Código Penal de California 267 PC es la ley estatal que prohíbe el secuestro de niños menores de 18 años con fines de prostitución. Violar PC 267 es un delito grave que conlleva hasta tres años de prisión estatal, hasta $2,000 en multas y registro de por vida como delincuente sexual.
El texto completo de la sección del código es el siguiente:
267. Toda persona que se lleve a otra persona menor de 18 años de su padre, madre, tutor u otra persona que tenga la custodia legal de la otra persona, sin su consentimiento, con el propósito de prostitución, será castigada con prisión en la prisión estatal y una multa que no exceda los dos mil dólares ($2,000).
Análisis legal
Código Penal de California 267 PC convierte en un delito penal grave:
- secuestrar a un menor de 18 años de edad lejos de su padre o de cualquier persona que tenga legalmente la custodia del menor
- sin el consentimiento del tutor
- para prostituir al menor.
Secuestrar a un menor para la prostitución es un delito grave que conlleva una sentencia de prisión en una Prisión Estatal de California de:
- 16 meses,
- 2 años, o
- 3 años.
El juez también puede imponer una multa de hasta $2,000.1 Además, el acusado estaría obligado a registrarse de por vida como delincuente sexual de Tier III en California.2
Vea nuestro artículo relacionado, atraer a un menor a la prostitución (PC 266).
Referencias legales
- Código Penal de California 267 PC – Secuestro de menores para la prostitución. Ver también People v. Steele (Cal. App. 3d Dist., 2014), 225 Cal. App. 4th 300, 169 Cal. Rptr. 3d 723.
- PC 290.