Orinar o defecar en público es un delito menor en todo Nevada. En Las Vegas, la sanción es de $100 a $1,000 en multas y/o hasta seis meses de cárcel.
Si también descuida limpiar sus desechos sólidos, enfrenta cargos por tirar basura también. Si fue en un lugar público, el fiscal incluso puede presentar cargos por exposición indecente (NRS 201.220).
Estos delitos a menudo involucran a turistas y clientes de bares que están demasiado intoxicados o exhaustos para encontrar un baño.
En esta página, nuestros abogados de defensa criminal de Las Vegas discuten el delito de orinar en público en Nevada. Siga leyendo para aprender cómo funciona la ley, cómo puede defenderse de los cargos y cómo los jueces imponen castigos.
¿Es un delito orinar en público en Nevada?
Es ilegal en Nevada orinar o defecar en público, como en las calles de la ciudad, parques u otras áreas comunes. Incluso se espera que las personas sin hogar encuentren refugios y baños portátiles siempre que sea posible.1
Defecar en público sin recoger después de sí mismo desencadena un cargo adicional por tirar basura.2 Además, si no cubre sus partes privadas mientras usa el baño, también enfrenta cargos por exposición indecente.3
Tenga en cuenta que la policía rara vez arresta a personas por orinar en público. Es probable que solo reciba una citación con instrucciones para presentarse en el tribunal en un día determinado o pagar una multa.
También tenga en cuenta que las leyes de orinar en público están regidas por códigos municipales y ordenanzas del condado, no por leyes estatales.
¿Cómo puedo luchar contra los cargos?
Hay varias formas de luchar contra los cargos de orinar en público en Nevada, dependiendo de los hechos únicos del caso. Algunas posibles defensas son las siguientes:
- Fue acusado falsamente. Tal vez la policía lo confundió con otra persona. Si el acto no fue capturado en video y no hubo otros testigos, puede haber pruebas insuficientes para demostrar más allá de una duda razonable que usted fue quien fue al baño.
- Tenía una condición médica. Tal vez sufre de una enfermedad que dificulta llegar al baño a tiempo. Ejemplos incluyen: síndrome de vejiga hiperactiva, diabetes, cistitis intersticial, infecciones del tracto urinario, esclerosis múltiple, próstata agrandada, intoxicación alimentaria o diarrea. Si sus registros médicos demuestran que usted no tuvo la culpa porque estaba legítimamente enfermo, el fiscal puede retirar los cargos.
- No había una alternativa razonable. Los jueces entienden que a veces las personas se encuentran en situaciones donde no hay un baño cerca, y que ir en público es una mejor alternativa a una vejiga a punto de explotar. Si podemos demostrar que sus acciones fueron razonables bajo las circunstancias, el caso puede ser desestimado.
Ejemplo: Jim está conduciendo en la I-15 por la noche. Su auto se detiene, y su batería de celular está muerta, por lo que no puede pedir ayuda. Necesita ir al baño con urgencia, pero razona que sería peligroso caminar por el costado de la carretera hasta la salida más cercana, que de todas formas está a una milla de distancia. Decide agacharse junto a su auto y cubrirse con su chaqueta para que nadie pueda verlo desnudo.
Si un policía lo viera y lo citara por orinar en público, es probable que el fiscal eventualmente retire los cargos porque circunstancias atenuantes lo dejaron con pocas opciones. Además, se aseguró de ocultarse para que nadie lo viera desnudo.
¿Cuáles son las sanciones?
Ir al baño en público es un delito menor en Nevada. Las sanciones varían de ciudad en ciudad, con un máximo de $1,000 en multas y/o hasta seis meses de cárcel.
En la práctica, sin embargo, la sanción típica es solo de unos pocos cientos de dólares y sin cárcel. Para las primeras infracciones, los fiscales pueden estar dispuestos a retirar los cargos después de que pague la multa para que no haya una condena en su registro.
A continuación se presentan los rangos de penalización específicos por orinar o defecar en público en las ciudades más grandes de Nevada.
Las Vegas
- De $100 a $1,000 en multas y/o
- Hasta 6 meses de cárcel
Tenga en cuenta que, a diferencia de la mayoría de los delitos menores, aquí la multa mínima es de $100 en lugar de $0.4
Henderson
- Hasta $1,000 en multas, y/o
- Hasta 6 meses de cárcel
Además, hay una tarifa de limpieza de $100.5
North Las Vegas
- Hasta $500 en multas, y/o
- Hasta 6 meses de cárcel
Tenga en cuenta que, a diferencia de la mayoría de los delitos menores, aquí la multa máxima es solo de $500 en lugar de $1,000.6
Reno
- Hasta $1,000 en multas, y/o
- Hasta 6 meses de cárcel
Como en otras ciudades, los jueces rara vez imponen la cárcel.7
Tirar basura:
Dado que las heces se consideran un material peligroso, las penalizaciones por no limpiar después de una evacuación intestinal pública pueden ser elevadas. Una primera infracción por tirar basura en un período de dos años es un delito menor que conlleva:
- Hasta 6 meses de cárcel y/o hasta $1,000 en multas, y
- 10 horas de servicio comunitario que incluye la limpieza del lugar de desecho.
Una segunda infracción por tirar basura en un período de dos años es un delito mayor que conlleva:
- Entre 14 días y 364 días de cárcel, y
- 10 horas de servicio comunitario que incluye la limpieza del lugar de desecho.
Una tercera infracción en un período de dos años también es un delito mayor que conlleva:
- 364 días de cárcel, y
- 10 horas de servicio comunitario que incluye la limpieza del lugar de desecho.
Tenga en cuenta que el juez también puede ordenar miles de dólares en multas civiles.
Exposición Indecente:
Cuando la micción en público se acusa como exposición indecente en Nevada, las penas pueden ser muy severas. Una primera ofensa es un delito menor grave. La sentencia incluye:
- hasta 364 días en la cárcel y/o hasta $2,000 en multas, y
- posible registro de delincuentes sexuales.
Una segunda o subsiguiente ofensa de exposición indecente es un delito grave de categoría D. La sentencia incluye:
- 1 a 4 años en la Prisión Estatal de Nevada y posiblemente hasta $5,000 en multas, y
- posible registro de delincuentes sexuales.
Tenga en cuenta que la exposición indecente generalmente se clasifica como un delito sexual de Nivel 1 (NRS 179D.113). Si está registrado como delincuente sexual de Nivel 1, no es buscable públicamente en la base de datos del registro de delincuentes sexuales.
Lectura adicional
Para obtener información más detallada, consulte los siguientes artículos académicos:
- El baño público desaparecido – Revista de Derecho de Seton Hall.
- Pánicos públicos: cuerpos problemáticos en el espacio social – Emotion, Space, & Society.
- Tecnología persuasiva contra la molestia pública – Micción en público en el distrito de vida nocturna urbana – Conferencia Internacional sobre Tecnología Persuasiva.
- Impactos de la salud y sociales de la defecación al aire libre en las mujeres: una revisión sistemática – BMC Public Health.
Referencias Legales:
- LVMC 10.40.040 – Orinar o defecar en ciertos lugares.
(A) A los efectos de esta Sección:
(1) “Instalación sanitaria adecuada” significa un urinario, inodoro, retrete u otra instalación que acomode o esté diseñada para la eliminación sanitaria de fluidos o desechos corporales humanos y que esté cerrada a la vista del público.
(2) “Lugar público” significa cualquier pasillo, calle, carretera, acera, puente, paso elevado, callejón o callejuela, plaza, parque, entrada de vehículos, instalación de transporte, parque, área recreativa, estacionamiento, lote vacante o no desarrollado o las escaleras, rincones, entradas y pasillos a dichos lugares.
(3) “Condición médica verificada” no incluye el alcoholismo o el consumo excesivo de alcohol.
(B) Cualquier persona que orine o defeque en, sobre o alrededor de cualquiera de los siguientes lugares, que no sea en una instalación sanitaria adecuada, es culpable de un delito menor:
(1) Cualquier lugar público;
(2) Cualquier propiedad privada a la que el público tenga acceso por servidumbre o licencia; o
(3) Cualquier propiedad privada sin el consentimiento del propietario.
(C) Es una defensa afirmativa a un delito descrito en la Subsección (B) de esta Sección que dicha persona sufría entonces de una condición médica verificada que necesitaba o causaba tal acción.
(D) Es ilegal para cualquier persona que haya orinado o defecado en, sobre o alrededor de cualquier lugar público, que no sea en una instalación sanitaria adecuada, no limpiar o remover el material depositado, o no desechar el material utilizado en el proceso de limpieza o remoción en un contenedor diseñado para tal fin, como se requiere en Título 9
- NRS 444.630.
- NRS 201.220.
- LVMC 10.42.110 – Violación – Penalización. (“Cualquier persona, empresa o corporación que viole cualquiera de las disposiciones de este Artículo será culpable de un delito menor y, tras ser condenado, será castigado con una multa de no menos de cien dólares ni más que la multa máxima permitida por ley para la comisión de un delito menor o con prisión en la Cárcel de la Ciudad por un máximo de seis meses, o cualquier combinación de dicha multa y prisión. Cada día de dicha violación constituirá una ofensa separada.”)
- HMC 8.60.130 – Prohibido orinar o defecar en público. (“Cualquier persona que defecar o orinar en cualquier lugar público será culpable de un delito menor. A. A los efectos de esta sección, un “lugar público” significa cualquier calle, callejón, acera, vía pública, escuela, instalaciones municipales, lote vacío, parques o propiedad privada que sea claramente visible desde cualquier lugar público, excepto mediante el uso adecuado de un baño u otra instalación adecuada para este propósito. B. Además de otras sanciones por este delito, el tribunal ordenará a la persona que pague una tarifa administrativa de $100.00 a la Ciudad de Henderson por cualquier costo de limpieza incurrido por la ciudad.”) HMC 8.60.160 – Sanción por violación. (“Una violación de cualquier disposición de este capítulo será un delito menor.”)
- NLVMC 9.08.020 – Es ilegal orinar o defecar en lugares no designados. (“Ninguna persona podrá orinar o defecar o exponerse con la intención de orinar o defecar en cualquier lugar público o en cualquier lugar abierto al público, excepto en aquellos lugares designados como baños públicos.”). NLVMC 9.12.040 – Violación – Sanción. (“Cualquier persona declarada culpable de cualquier violación dentro de este capítulo será culpable de un delito menor, castigado con una multa de no más de quinientos dólares ($500.00) y/o encarcelamiento en la cárcel de la ciudad, no más de seis meses, y cada día continuo de dicha violación constituirá una ofensa separada.”)
- RMC Sec. 8.12.018. – Prohibido orinar/defecar en público. (“(a) Ninguna persona podrá orinar o defecar en o sobre cualquier calle, acera, callejón, plaza, parque, playa, edificio público o instalación mantenida públicamente, o en cualquier lugar abierto al público o expuesto a la vista pública. Esta sección no se aplicará a orinar o defecar en cualquier baño u otra instalación diseñada para la eliminación sanitaria de desechos humanos. (b) Cualquier persona declarada culpable bajo esta sección será castigada por un delito menor.”)