayudar, facilitar, promover, alentar o instigar el uso de la sustancia, y
- en realidad ayudan, facilitan, promueven, alientan o instigan el uso de la sustancia.6
“Substancias controladas” según esta ley incluyen drogas como:
- cocaína,
- base de cocaína,
- heroína,
- metanfetamina,
- mescalina
- peyote, y
- ácido gamma-hidroxibutírico (“GHB”).7
Tenga en cuenta que esta sección del código no se aplica a la marihuana.
2. ¿Existen defensas legales?
Las personas acusadas de un delito bajo esta ley pueden impugnar la acusación con una defensa legal. Tres defensas comunes incluyen que las personas acusadas demuestren que:
- no ayudaron o instigaron.
- no sabían que alguien estaba usando drogas,
- la policía violó uno de sus derechos constitucionales.
2.1 No ayudar o instigar
Recuerde que las personas solo son culpables bajo esta ley si realmente ayudaron o instigaron a alguien en el uso de drogas. Por lo tanto, siempre es una defensa para los acusados demostrar que no ayudaron o alentaron a una persona a usar drogas de ninguna manera. Tal vez, por ejemplo, una persona solo observó a alguien usar una sustancia controlada.
2.2 Sin conocimiento
Recuerde también que los acusados no son culpables de este delito si no tenían conocimiento de que una persona estaba usando drogas. Una defensa, entonces, es que un acusado demuestre que no tenía conocimiento del uso de drogas. Tal vez, por ejemplo, una persona le dio a alguien una pajita, pero no tenía idea de que la persona la estaba usando para inhalar cocaína.
2.3 Violación de un derecho constitucional
Los acusados siempre pueden intentar impugnar un cargo bajo esta ley demostrando que la policía violó uno de sus derechos constitucionales.
Por ejemplo, tal vez un oficial:
- realizó una búsqueda o incautación ilegal,
- detuvo o arrestó al acusado sin causa probable,
- obligó a una confesión, o
- no leyó al acusado sus derechos de Miranda.
Si alguna de las situaciones anteriores se aplica, entonces un juez podría reducir o retirar los cargos contra el acusado.
3. ¿Cuáles son las sanciones?
Una violación de HS 11365 es un delito menor.
Las condenas por delitos menores bajo esta ley son castigadas con:
- custodia en la cárcel del condado (en lugar de la prisión estatal) por hasta seis meses, y/o
- una multa de hasta $1,000.8
Tenga en cuenta que un juez tiene la discreción de otorgar a un acusado una libertad condicional por delito menor (o resumen) en lugar de tiempo en la cárcel. Si un juez lo hace, entonces típicamente incluye el servicio comunitario como condición de la libertad condicional.
Tenga en cuenta también que si una persona es condenada bajo HS 11365, puede ser elegible para el programa de desviación de drogas “entrada diferida de juicio” de California.
La entrada diferida de juicio permite a las personas suspender sus cargos mientras completan un programa de tratamiento de drogas. Una vez que hayan completado el programa, sus cargos son retirados.
Elegibilidad para este programa de desviación previa al juicio depende de varios factores, como:
- si el acusado tiene antecedentes penales, y
- si el acusado violó la ley mientras usaba violencia o amenaza de violencia.9
4. ¿Hay delitos relacionados?
Hay tres delitos relacionados con estar presente durante el uso ilegal de drogas. Estos son:
- bajo la influencia de una sustancia controlada – HS 11550,
- posesión de una sustancia controlada – HS 11350, y
- operar o mantener una casa de drogas – HS 11366.
4.1 Bajo la influencia de una sustancia controlada – HS 11550
Según Código de Salud y Seguridad 11550, bajo la influencia de una sustancia controlada es el delito en el que las personas:
- son encontradas bajo la influencia de una sustancia controlada o una droga narcótica, y
- no tienen una receta legal para la droga.
Tenga en cuenta que una persona tendrá que involucrarse en el uso de una sustancia controlada para estar bajo su influencia.
Algunas de las sustancias controladas más comunes involucradas en este delito son las mismas que se encuentran en los cargos bajo HS 11365.
4.2 Posesión de una sustancia controlada – HS 11350
Según Código de Salud y Seguridad 11350, posesión de una sustancia controlada es el delito en el que las personas poseen ilegalmente una sustancia controlada o la tienen bajo su control.
Tenga en cuenta que la posesión de metanfetamina está cubierta por esta ley y HS 11377.
Tenga en cuenta también que la posesión de parafernalia de drogas es un delito separado acusado bajo HS 11364.
Al igual que con los cargos bajo HS 11365, los acusados pueden impugnar los delitos de drogas bajo esta ley con la defensa de que la aplicación de la ley violó uno de sus derechos constitucionales.
4.3 Operar o mantener una casa de drogas – HS 11366
Según Código de Salud y Seguridad 11366, operar o mantener una casa de drogas es el delito en el que las personas operan o mantienen cualquier lugar con el propósito de vender, regalar o usar sustancias controladas ilegalmente.
A diferencia del delito de estar presente durante el uso ilegal de drogas, un fiscal puede acusar de operar o mantener una casa de drogas como un delito menor o un delito grave.
Una condena por delito grave es castigada con una pena de prisión estatal de hasta tres años.
Para obtener ayuda adicional…
Para obtener orientación adicional o para discutir su caso con un abogado de defensa criminal, lo invitamos a contactar nuestra oficina de abogados en el Grupo de Leyes Shouse. Nuestros abogados ofrecen tanto consultas gratuitas como asesoramiento legal en el que puede confiar.
Nuestros abogados también representan a clientes en todo el estado de California, incluidos aquellos en Los Ángeles, el Condado de Orange, San Diego y San Bernardino.
Referencias legales:
- En cuanto a “voluntariamente”, consulte People v. Lara (1996) 44 Cal.App.4th 102.
- People v. Brim (1968) 257 Cal.App.2d 839.
- People v.Cressey (1970) 2 Cal.3d 836.
- Instrucciones judiciales del Consejo de California para el jurado penal (“CALCRIM”) 2401 – Ayuda y complicidad en el uso ilegal de sustancias controladas.
- People v. Lee (1968) 260 Cal.App.2d 836.
- CALCRIM 2401. Vea también People v. Beeman (1984) 35Cal.3d 547.
- Código de Salud y Seguridad de California 11365 HS.
- Código Penal de California Sección 19 PC.
- Código Penal de California 1000 PC.