Código de Vehículo 21804 VC es la sección del código de California que requiere que los conductores cedan el paso cuando entren a una autopista desde un callejón o un camino de entrada. Bajo esta sección, los conductores que salen de un callejón o camino de entrada deben:
- Ceder el paso a todo el tráfico que esté “lo suficientemente cerca como para constituir un peligro inmediato”, y
- Continuar cediendo el paso hasta que puedan proceder con seguridad.
Hay cuatro puntos importantes que saber sobre esta sección del código.
- Un conductor que viola el Código de Vehículo 21804 debe pagar una multa de $238.00.
- Un conductor que no ceda el paso también recibe un punto en su registro de conducción del DMV. Un conductor corre el riesgo de obtener una suspensión de licencia de operador negligente si recibe 4 puntos en 12 meses, 6 puntos en 24 meses o 8 puntos en 36 meses.
- Los conductores pueden desafiar una multa por no ceder el paso al levantar una defensa legal. Sin embargo, es mejor que los conductores consulten con un abogado defensor experimentado de California antes de hacerlo.
- Los conductores no pueden ignorar las multas por violar el Código de Vehículo 21804. Esto resulta en la violación de una nueva ley, falta de comparecencia, de conformidad con el Código de Vehículos de California 40508. Esta violación puede ser acusada como una falta.
Nuestros abogados de accidentes automovilísticos de California destacarán lo siguiente en este artículo:
- 1. Código de Vehículo 21804 – Los conductores que entran a una autopista desde un callejón o camino de entrada deben ceder el paso
- 2. Las sanciones por no ceder el paso
- 3. Defensas legales si un conductor viola el Código de Vehículo 21804 VC
- 4. Violaciones del Código de Vehículo 21804 VC y la escuela de tráfico
- 5. Violaciones de VC 21804 y cargos criminales
- 6. Ignorar una multa por no ceder el paso al entrar a una autopista
- 7. No ceder el paso y cómo afecta una demanda por lesiones personales
- 8. Leyes relacionadas con el Código de Vehículos 21804 VC
1. Código de Vehículos 21804 – Los conductores que entran a una carretera desde un callejón o entrada deben ceder el paso
California Código de Vehículos 21804 (a) impone dos reglas de ceder el paso a los conductores que entran a una carretera desde un callejón o entrada. Estos son:
- Los conductores deben ceder el paso a todo el tráfico “lo suficientemente cerca como para constituir un peligro inmediato”; y,
- Los conductores deben seguir cediendo el paso hasta que puedan proceder con seguridad.1
Si el tráfico está “lo suficientemente cerca como para constituir un peligro inmediato” es una cuestión de hecho. Esto significa que se determina mirando todos los hechos y circunstancias de un caso dado.
Los tribunales de California han dictaminado que los automovilistas ceden suficientemente el paso al mirar en ambas direcciones del tráfico y proceder cuando no se ven vehículos.2
El Código de Vehículos de California 21804 (b) se aplica después de que un conductor entre a una carretera desde un callejón o entrada. Después de la entrada, el VC 21804 (b) establece que todos los conductores en la carretera deben ceder el paso al vehículo que entra a la carretera.3
2. Las penas por no ceder el paso
Un conductor recibe dos penas por violar el Código de Vehículos 21804 VC. Estos son:
- Una multa; y,
- Puntos en el registro de conducir del DMV del conductor.
2.1. Multa
Un conductor que no ceda el paso al salir de un callejón o entrada recibe una multa y debe pagar una multa correspondiente.
La multa por violar el Código de Vehículos 21804 es de $238.00.4
2.2. Puntos en el registro de conducir del DMV del conductor
Los conductores que no obedecen el Código de Vehículos 21804 también recibirán un punto en su registro de conducir del DMV.5 Esto es desfavorable porque los puntos se informan finalmente a la aseguradora del conductor. El resultado es que las tarifas de seguro del conductor aumentan durante varios años.
Un problema adicional ocurre cuando un conductor recibe múltiples puntos en su registro de conducir durante cierto período de tiempo. Si un conductor en California recibe 4 puntos en 12 meses, 6 puntos en 24 meses o 8 puntos en 36 meses, el DMV puede suspender o revocar sus privilegios de conducir.
Tenga en cuenta, sin embargo, que cualquiera de estas acciones requerirá una audiencia del DMV de California.
3. Defensas legales si un conductor viola el Código de Vehículos 21804 VC
Un conductor que recibe una multa por no ceder tiene el derecho de cuestionar la multa. Esto significa que puede presentar una defensa legal para demostrar que no era culpable. Si se hace esto, sin embargo, es mejor que el conductor se ponga en contacto con un abogado experimentado para obtener ayuda.
3.1. Defensas comunes si se acusa de no ceder al entrar a una autopista desde un callejón o entrada
Hay tres defensas comunes si se acusa de una violación de VC 21804. Estos son:
- El oficial cometió un error porque el conductor en realidad cedió.
- Una emergencia impidió que el conductor cediera.
- Mientras un vehículo se acercaba a la autopista, no constituía un peligro inmediato.
Esta última defensa se remonta al lenguaje utilizado en el VC 21804 (a). Recuerde que la sección del código requiere que los conductores, al salir de un callejón o entrada, cedan a todo el tráfico “lo suficientemente cerca como para constituir un peligro inmediato”. Dado esto, es una defensa aceptable para un conductor mostrar que, aunque el tráfico estaba presente en la autopista, entrar a la carretera estaba permitido porque el tráfico no creaba un peligro.
No importa la defensa específica planteada, un conductor debe respaldarla con evidencia creíble. La mejor evidencia para usar es:
- Declaraciones de testigos;
- Fotografías; y/o,
- Video de vigilancia.
3.2. Obtenga ayuda de un abogado experimentado
Los conductores pueden representarse a sí mismos cuando tratan de vencer una multa por no ceder. Sin embargo, es mejor que los conductores se pongan en contacto con un abogado de tráfico de California experimentado para obtener ayuda.
Contratar a un abogado para ayudar es crítico por tres principales razones. Estos incluyen:
- Los fiscales suelen ofrecer mejores tratos a los conductores con abogados.
- Los abogados defensores entienden cómo reducir y desestimar cargos.
- Un conductor con un abogado no tiene que ir a la corte. El abogado del conductor puede ir en su nombre.
4. Violaciones del Código de Vehículos 21804 VC y la escuela de tráfico
Los conductores que violan el VC 21804 no tienen que ir a la escuela de tráfico. Pero, pueden elegir hacerlo.
Tenga en cuenta que si un conductor va a la escuela de tráfico, aún debe pagar su multa de $238.00.6 Sin embargo, el conductor generalmente no recibe puntos en su registro de conducir del DMV.7
En general, un conductor en California puede voluntariamente inscribirse en la escuela de tráfico si:
- El conductor tiene una licencia de conducir válida;
- La infracción ocurrió mientras el conductor conducía un vehículo no comercial; y,
- La multa es por una infracción que es una violación de tráfico.
5. Violaciones del VC 21804 y cargos criminales
Violar el Código de Vehículos 21804 no resulta en cargos criminales. Esto se debe a que no es un delito en California si un conductor no cede cuando sale de un callejón o entrada.
Las violaciones del VC 21804 son infracciones bajo la ley de California. Por lo tanto, un conductor no tiene que enfrentar tiempo de prisión u otras penas criminales si recibe una multa por una violación del VC 21804.
6. Ignorar una multa por no ceder al entrar a una autopista
Los conductores no deben ignorar ni olvidar una multa por violar el Código de Vehículos 21804. Esto resulta en dos cosas. Estos son:
- El conductor viola el Código de Vehículos de California 40508 VC, por la falta de comparecencia en la corte en una citación de tráfico; y,
- El conductor recibe penalidades por violar el VC 40508.
6.1. Violación del Código de Vehículos 40508 VC
Si un conductor recibe una multa en California, debe firmar una promesa escrita de comparecer en la corte. Promete aparecer en un momento y lugar determinados.
Si el conductor falla intencionalmente en aparecer, viola el Código de Vehículos 40508 VC.8 El conductor falla intencionalmente en aparecer cuando no se presenta voluntariamente. Ni siquiera es una defensa si el conductor no tenía la intención de infringir la ley.9
No importa si el conductor infractor es culpable o inocente de la infracción de tránsito subyacente.10 Viola el Código de Vehículos 40508 simplemente al romper una promesa de:
- Comparecer en la corte,
- Comparecer para pagar la fianza,
- Pagar la fianza en cuotas,
- Pagar una multa dentro del tiempo autorizado, o
- Cumplir con cualquier condición de la corte.11
6.2. Penas por violar el VC 40508
Una violación del Código de Vehículos 40508 VC es un delito menor. Las penas incluyen:
- Hasta seis meses en la cárcel del condado, y/o
- Una multa de hasta $1,000.12
7. No ceder el paso y cómo afecta una demanda por lesiones personales
Un conductor que viola el Código de Vehículos 21804 puede causar un accidente con otro motorista, o incluso con un peatón. Si el motorista/peatón resulta herido y luego presenta una demanda por lesiones personales contra el conductor, el conductor puede ser considerado “negligente”.
La ley de California define la “negligencia” como la falta de usar el cuidado razonable para prevenir daños a uno mismo o a los demás. Cuando se trata de accidentes automovilísticos, los conductores negligentes son considerados responsables del accidente y pueden tener que pagar por cualquier daño causado.
Demostrar la negligencia en un caso de lesiones personales a veces puede ser difícil. Pero, en California, un conductor es considerado “negligente por sí mismo” si viola una estatuta.
La negligencia “por sí misma” es un tipo de teoría legal. Presume que un conductor es negligente si viola una estatuta o ordenanza.
Esto significa que un conductor sería negligente por sí mismo por no ceder el paso porque esa acción está en violación del VC 21804.
Tenga en cuenta, sin embargo, que incluso si un conductor es negligente por sí mismo, todavía puede recuperar cualquier daño que incurra. Esto se debe a las leyes de responsabilidad comparativa de California.
8. Leyes relacionadas con el Código de Vehículos 21804 VC
Hay varias leyes relacionadas con el VC 21804. Estos incluyen:
- Otras leyes de no ceder el paso de California – Código de Vehículos 21800-21803;
- Señalización antes de girar o cambiar de carril – Código de Vehículos 22108; y,
- Señales manuales adecuadas requeridas – Código de Vehículos 22111.
8.1. Otras leyes de no ceder el paso de California – Código de Vehículos 21800-21803
Estas secciones establecen en gran medida leyes de cesión que se aplican a intersecciones y cuando los conductores hacen giros a la izquierda.
En resumen:
- El Código de Vehículos 21800 (a) VC requiere que los conductores que entren a una intersección cedan el paso a los automovilistas que ya estén en la intersección.
- El Código de Vehículos 21800 (b)(1) VC establece que si dos vehículos entran a una intersección al mismo tiempo, el conductor de la izquierda debe ceder el paso al conductor de la derecha.
- El Código de Vehículos 21800 (c) VC establece que cuando dos vehículos entran a una intersección controlada por señales de alto al mismo tiempo, el conductor de la izquierda debe ceder el paso al conductor de la derecha.
- El Código de Vehículos 21800 (d)(1) VC requiere que los conductores se detengan cuando se acerquen a intersecciones con señales de tráfico que no estén funcionando.
- El Código de Vehículos 21800 (d)(2) VC establece que si dos vehículos entran a una intersección al mismo tiempo, y las señales para la intersección no están funcionando, el conductor de la izquierda debe ceder el paso al conductor de la derecha.
- El Código de Vehículos 21801 CVC exige que los conductores que giren a la izquierda o completen un giro en U deben ceder el paso a los automovilistas que circulen en dirección opuesta.
- El Código de Vehículos 21802 VC establece que los conductores deben detenerse en intersecciones con señales de alto y ceder el paso a los automovilistas que ya estén en la intersección.
- El Código de Vehículos 21803 VC exige que los automovilistas que entren a una intersección controlada por una señal de ceda el paso, cedan el paso a otros conductores que ya estén en la intersección.
Los conductores que violen los artículos 21800-21803 del Código de Vehículos de California recibirán:
- Una multa de $238; y,
- Un punto en el registro de conducción de DMV del conductor.
8.2. Señalización antes de girar o cambiar de carril – Código de Vehículos 22108
La sección establece:
Cualquier señal de intención de girar a la derecha o a la izquierda debe darse de forma continua durante los últimos 100 pies recorridos por el vehículo antes de girar.14
El propósito de una señal es dar una advertencia al conductor de atrás.15
Además, una vez que un conductor señala, no tiene el derecho absoluto de paso dentro de la carretera o intersección. Los tribunales de California han dicho lo contrario y han impuesto deberes adicionales al conductor que señala. Estos incluyen un deber de:
- Usar un cuidado razonable en la operación de un vehículo.16
- Hacer las observaciones adecuadas.17
- Ejercer cuidado al completar un giro para evitar colisiones.18
Un conductor en California que viola el VC 22108 recibe dos penalidades. Estos son:
- Una multa de $238.00; y,
- Un punto en su registro de conducir DMV.
8.3. Señales manuales adecuadas requeridas – Código de Vehículos 22111
Un conductor no está limitado a la señal de giro de su vehículo para advertir a los conductores de sus acciones. Los conductores pueden usar señales manuales para indicar cuándo están:
- Girando a la izquierda
- Girando a la derecha
- Deteniéndose o disminuyendo repentinamente su velocidad
Sin embargo, si un conductor elige usar una señal manual, la señal debe darse adecuadamente.
El Código de Vehículos de California 22111 VC describe qué señal manual es adecuada para los giros y paradas. La sección establece:
Todas las señales requeridas dadas por la mano y el brazo deben darse desde el lado izquierdo de un vehículo de la siguiente manera:
- (a) Giro a la izquierda: mano y brazo extendidos horizontalmente más allá del lado del vehículo.
- (b) Giro a la derecha: mano y brazo extendidos hacia arriba más allá del lado del vehículo, a excepción de que un ciclista puede extender la mano derecha y el brazo horizontalmente hacia el lado derecho de la bicicleta.
- (c) Señal de parada o disminución repentina de velocidad: mano y brazo extendidos hacia abajo más allá del lado del vehículo.
Un conductor que no señale de acuerdo con el VC 22111 recibe dos sanciones. Estas incluyen:
- Una multa de $238.00
- Un punto en el registro de conducir del DMV.
Referencias legales:
- Código de Vehículos de California 21804 (a) VC.
- Shannon v. Thomas (1943), 57 Cal. App. 2d 187.
- Código de Vehículos de California 21804 (b)
- Vea el DMV de California.
- Vea lo mismo.
- Vea el sitio web de los Tribunales de California.
- Vea lo mismo.
- Código de Vehículos de California 40508 VC.
- CALCRIM 2240, nota al pie 1: Alguien comete un acto voluntariamente cuando lo hace voluntariamente o a propósito. No se requiere que tenga la intención de infringir la ley, lastimar a alguien más o obtener alguna ventaja.
- Vea lo mismo.
- Código de Vehículos de California 40508 VC, nota al pie 1.
- Código Penal de California 19 PC. Excepto en los casos en que se prescribe una pena diferente por cualquier ley de este estado, toda ofensa declarada como delito menor es sancionable con prisión en la cárcel del condado no excediendo de seis meses, o con multa no excediendo de mil dólares ($1,000), o con ambas.
- Código de Vehículos de California 22108 VC.
- Vea lo mismo.
- Coyne v. Whiffen (1933), 132 Cal. App. 699.
- Donahue v. Mazzoli (1938), 27 Cal. App. 2d 102.