Código Penal de California § 289 prohibe la penetración no consensual y forzada de una víctima con un objeto extraño. Una condena es un delito castigable con hasta 8 años de prisión estatal.
Penetración forzada se define generalmente como:
- penetrar la vagina o el ano de una persona,
- usar un objeto extraño,
- sin consentimiento, y
- mediante fuerza o amenazas de fuerza.
El lenguaje de la sección del código dice:
289. (a) (1) (A) Cualquier persona que cometa un acto de penetración sexual cuando el acto se lleve a cabo en contra de la voluntad de la víctima mediante la fuerza, la violencia, el coaccionar, la amenaza o el temor de un daño corporal inmediato e ilegal a la víctima o a otra persona será castigada con prisión en la cárcel estatal por tres, seis o ocho años.
También podría enfrentar cargos por:
- Cometer penetración sexual en una persona que es incapaz de consentir legalmente debido a un trastorno mental o una discapacidad física o de desarrollo;
- Cometer penetración sexual en una persona que está inconsciente de la naturaleza del acto; o
- Cometer penetración sexual en alguien que está demasiado intoxicado para resistir. 1 2 3
Ejemplos
Algunos ejemplos de escenarios que podrían llevar a cargos en California incluyen:
- Un hombre usa fuerza física para someter a una mujer y luego introduce su dedo en su vagina;
- Varios miembros de una fraternidad universitaria usan una botella de cerveza para penetrar la vagina de una mujer que está inconsciente por estar borracha en su casa de la fraternidad; y
- Un hombre armado con un cuchillo amenaza con apuñalar a una mujer a menos que ella use un dildo para penetrar el ano de otro hombre.
Penas
PC 289 actos forzados de penetración sexual es un delito en la ley de California.
En la mayoría de los casos, conlleva una potencial sentencia de prisión estatal de California de
- tres (3),
- seis (6) o
- ocho (8) años, y/o
- una multa de hasta diez mil dólares ($10,000).4
En la mayoría de los casos, una condena bajo esta sección también lo hará sujeto al requisito de registro de delincuentes sexuales de por vida de California como un delincuente de nivel tres. (El juez tiene discreción para no exigir el registro en los casos PC 289 (h) o (i) cuando el niño tenía al menos 14 años y dentro de los 10 años de edad del acusado.)5
Esto significa que si se te condena bajo esta sección como un infractor de tres niveles, debes registrarte con el estado al menos cada año por el resto de tu vida, o enfrentar cargos adicionales por incumplimiento de registro como delincuente sexual.6
Defensas legales
Al igual que con muchos delitos sexuales, esta sección se acusa con frecuencia de forma injusta, a menudo como resultado de falsas acusaciones por alguien que te conoce.
Si esto le sucede a usted o a alguien que ama, le recomendamos que contrate a nuestros experimentados abogados de defensa de delitos sexuales de California. Podemos ayudarlo a usar ciertas defensas legales comunes para luchar contra los cargos, posiblemente incluyendo:
- El supuesto “víctima” realmente consintió,
- Usted creía razonablemente que el “víctima” había consentido, o
- Las acusaciones son falsas.
Para ayudarlo a comprender mejor la ley, nuestros abogados de defensa penal de California abordarán lo siguiente:
- 1. ¿Cuál es la definición de penetración sexual forzada con un objeto extraño?
- 2. ¿Cuáles son las penas bajo el Código Penal 289?
- 3. ¿Cómo puedo luchar contra estos cargos en la corte?
- 4. Delitos relacionados
- Recursos adicionales
Si, después de leer este artículo, desea obtener más información, lo invitamos a que se comunique con nosotros en Shouse Law Group.
1. ¿Cuál es la definición de penetración sexual forzada con un objeto extraño?
Hay varias definiciones legales distintas de penetración sexual forzada con un objeto extraño, dependiendo del subapartado de PC 289 bajo el cual se le acusa.
1.1. Por fuerza o temor
La definición legal básica de penetración sexual por fuerza o temor tiene los siguientes “elementos del delito“:
- Usted cometió un acto de penetración sexual con otra persona;
- Esa penetración se logró usando un objeto extraño, sustancia, instrumento o dispositivo, o un objeto desconocido;
- La otra persona no consintió la penetración; y
- Lograste la penetración a través de la fuerza, la violencia, la coacción, la amenaza, el miedo a una lesión corporal inmediata e ilegal, o amenazas futuras de daño corporal.7
Vamos a echar un mejor vistazo a algunos de estos elementos para tener una idea más clara de su significado.
Penetración sexual con un objeto extraño
La penetración sexual se define en la ley de California como cualquiera de los siguientes, cuando se hace con el propósito de abuso sexual, excitación o satisfacción:
- Cualquier penetración, por leve que sea, de la abertura genital o anal de la víctima;
- Hacer que la víctima penetre, por leve que sea, la abertura genital o anal de usted o de una tercera persona; o
- Hacer que la víctima penetre, por leve que sea, su propia abertura genital o anal.8
“Con un objeto extraño” puede significar prácticamente cualquier objeto, incluyendo una parte del cuerpo distinta a un órgano sexual.9 (La penetración con un órgano sexual es el coito y, cuando se hace sin consentimiento, dará lugar a cargos por violación según el Código Penal 261.)
Si la persona que se está penetrando es femenina, entonces la penetración sexual puede ocurrir incluso si su vagina real no se penetra. La penetración de las “labia majora” (labios exteriores de los genitales femeninos) es suficiente.10
Ejemplo: Mientras mira la televisión con su sobrina de cinco años, Joanne mete su mano en el pantalón de la niña e inserta sus dedos en las labias de la niña (pero no en su vagina realmente).
Joanne ha cometido penetración sexual por fuerza o temor.11
Tenga en cuenta que la definición legal del delito se cumple cuando está actuando con fines de excitación o satisfacción sexual, O con fines de abuso sexual. “Abuso sexual” significa penetración con el propósito de causar dolor, lesión o incomodidad.12
Falta de consentimiento
Para consentir a la penetración sexual, una persona debe:
- actuar libre y voluntariamente,13 y
- entender la naturaleza de su acto.14
Los siguientes hechos, por sí solos, no serán suficientes para demostrar que la presunta víctima realmente consintió la penetración sexual:
- Tú y la víctima estaban saliendo o habían salido,
- Tú y la víctima estaban o habían estado casados, o
- La víctima solicitó que usaras un condón.15
Penetración forzada
Para ser culpable de esta forma de penetración sexual forzada, debe haber logrado la penetración a través de lo siguiente:
- Fuerza – lo que significa solo la cantidad suficiente de fuerza física para vencer la voluntad de la otra persona;
- Violencia;
- Coacción – lo que significa una amenaza directa o implícita de fuerza, violencia, peligro, dificultad o retribución que haría que una persona razonable haga algo que de otro modo no haría;
- Amenaza – lo que significa una amenaza, declaración o acto que muestre una intención de lastimar a alguien;
- Una amenaza de lesión corporal inmediata e ilegal; y/o
- Una amenaza de represalia si la víctima no se somete – mediante secuestro, restricción o confinamiento ilegal, o infligiendo dolor extremo, lesión corporal grave o muerte a la víctima o a un tercero.16
1.2. De una persona discapacitada
También puede ser culpable de penetración sexual forzada bajo el Código Penal 289 si no utiliza fuerza, coacción, etc.
Por ejemplo, usted es culpable de este delito si:
- Realiza un acto de penetración sexual con alguien que tiene un trastorno mental o discapacidad de desarrollo o física que les impide entender la naturaleza y las posibles consecuencias del acto, y
- Sabe o razonablemente debería saber que el trastorno o discapacidad de la otra persona les impediría legalmente consentir.17
1.3. De una persona inconsciente
También puede ser condenado si:
- Realiza una penetración sexual con un objeto extraño con alguien que es inconsciente de la naturaleza del acto, y
- Sabe que ellos son incapaces de resistir por esta razón.18
La “víctima” no tiene que estar literalmente inconsciente para que esta sección de la ley sea aplicable. “Inconsciente de la naturaleza del acto” puede significar que:
- Están inconscientes o dormidos,
- Son desconocedores de que el acto está ocurriendo, O
- No están conscientes de las características esenciales del acto porque usted los engañó, mintió o ocultó información de ellos.19
1.4. De una persona intoxicada
Finalmente, puede ser culpable bajo el Código Penal 289 si comete un acto de penetración sexual con un objeto extraño, y ambas de las siguientes son ciertas:
- La otra persona es incapaz de resistir porque han consumido drogas, alcohol u otra sustancia intoxicante; y
- Usted sabía o razonablemente debería haber sabido que no podían consentir por esta razón.20
Pero para los propósitos de esta estatuta, se considera que una persona está demasiado intoxicada para consentir si no son capaces de entender y evaluar:
- La naturaleza física y moral de la penetración sexual, y/o
- Sus posibles consecuencias.21
2. ¿Cuáles son las penas bajo el 289 PC?
La penetración sexual forzada con un objeto extraño según el Código Penal 289 es un delito de California.22
Las posibles penas incluyen:
- Probación de delito (formal) (a partir de 2017, esto solo estará disponible en los casos de penetración sexual de una persona discapacitada, no en los casos de penetración por fuerza o temor, o de una persona inconsciente o intoxicada);
- Tres (3), seis (6) o ocho (8) años en la cárcel estatal de California; y/o
- Una multa de hasta diez mil dólares ($10,000).23
2.1. Penetración sexual forzada de un menor
Si la presunta víctima de la penetración sexual forzada con un objeto extraño es un menor (es decir, menor de 18 años cuando se cometió el delito), la posible sentencia de prisión aumenta a:
- Seis (6), ocho (8) o diez (10) años de prisión si tienen 14 años o más; o
- Ocho (8), diez (10) o doce (12) años de prisión si tienen menos de 14.24
2.2. Requisito de registro de delincuente sexual
Si se le condena bajo el Código Penal 289 PC, también estará sujeto al requisito de registro de delincuentes sexuales de California.25 Si se registra como nivel uno, dos o tres depende de los hechos de su caso:
Nivel de delincuente sexual |
Caso PC 289 |
Nivel uno (debe registrarse por lo menos 10 años) | Casos de delito menor y algunos delitos mayores, específicamente, los subapartados c, f, g, h e i del PC 289
El juez no está obligado a imponer requisitos de registro en los casos de PC 289 (h) e (i) cuando
|
Segundo nivel (debes registrarte durante 20 años) | Delitos cuando
|
Tercer nivel (debes registrarte por la vida) |
|
3. ¿Cómo puedo defenderme de estos cargos en la corte?
Aquí en Shouse Law Group, hemos representado literalmente a miles de personas acusadas de delitos sexuales como penetración forzada con un objeto extraño. En nuestra experiencia, las siguientes tres defensas han demostrado ser muy efectivas con los fiscales, jueces y jurados.
3.1. La supuesta “víctima” realmente consintió
En muchos de los casos de Código Penal 289 que hemos visto, hay mucha ambigüedad sobre si la supuesta “víctima” realmente consintió. Por lo tanto, la falta de consentimiento puede ser muy difícil de demostrar más allá de toda duda razonable ya que los casos a menudo se reducen a las acusaciones enfrentadas “él dijo / ella dijo”.27
Siempre miramos los mensajes de texto y mensajes de voz de la acusadora desde el momento del presunto asalto. Si indican que no había nada malo o que realmente sí consintieron, el fiscal puede tener que desestimar la acusación por falta de pruebas.28
3.2. Creíste razonablemente que había consentimiento
Muchos miembros del jurado pueden relacionarse con una situación en la que hay ambigüedad sobre el consentimiento de una pareja sexual a un acto sexual en particular. Por lo tanto, que realmente y razonablemente creíste que tu pareja consintió es una de nuestras defensas más poderosas para los cargos de penetración sexual forzada.29
Similar a la defensa anterior, normalmente miramos tus intercambios de mensajes de texto y DM para mostrar el estado de ánimo de cada parte. Siempre y cuando una persona razonable en tu situación hubiera creído que había consentimiento, entonces el fiscal debería desestimar el caso.
3.3. Fuiste acusado falsamente
Vemos casos todo el tiempo en los que un acusador formula acusaciones falsas de penetración sexual por fuerza o temor porque se sienten enojados, vengativos o arrepentidos. En muchos casos, el acusador es una pareja sexual actual o anterior, pero también puede ser un miembro de la familia o un amigo que tiene un rencor contra ti.
La mejor forma de luchar contra las acusaciones falsas es confiar en los alibis, las grabaciones de video de vigilancia y otras pruebas físicas para demostrar que simplemente no pudo haber cometido este crimen. Una vez que los fiscales vean que su caso es demasiado débil para continuar, pueden acordar dejarlo caer.
4. Delitos relacionados
4.1. Código Penal 287 copulación oral por la fuerza o el miedo
El Código Penal 287 copulación oral por la fuerza o el miedo es casi idéntico al Código Penal 289, excepto que el acto sexual criminal es sexo oral, no penetración sexual.30
La copulación oral por la fuerza o el miedo también es un delito de California. La pena de prisión potencial es la misma que para la penetración sexual forzada: 3, 6 o 8 años en la mayoría de los casos, pero hasta 12 años si la víctima es menor de edad.31
4.2. Código Penal 261 violación
El Código Penal 261 PC violación se define como relaciones sexuales no consentidas logradas por medio de
- amenazas,
- fuerza, o
- fraude.32
La violación en California suele ser un delito con una posible sentencia de prisión estatal de tres (3), seis (6) o ocho (8) años.33
4.3. Código Penal 243.4 agresión sexual
El Código Penal 243.4 PC agresión sexual/agresión sexual es el tocar los órganos íntimos de otra persona sin su consentimiento, con el fin de
- gratificación sexual,
- excitación o
- abuso.34
La agresión sexual es un delito en la ley de California, lo que significa que puede ser acusado como un delito menor o un delito. En la mayoría de los casos, la sentencia de prisión por delito máxima es de cuatro (4) años.35
Dependiendo de las circunstancias de su caso, es posible que pueda reducir sus cargos de penetración forzada con un objeto extranjero a cargos de agresión sexual, que conllevan una pena más leve.
Recursos adicionales
Para obtener información adicional sobre las leyes de agresión sexual de California y ayuda para las víctimas, consulte lo siguiente:
- Recursos sobre violencia sexual – Lista de organismos gubernamentales y otras organizaciones que proporcionan información y apoyo.
- Coalición de California contra el abuso sexual (CALCASA) – Grupo líder de defensa estatal que apoya a las víctimas y la prevención. Recurso clave para la educación.
- Programa de compensación para víctimas de California – Proporciona asistencia financiera a las víctimas de delitos violentos, incluida la agresión sexual. Programa estatal.
- RAINN – Línea nacional de asalto sexual que ofrece apoyo gratuito y confidencial para sobrevivientes las 24 horas del día.
- Centro de recursos para víctimas de delitos – Proporciona información, asistencia y referencias para víctimas de todo tipo de delitos en California.
Referencias legales:
- Código Penal 289 PC – Penetración sexual forzada con un objeto extraño. (“(a) (1) (A) Cualquier persona que cometa un acto de penetración sexual cuando el acto se realice en contra de la voluntad de la víctima mediante la fuerza, la violencia, el coaccionamiento, la amenaza o el miedo a una lesión corporal inmediata e ilegal en la víctima u otra persona será castigada con prisión en la cárcel estatal por tres, seis o ocho años. (B) Cualquier persona que cometa un acto de penetración sexual sobre un niño menor de 14 años, cuando el acto se realice en contra de la voluntad de la víctima mediante la fuerza, la violencia, el coaccionamiento, la amenaza o el miedo a una lesión corporal inmediata e ilegal en la víctima u otra persona, será castigada con prisión en la cárcel estatal por 8, 10 o 12 años. (C) Cualquier persona que cometa un acto de penetración sexual sobre un menor de 14 años o más, cuando el acto se realice en contra de la voluntad de la víctima mediante la fuerza, la violencia, el coaccionamiento, la amenaza o el miedo a una lesión corporal inmediata e ilegal en la víctima u otra persona, será castigada con prisión en la cárcel estatal por 6, 8 o 10 años. (D) Este párrafo no excluye la acusación bajo la Sección 269, la Sección 288.7 u otra disposición de la ley. (2) Cualquier persona que cometa un acto de penetración sexual cuando el acto se realice en contra de la voluntad de la víctima amenazando con represalias en el futuro contra la víctima u otra persona, y existe una posibilidad razonable de que el perpetrador ejecute la amenaza, será castigado con prisión en la cárcel estatal por tres, seis o ocho años. . . . (k) Como se usa en esta sección: (1) “Penetración sexual” es el acto de causar la penetración, por mínima que sea, de la abertura genital o anal de cualquier persona o hacer que otra persona penetre la abertura genital o anal del demandado o de otra persona con el fin de excitación sexual, satisfacción o abuso por cualquier objeto extraño, sustancia, instrumento o dispositivo, o por cualquier objeto desconocido. (2) “Objeto extraño, sustancia, instrumento o dispositivo” incluirá cualquier parte del cuerpo, excepto un órgano sexual. (3) “Objeto desconocido” incluirá cualquier objeto extraño, sustancia, instrumento o dispositivo, o cualquier parte del cuerpo, incluido un pene, cuando no se conoce si la penetración fue por un pene o por un objeto extraño, sustancia, instrumento o dispositivo, o por cualquier otra parte del cuerpo. (l) Como se usa en la subdivisión (a), “amenazar con represalias” significa una amenaza de secuestro o encarcelamiento falso, o infligir dolor extremo, lesión corporal grave o muerte. (m) Como se usa en esta sección, “víctima” incluye cualquier persona a la que el demandado cause que penetre la abertura genital o anal del demandado o de otra persona o cuyo orificio genital o anal sea causado para ser penetrado por el demandado o por otra persona y que de otro modo califique como víctima de acuerdo con los requisitos de esta sección. ”). Véase también People v. Ngo (Cal. App. 6th Dist. 2014), 225 Cal. App. 4th 126; In re K.C. (Cal. App. 2d Dist. 2023) 87 Cal. App. 5th 921.