Agresión sexual (también conocida como asalto sexual) se define por el Código Penal § 243.4 PC como el acto de tocar las partes íntimas de otra persona sin su consentimiento, con el propósito de obtener gratificación sexual, excitación o abuso.
Cinco cosas clave que debes saber sobre las leyes de agresión sexual de California son:
- La agresión sexual suele ser un delito menor pero puede ser acusado como un delito grave en casos agravados.
- Las defensas comunes a la agresión sexual incluyen que (a) la víctima dio su consentimiento o (b) fuiste falsamente acusado.
- Los fiscales tienen un año para presentar cargos por delitos menores y diez años para presentar cargos por delitos graves.
- En medio del movimiento #metoo, las demandas civiles de víctimas de agresión sexual se han vuelto comunes.
- Además de la prisión y las multas, las penas por agresión sexual incluyen el registro como delincuente sexual.
Penalidades por agresión sexual como delito menor |
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Penalidades por agresión sexual como delito grave |
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En este artículo, nuestros abogados de defensa criminal ofrecen una guía completa para entender la ley de asalto sexual de California abordando los siguientes temas:
- 1. ¿Cómo define la ley de California la agresión sexual?
- 2. ¿Cuáles son las defensas comunes a los cargos de PC 243.4?
- 3. ¿Puedo ir a la cárcel?
- 4. ¿Cuál es el plazo de prescripción?
- 5. ¿Puedo ser demandado por agresión sexual?
- 6. Delitos relacionados
Si, después de leer este artículo, desea más información, lo invitamos a contactarnos en Shouse Law Group.
1. ¿Cómo define la ley de California la agresión sexual?
El Código Penal 243.4 PC define la agresión sexual (también conocida como asalto sexual) como:
- tocar la parte íntima de otra persona,
- contra la voluntad de esa persona,
- con el propósito específico de excitación sexual, gratificación sexual, o abuso sexual.1
Puedes ser condenado incluso si tienes una relación sexual con la persona que te acusa. Además, a diferencia del delito de violación en California según el Código Penal 261 PC, la agresión sexual no requiere que haya habido una penetración sexual o relaciones sexuales.2
Factores agravantes
La agresión sexual es típicamente un delito menor,3 aunque puede ser un delito grave si hay factores agravantes, como:
- la víctima está retenida ilegalmente,4
- la víctima está institucionalizada para tratamiento médico Y está seriamente discapacitada o incapacitada médicamente,5
- la víctima no es consciente de la naturaleza del acto porque tú le has representado fraudulentamente que el tocamiento tenía un propósito profesional,6 o
- la víctima es obligada a masturbarse o tocar las partes íntimas tuyas, de un cómplice o de otra persona en cualquiera de las circunstancias mencionadas anteriormente.7 (Este es el único escenario en el que California reconoce una agresión sexual si la persona que presenta la denuncia es forzada a tocar tus partes íntimas en lugar de que tú toques las suyas.8)
Definiciones legales
Ahora veamos más de cerca algunos de estos términos y frases para entender mejor su significado legal.
Tocar
“Tocar” a otra persona en el caso de una agresión sexual menor significa hacer contacto físico con la parte íntima de la víctima, ya sea
- directamente, o
- a través de la ropa (ya sea tu ropa o la de la presunta víctima).9
Tocar a otra persona en el caso de una agresión sexual grave significa hacer contacto físico con la piel desnuda de la víctima, ya sea
- directamente, o
- a través de tu ropa.10
No es una agresión sexual grave si el cuerpo de la presunta víctima solo hace contacto a través de su ropa.
Ejemplo: Chad toca el pecho de Sherrie a través de su ropa. Como el tocamiento solo ocurrió a través de la ropa de Sherrie, Chad no es culpable de agresión sexual grave.
Parte íntima
Una “parte íntima” es el pecho de una mujer, o cualquier parte íntima de una persona que normalmente se cubre en público, como los genitales o las nalgas.11 En el caso de una agresión sexual grave, también incluye la boca y el ano.12
- ano,
- ingle,
- órgano sexual, o
- nalgas.11
Contra la voluntad de la otra persona
Violas la ley de agresión sexual de California cuando tocas a la otra persona en contra de su voluntad, lo que significa que no dieron su consentimiento al acto. Para dar consentimiento, una persona debe actuar libre y voluntariamente y saber la naturaleza del acto al que están dando su consentimiento.12
Por eso puedes ser acusado de agresión sexual agravada aunque la víctima dé su consentimiento SI has representado fraudulentamente que el toque tenía un propósito profesional. Esto se debe a que el fraude anula el consentimiento.
Una persona no puede dar su consentimiento si ha sido engañada y no sabe la naturaleza del acto al que está dando su consentimiento.
Abuso sexual
Cuando cometes una agresión sexual con la intención específica de “causar abuso sexual” a alguien, significa que tienes la intención de
- lastimar,
- dañar,
- humillar,
- intimidar, o
- causar dolor en sus partes íntimas.
El toque sexual con este objetivo puede ser considerado agresión sexual aunque no estuvieras motivado por un deseo de obtener gratificación o placer sexual para ti mismo.13
Restricción ilegal
Restringes ilegalmente a alguien cuando:
- controlas su libertad de movimiento con palabras, actos o autoridad, y
- la restricción es en contra de su voluntad.14
La restricción ilegal requiere más que simplemente la fuerza física necesaria para llevar a cabo el toque sexual.15
Ejemplo: Jill, una maestra, invita a su estudiante, Stephanie, a un salón vacío, cierra la puerta y la bloquea con una silla. Luego, Jill acaricia los senos desnudos de Stephanie.16
Jill usó más que solo fuerza física; usó su autoridad, creando una situación privada al bloquear la puerta y aprovechando el miedo de Stephanie.17
Además, una persona no retiene ilegalmente a alguien si usa una autoridad legal para un propósito legal siempre y cuando la restricción continúe siendo legal.18
Ejemplo: Bob, un oficial correccional, transporta a reclusos masculinos esposados. Sin embargo, cuando Bob los desviste parcialmente para tocarlos, el propósito ya no es legal y los reclusos están siendo retenidos ilegalmente.19
Cómplice
Cuando eres un cómplice – también conocido como el delito de “ayudar e instigar” – estás sujeto a ser procesado de la misma manera y con las mismas penas que el culpable principal.20 Eres un “cómplice” del delito de agresión sexual si
- sabías que el culpable principal estaba actuando de manera criminal, y
- tenías la intención de – y de hecho lo hiciste –
- a) ayudar, facilitar, promover, alentar o instigar la comisión del asalto sexual, o
- b) participar en una conspiración criminal (es decir, un esfuerzo conjunto) para cometer la agresión sexual.21
2. ¿Cuáles son las defensas comunes a los cargos de PC 243.4?
Nuestro bufete de abogados tiene experiencia representando a miles de personas enfrentando este cargo. Encontramos que estas tres defensas son muy persuasivas:
- Tenías consentimiento;
- No hubo contacto sexual; o
- Fuiste falsamente acusado.
Tenías consentimiento
Si el contacto es consensual – o si tienes una creencia razonable de que el contacto es consensual – entonces no cometiste una agresión sexual en California.22
En Shouse Law Group, a menudo podemos demostrar que la presunta víctima dio su consentimiento a través de pruebas circunstanciales como mensajes de texto, mensajes de voz y testimonios de testigos presenciales en torno al momento del incidente.
No hubo contacto sexual
En casos anteriores de agresión sexual, hemos podido demostrar que cualquier contacto que ocurrió no fue sexual o fue un error (como rozar accidentalmente el trasero de alguien en una multitud).
Además, como rara vez hay pruebas físicas de lo que realmente sucedió, puede haber pruebas insuficientes para sostener una acusación de agresión sexual más allá de una duda razonable.23
Fuiste acusado falsamente
En nuestras décadas de experiencia combinada como abogados de defensa criminal, vemos una y otra vez a personas inocentes que tienen sus vidas patas arriba por acusaciones falsas de conducta sexual. Además, como las acusaciones de agresión sexual no requieren una lesión física, es un delito fácil de acusar a otra persona sin pruebas reales.
Afortunadamente, la experiencia también nos ha demostrado que hay muchas formas de impugnar la credibilidad del acusador y demostrar que están motivados por celos, ira, venganza o un esfuerzo por influir en el resultado de una disputa de custodia de menores. A través de una intensa investigación previa al juicio, a menudo podemos reunir suficientes pruebas para demostrar que el acusador estaba mintiendo y persuadir al fiscal para que retire el caso sin un juicio.
3. ¿Puedo ir a la cárcel?
Penalizaciones por delito menor de agresión sexual
Si es declarado culpable en California de asalto sexual de delito menor sin factores agravantes, puede enfrentar:
- Hasta seis (6) meses en la cárcel del condado,24
- Una multa de hasta dos mil dólares ($2,000) – o hasta tres mil dólares ($3,000) si la presunta víctima era su empleado,25 y/o
- libertad condicional informal (también conocida como libertad condicional resumida) por hasta cinco (5) años, que puede incluir
- Servicio comunitario,
- Completar un programa de educación para agresores, y/o
- Completar un programa diseñado para ayudar a aquellos con problemas de abuso/compulsión sexual, Y/O
- Registro en el Código Penal 290 PC como delincuente sexual de nivel uno durante un mínimo de 10 años.26
Tenga en cuenta que los fiscales pueden optar por procesar la agresión sexual como un delito menor incluso si hay factores agravantes, pero la pena máxima de cárcel sería de un (1) año.27
Penalizaciones por delito grave de agresión sexual
La agresión sexual con factores agravantes es un delito grave en California, conlleva:
- libertad condicional formal (delito grave),
- dos (2), tres (3) o cuatro (4) años en prisión 28 Y posiblemente tres (3) a cinco (5) años adicionales en prisión si la presunta víctima sufre una lesión corporal grave (una lesión física significativa o sustancial),29
- un máximo de $10,000 de multa,30 Y/O
- registro como delincuente sexual de nivel tres de por vida.31
Delito de agresión en California |
Penalizaciones |
Agresión simple (PC 242) | Delito menor: Hasta 6 meses en la cárcel y/o $2,000 |
Aggravated battery causando lesiones corporales graves (PC 243(d)) | Misdemeanor: Hasta 1 año en la cárcel y/o $1,000
o Felony: 2, 3, o 4 años en la cárcel (más 3 a 6 años si la víctima sufre lesiones corporales graves) y/o hasta $10,000 |
Agresión a un oficial de custodia (PC 243.1) | Felony: 16 meses, 2 años, o 3 años en la cárcel (o 2, 3, o 4 años si la víctima sufre lesiones corporales graves) |
Agresión a un oficial de paz o policía (PC 243(b) & (c)) y |
Sin lesiones Misdemeanor: Hasta 1 año en la cárcel y/o $2,000 |
Con lesiones que requieren tratamiento médico Misdemeanor: Hasta 1 año en la cárcel y/o $2,000 o Felony: 16 meses, 2 años, o 3 años en la cárcel y/o hasta $10,000 |
|
Agresión doméstica (PC 243(e)(1)) | Misdemeanor: Hasta 6 meses en la cárcel y/o $2,000 |
Agresión sexual (PC 243.4) | Misdemeanor: Hasta 6 meses en la cárcel (o 1 año si hubo un factor agravante) y/o $2,000 (o $3,000 si la víctima era su empleado) más registro de delincuente sexual de Nivel I por 10 años.
o Felony: 2, 3, o 4 años en prisión (o un extra de 3 a 5 años si la víctima resultó gravemente herida) y/o hasta $10,000 más registro de delincuente sexual de Nivel III de por vida (generalmente). |
4. ¿Cuál es el plazo de prescripción para el PC 243.4 en California?
Cuando se sospecha de agresión sexual de delito menor, los fiscales de California tienen un año después del presunto incidente para presentar cargos penales.32
Aunque en casos sospechosos de agresión sexual grave, los fiscales de California tienen 10 años después del presunto incidente para presentar cargos.33
5. ¿Puedo ser demandado por agresión sexual?
Sí. Un presunto “víctima” de agresión sexual puede demandarte en un tribunal civil para intentar recuperar cualquier daño que hayan sufrido debido al delito, como facturas médicas y dolor y sufrimiento.
Esta demanda es una acción separada y adicional a los cargos penales que puedas enfrentar. En una demanda civil, la “víctima” tiene la carga de probar que cometiste una agresión y que el delito causó daños verificables.
Ten en cuenta que California ahora prohíbe el “stealthing” – una forma de agresión sexual en la que quitas un condón durante el coito sin el consentimiento verbal de tu pareja. Una víctima de stealthing puede presentar una demanda civil en tu contra si sufren daños y lesiones debido al acto.34
6. Delitos relacionados
Violación
Violación (PC 261) es el coito no consensuado con otra persona realizado por medio de
- amenazas,
- violencia o
- engaño.
Es el requisito de coito lo que distingue este delito de una agresión sexual.
La violación siempre es un delito grave en California.35 También es un “strike” bajo la ley de tres strikes de California.36
Agresión
Agresión (PC 242) es cualquier toque no deseado o no invitado (ya sea sexual o no).37
Si, por ejemplo, tomas la mano de otra persona y la colocas en una de tus partes íntimas de manera despreocupada, no has violado la ley de agresión sexual de California (ya que no tocaste ninguna de sus partes íntimas). Sin embargo, HAS cometido una agresión, siempre y cuando la otra persona no te haya tocado voluntariamente.
La agresión puede ser un delito menor o grave en California dependiendo del caso.38
Recursos en línea:
- Asociación para el Tratamiento de Abusadores Sexuales (ATSA) – ATSA ofrece referencias, programas y recursos para aquellos que sufren de compulsiones sexuales y trastornos sexuales.
- SAFE (Stop Abuse For Everyone) – Stop Abuse For Everyone (SAFE) promueve servicios para todas las víctimas y responsabilidad para todos los perpetradores.
Referencias legales:
- Código Penal 243.4 PC. Véase también People v. Sommer (Cal. App. 1st Dist. 2021), 275 Cal. Rptr. 3d 872. Véase también People v. Reeves (2001) 91 Cal.App.4th 14. El texto de la ley es:
243.4. (a) Cualquier persona que toque una parte íntima de otra persona mientras esa persona está ilegalmente restringida por el acusado o un cómplice, y si el toque es contra la voluntad de la persona tocada y es con el propósito de excitación sexual, gratificación sexual o abuso sexual, es culpable de agresión sexual. Una violación de esta subdivisión es castigada con prisión en una cárcel del condado por no más de un año, y con una multa que no exceda los dos mil dólares ($2,000); o con prisión en la prisión estatal por dos, tres o cuatro años, y con una multa que no exceda los diez mil dólares ($10,000).
(b) Cualquier persona que toque una parte íntima de otra persona que está institucionalizada para tratamiento médico y que está gravemente discapacitada o incapacitada médicamente, si el toque es contra la voluntad de la persona tocada, y si el toque es con el propósito de excitación sexual, gratificación sexual o abuso sexual, es culpable de agresión sexual. Una violación de esta subdivisión es castigada con prisión en una cárcel del condado por no más de un año, y con una multa que no exceda los dos mil dólares ($2,000); o con prisión en la prisión estatal por dos, tres o cuatro años, y con una multa que no exceda los diez mil dólares ($10,000).
(c) Cualquier persona que toque una parte íntima de otra persona con el propósito de excitación sexual, gratificación sexual o abuso sexual, y la víctima está inconsciente en el momento del acto porque el perpetrador representó fraudulentamente que el toque servía un propósito profesional, es culpable de agresión sexual. Una violación de esta subdivisión es castigada con prisión en una cárcel del condado por no más de un año, y con una multa que no exceda los dos mil dólares ($2,000); o con prisión en la prisión estatal por dos, tres o cuatro años, y con una multa que no exceda los diez mil dólares ($10,000).
(d) Cualquier persona que, con el propósito de excitación sexual, gratificación sexual o abuso sexual, obligue a otra persona, en contra de su voluntad mientras está ilegalmente restringida por el acusado o un cómplice, o está institucionalizada para tratamiento médico y está gravemente discapacitada o incapacitada médicamente, a masturbarse o tocar una parte íntima de cualquiera de esas personas o de una tercera persona, es culpable de agresión sexual. Una violación de esta subdivisión es castigada con prisión en una cárcel del condado por no más de un año, y con una multa que no exceda los dos mil dólares ($2,000); o con prisión en la prisión estatal por dos, tres o cuatro años, y con una multa que no exceda los diez mil dólares ($10,000).
(e) (1) Cualquier persona que toque una parte íntima de otra persona, si el toque es en contra de la voluntad de la persona tocada, y es con el propósito específico de excitación sexual, gratificación sexual o abuso sexual, es culpable de agresión sexual menor, castigado con una multa que no exceda los dos mil dólares ($2,000), o con prisión en una cárcel del condado que no exceda los seis meses, o con ambas sanciones. Sin embargo, si el acusado era un empleador y la víctima era un empleado del acusado, la agresión sexual menor será castigada con una multa que no exceda los tres mil dólares ($3,000), con prisión en una cárcel del condado que no exceda los seis meses, o con ambas sanciones. No obstante cualquier otra disposición de la ley, cualquier cantidad de multa por encima de los dos mil dólares ($2,000) que se recaude de un acusado por una violación de esta subdivisión será transmitida al Tesoro del Estado y, tras la aprobación por parte de la Legislatura, distribuida al Departamento de Derechos Civiles con el propósito de hacer cumplir la Ley de Empleo y Vivienda Justa de California (Parte 2.8 (comenzando con la Sección 12900) de la División 3 del Título 2 del Código de Gobierno), incluyendo, pero no limitado a, leyes que prohíben el acoso sexual en lugares de empleo. Sin embargo, en ningún caso se transmitirá al Tesoro del Estado una cantidad superior a los dos mil dólares ($2,000) hasta que todas las multas, incluyendo cualquier multa de restitución que se haya impuesto al acusado, se hayan pagado en su totalidad.
(2) Como se usa en esta subdivisión, “toques” significa contacto físico con otra persona, ya sea directamente, a través de la ropa de la persona que comete el delito, o a través de la ropa de la víctima.
(f) Como se usa en las subdivisiones (a), (b), (c) y (d), “toques” significa contacto físico con la piel de otra persona, ya sea directamente o a través de la ropa de la persona que comete el delito.
(g) Como se usa en esta sección, los siguientes términos tienen los siguientes significados:
(1) “Parte íntima” significa el órgano sexual, el ano, la ingle o las nalgas de cualquier persona, y el pecho de una mujer.
(2) “Agresión sexual menor” no incluye los delitos definidos en las Secciones 261 o 289.
(3) “Seriamente discapacitado” significa una persona con discapacidades físicas o sensoriales graves.
(4) “Incapacitado médicamente” significa una persona que está incapacitada como resultado de sedantes, anestesia u otros medicamentos recetados.
(5) “Institucionalizado” significa una persona que se encuentra voluntaria o involuntariamente en un hospital, centro de tratamiento médico, hogar de ancianos, centro de atención aguda o hospital mental.
(6) “Menor” significa una persona menor de 18 años.
(h) Esta sección no se interpretará para limitar o impedir la persecución bajo cualquier otra ley que también prohíba una conducta que también esté prohibida por esta sección.
(i) En caso de una condena por delito grave por una violación de esta sección, el hecho de que el acusado fuera un empleador y la víctima fuera un empleado del acusado será un factor agravante en la sentencia.
(j) Una persona que comete una violación de la subdivisión (a), (b), (c) o (d) contra un menor cuando la persona tiene una condena previa por un delito grave por violación de esta sección será culpable de un delito grave, castigado con prisión en la prisión estatal por dos, tres o cuatro años y una multa que no exceda de diez mil dólares ($10,000).
- Código Penal 261 PC.
- Código Penal 243.4 (e)(1) PC.
- Igual, sección (a).
- Igual, sección (b).
- Igual, sección (c).
- Igual, sección (d).
- People v. Elam (2001) 91 Cal.App.4th 298, 310.
- Código Penal 243.4 PC. Ver también People v. Dayan (1995) 34 Cal.App.4th 707.
- Igual, sección (f).
- Igual, sección (g).
- CALCRIM 938.
- Igual, Comentario. Ver también People v. White (1986) 179 Cal.App.3d 193; también ver People v. Chavez (2000) 84 Cal.App.4th 25.
- CALCRIM 935.
- Igual. Ver también People v. Pahl (1991) 226 Cal.App.3d 1651, 1661.
- Los hechos también se basan vagamente en People v. Arnold (1992) 6 Cal.App.4th 18.
- Igual en 31.
- Ver CALCRIM 935.
- Los hechos también se basan vagamente en People v. Alford (1991) 235 Cal.App.3d 799.
- Instrucciones del jurado de California – CALCRIM 401.
- CALCRIM 935. Ver también People v. Verlinde (2002) 100 Cal.App.4th 1146; People v. Stankewitz (1990) 51 Cal.3d 72.
- CALCRIM 938. Ver también People v. Andrews (2015) 234 Cal.App.4th 590; People v. Williams (1992) 4 Cal.4th 354; People v. Mayberry (1975) 15 Cal.3d 143.
- Ver, por ejemplo, Deutch v. Estados Unidos, (1961) 367 U.S. 456.
- Código Penal 243.4 PC Sección (e)(1). Ver también People v. Robinson (2016) 63 Cal.4th 200. También ver People v. Babaali (2009) 171 Cal.App.4th 982.
- Igual.
- Código Penal 290 PC.
- Nota 1.
- Igual.
- Código Penal 12022.7 PC.
- Código Penal 243.4 PC.
- Código Penal 290 PC. No hay violación de primer grado / segundo grado. Vea también En re M.A. (Cal. App. 6th Dist. Sept. 12, 2022), 83 Cal. App. 5th 143. Tenga en cuenta que solo se requiere el registro de delincuentes sexuales de nivel uno (por un mínimo de 10 años) si: la víctima está institucionalizada para tratamiento médico y está gravemente discapacitada o incapacitada médicamente, y el tocamiento es contra la voluntad de la persona tocada, y el tocamiento es con el propósito de excitación sexual, gratificación sexual o abuso sexual.
- Código Penal 802 PC.
- Código Penal 801.1 PC.
- Proyecto de Ley de la Asamblea Número 453.
- Código Penal 261 PC. Código Penal 264 PC. Vea nuestro artículo relacionado sobre leyes de violación estatutaria.
- Código Penal 667.5 PC.
- Código Penal 242 PC.
- Código Penal 243 PC.