Bajo CRS § 18-7-102, la promoción (o promoción mayorista) de obscenidad a un menor de edad en Colorado es un delito grave de clase 6. Si es declarado culpable, enfrentará de uno a 18 meses de prisión, de $1,000 a $100,000 en multas y el registro obligatorio como delincuente sexual.
Mientras tanto, la promoción de obscenidad a un adulto se procesa como un delito menor.
Esta tabla ilustra las sanciones por los diferentes delitos de obscenidad:
Delito de obscenidad en Colorado |
Castigo |
Promoción de obscenidad a un adulto | Delito menor de clase 2:
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Promoción de obscenidad a un menor | Delito grave de clase 6:
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Promoción mayorista de obscenidad a un adulto | Delito menor de clase 1:
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Promoción mayorista de obscenidad a un menor | Delito grave de clase 6:
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En este artículo, nuestros abogados defensores penales de Denver, Colorado responderán a las siguientes preguntas clave:
- 1. ¿Cuál es la definición legal de obscenidad?
- 2. ¿Cuándo es la obscenidad un delito en Colorado?
- 3. ¿Tengo que registrarme como delincuente sexual?
- 4. ¿Cómo puedo defender mi caso?
- 5. Lecturas adicionales
1. ¿Cuál es la definición legal de obscenidad?
Obsceno tiene una definición de tres partes en Colorado:
- Material que apela al interés lascivo en el sexo para la persona promedio, aplicando los estándares de la comunidad contemporánea;
- Material que representa o describe conductas sexuales de manera patente ofensiva; y
- Material que carece de un valor literario, artístico, político o científico serio.
Obscenidad puede tomar cualquier forma material o performativa, como:
- Revistas, libros, cartas o manuscritos,
- Video, películas, fotografía, audio, canciones o discursos,
- Teatro en vivo o grabado, o
- Palabras o gestos
2. ¿Cuándo es la obscenidad un delito en Colorado?
Existen cuatro delitos principales de obscenidad:
Promoción de obscenidad
Según la ley de Colorado, la promoción de obscenidad es saber:
- Promover – o poseer con la intención de promover – cualquier material obsceno; o
- Producir, presentar, dirigir o participar en una actuación obscena
Tenga en cuenta que la ley de Colorado presume que los acusados tienen la intención de promover la obscenidad si se encuentran en posesión de seis o más materiales obscenos idénticos.
Un delito menor de clase 2, la promoción de obscenidad conlleva hasta 120 días en la cárcel y/o hasta $750 en multas.2
Promoción de obscenidad a un menor
Bajo la ley de Colorado, la promoción de obscenidad a un menor se define como saber:
- Promover – o poseer con la intención de promover – cualquier material obsceno a un niño menor de 18 años; o
- Producir, presentar, dirigir o participar en una actuación obscena que involucre a un niño menor de 18 años
Un delito grave de clase 6, la promoción de obscenidad a un menor conlleva de 1 año a 18 meses en el Departamento de Correcciones de Colorado (Prisión) y/o de $1,000 a $100,000 en multas. Además, hay un año de libertad condicional obligatoria. Y los acusados condenados deben registrarse como delincuentes sexuales.3
Promoción mayorista de obscenidad
Bajo la ley de Colorado, la promoción mayorista de obscenidad es saber hacer, vender, poseer o distribuir materiales obscenos con el propósito de reventa.
Un delito menor de clase 1, la promoción mayorista de obscenidad conlleva hasta 364 días en la cárcel y/o hasta $1,000 en multas.4
Promoción mayorista de obscenidad a un menor
Bajo la ley de Colorado, la promoción mayorista de obscenidad a un menor es saber hacer, vender, poseer o distribuir materiales obscenos con el propósito de reventa a un menor.
Un delito grave de clase 6, la promoción mayorista de obscenidad a un menor conlleva de 1 año a 18 meses en prisión y/o de $1,000 a $100,000 en multas. Además, hay un año de libertad condicional obligatoria. Y los acusados condenados deben registrarse como delincuentes sexuales.5
3. ¿Tengo que registrarme como delincuente sexual?
Los acusados deben registrarse en el registro de delincuentes sexuales de Colorado si son condenados por cualquiera de los siguientes delitos:
- Promoción mayorista de obscenidad a un menor, o
- Promoción de obscenidad a un menor7
4. ¿Cómo puedo defenderme en el caso?
Tres posibles defensas a los cargos de obscenidad en Colorado incluyen:
- No tenía conocimiento. Un elemento necesario del delito de promoción de obscenidad es que el acusado sea consciente del contenido o carácter obsceno. Por lo tanto, una posible defensa es que el acusado realmente no se dio cuenta de que estaba distribuyendo o vendiendo materiales obscenos. Por ejemplo, una persona de entrega contratada para transportar una caja de materiales obscenos no comete ningún delito si no está al tanto de lo que hay en la caja.8
- El material no era obsceno. Las mentes razonables pueden estar en desacuerdo sobre si algo cumple con la definición legal de lenguaje o representaciones obscenas. A menos que los fiscales puedan demostrar que los materiales o actuaciones en cuestión califican como obscenos, los cargos penales deberían ser retirados.
- La policía cometió una conducta indebida. Si los agentes del orden encontraron los materiales obscenos a través de una búsqueda ilegal, los abogados defensores pueden pedir al tribunal de Colorado que los suprima como evidencia. Si el tribunal está de acuerdo, el Fiscal del Distrito puede quedarse con un caso demasiado débil para continuar procesando.
5. Lecturas adicionales
Para obtener información más detallada, consulte estos artículos académicos:
- Obscenidad y estándares comunitarios – Revista de Derecho Internacional de Yale.
- La ley de la obscenidad – o absurdo – Revista de Derecho de St. Thomas.
- Moral y la Constitución: El pecado de la obscenidad – Revista de Derecho de Columbia.
- La metafísica de la ley de la obscenidad – Revista de la Corte Suprema.
- Arte postmoderno y la muerte de la ley de la obscenidad – Revista de Derecho de Yale.
Referencias Legales
- Estatuto Revisado de Colorado 18-7-101. El lenguaje del estatuto es el siguiente:(1) (a) Excepto como se provee en la subsección (1.5) de esta sección, una persona comete promoción mayoritaria de obscenidad si, conociendo su contenido y carácter, dicha persona promueve mayoritariamente o posee con la intención de promover mayoritariamente cualquier material obsceno. (b) La promoción mayoritaria de obscenidad es un delito menor de clase 1. (1.5) (a) Una persona comete promoción mayoritaria de obscenidad a un menor si, conociendo su contenido y carácter, dicha persona promueve mayoritariamente a un menor o posee con la intención de promover mayoritariamente a un menor cualquier material obsceno. (b) La promoción mayoritaria de obscenidad a un menor es un delito mayor de clase 6. (2) (a) Excepto como se provee en la subsección (2.5) de esta sección, una persona comete promoción de obscenidad si, conociendo su contenido y carácter, dicha persona: (I) Promueve o posee con la intención de promover cualquier material obsceno; o(II) Produce, presenta o dirige una actuación obscena o participa en una parte de la misma que sea obscena o que contribuya a su obscenidad. (b) La promoción de obscenidad es un delito menor de clase 2. (2.5) (a) Una persona comete promoción de obscenidad a un menor si, conociendo su contenido y carácter, dicha persona:(I) Promueve a un menor o posee con la intención de promover a un menor cualquier material obsceno; o(II) Produce, presenta o dirige una actuación obscena que involucre a un menor o participa en una parte de la misma que sea obscena o que contribuya a su obscenidad. (b) La promoción de obscenidad a un menor es un delito mayor de clase 6. (3) Derogado. (4) Se presume que una persona que posee seis o más materiales obscenos idénticos los posee con la intención de promoverlos. (5) Esta sección no se aplica a una persona que posee o distribuye material obsceno o participa en conductas prohibidas por esta sección cuando la posesión, participación o conducta ocurre en el curso de actividades de aplicación de la ley.(6) Esta sección no se aplica a la conducta de una persona prohibida por esta sección que ocurre en su residencia siempre y cuando dicha persona no se dedique a la promoción mayoritaria o promoción de material obsceno en su residencia.
- CRS 18-7-102; CRS 18-7-101. Antes del 1 de marzo de 2022, los delitos menores de clase 2 conllevaban de 3 a 12 meses de cárcel y/o multas de $250 a $1,000. SB21-271.
- CRS 18-7-102; CRS 18-7-101. Véase también People v. Boles, (Colo.App. 2011) 280 P.3d 55.
- CRS 18-7-102; CRS 18-7-101. Antes del 1 de marzo de 2022, los delitos menores de clase 1 conllevaban de 6 a 18 meses de cárcel y/o multas de $500 a $5,000. SB21-271.
- CRS 18-7-102; CRS 18-7-101.
- CRS 18-7-102. Consulte nuestro artículo relacionado, Promoción de obscenidad a un menor en Colorado – ¿Cuál es la pena?
- CRS 16-22-102 subsecciones v y w.
- Consulte People v. Ford, (Tribunal Supremo de Colorado, 1989) 773 P.2d 1059.