Código Penal de California § 487(d)(2) PC define el delito grave de robo mayor de un arma de fuego (GTF) como el robo de un arma de fuego cuando el valor del arma es de más de $950 o tienes una condena previa por un delito grave.
De lo contrario, el robo de un arma de fuego se considera como robo menor (PC 484), que es un delito menor. Antes de la aprobación de la iniciativa de votantes Proposición 47 en noviembre de 2014, cualquier robo de un arma de fuego se consideraba como “robo mayor” en California.
Ejemplos
Aquí hay algunos ejemplos de acusados que podrían ser acusados de robo agravado de armas de fuego en California:
- Un hombre irrumpe en una armería y roba armas de fuego con un valor total de varios miles de dólares;
- Una mujer engaña a su vecino para que le “preste” su valiosa arma antigua para exhibirla en una feria de antigüedades y luego nunca la devuelve; y
- Un hombre que está obligado a registrarse como delincuente sexual (porque una vez fue condenado por copulación oral con un menor) irrumpe en una casa y roba una vieja pistola que no vale más de unos cientos de dólares.
En este artículo, nuestros abogados defensores de delitos de robo en California explican lo siguiente:
1. ¿Es el GTF un delito grave?
Una de las dos cosas siguientes debe ser cierta para que el robo de un arma sea considerado robo agravado de armas de fuego – un delito grave – según el Código Penal 487(d)(2) de California.
- El valor total de las armas que se alega que se robaron es de más de $950; O
- Tienes una condena previa por cualquiera de los siguientes delitos:
-
- Un “delito sexual violento”, que significa delitos sexuales cometidos por la fuerza, la violencia, la coacción, la amenaza, el miedo a lesiones corporales inmediatas e ilegales, o las amenazas de represalias;
- Copulación oral con un menor de 14 años que sea más de 10 años menor que tú;
- Sodomía con un menor de 14 años que es más de 10 años menor que tú;
- Violación estatutaria de un menor de 14 años que es más de 10 años menor que tú;
- Actos lascivos con un niño menor de 14 años;
- Asesinato o intento de asesinato;
- Homicidio vehicular grave bajo la influencia de alcohol o drogas;
- Agresión con una ametralladora a un oficial de paz o bombero;
- Posesión de un arma de destrucción masiva;
- Cualquier delito grave y/o violento castigado en California con cadena perpetua o pena de muerte; y
- Cualquier delito sexual (que no esté incluido en los mencionados anteriormente) que requiera que te registres como delincuente sexual bajo la Ley de Registro de Delincuentes Sexuales de California.1
Enfrentas cargos de GTF independientemente de si supuestamente robas el arma por:
- robo (tomar físicamente),
- falsas pretensiones o “engaño” (fraude), o
- desfalco.2
2. Penas
El robo agravado de armas de fuego es un delito grave en California. Las posibles penas son:
- Libertad condicional (formal) por delito grave;
- 16 meses, 2 años o 3 años en prisión estatal de California; y/o
- Una multa de hasta $10,000.3
El robo agravado de armas de fuego también se considera un “delito grave grave” bajo la ley de “Tres huelgas” de California.
Por lo tanto, si tiene una condena por robo agravado de armas de fuego en su registro y posteriormente es acusado de cualquier delito grave en California, enfrentará una sentencia doble a la pena normal por esa segunda ofensa.21 Mientras tanto, una tercera condena por “tres huelgas” conllevaría una sentencia de 25 años a cadena perpetua en prisión estatal.4
3. Defensas
Como delito grave y delito “grave”, el robo agravado de armas de fuego PC 487(d)(2) es una terrible condena para tener en su registro.
Sin embargo, en nuestra experiencia, las siguientes cuatro defensas han demostrado ser muy efectivas con los fiscales, jueces y jurados de California para lograr que se desestimen estos cargos.
- No tuviste la intención de robar. Por ejemplo, tal vez estabas revisando un arma en una tienda de artículos deportivos o en una feria de armas y accidentalmente te la llevaste. O tal vez estabas entregando armas para un empleador y accidentalmente te fuiste a casa con armas por un valor de más de $950 en tu auto. De cualquier manera, no tenías intención y no eres culpable de GTF.
- El arma te pertenecía y creías que era así. Esta defensa de “reclamo de derecho” se aplica no solo cuando el arma realmente te pertenecía. También se aplica cuando tenías una buena fe de que te pertenecía, incluso si estabas equivocado.5
- El valor del arma era de $950 o menos. Tal vez el artículo robado sea una antigüedad cuyo valor es incierto. O tal vez los fiscales argumenten que el valor de un arma usada es el precio que alcanzaría si fuera nueva. A veces, los fiscales y/o la policía se comportan de manera poco ética y “redondean” el valor de un artículo supuestamente robado para poder obtener una condena por gran robo.
- Te acusaron falsamente. No es raro que las personas sean falsamente acusadas de gran robo de armas, y de muchos otros delitos de robo. A menudo, el acusador es un amigo, familiar, ex pareja, colega de negocios, etc., que está motivado por resentimiento o venganza. En estas situaciones, entrevistamos estratégicamente a testigos y recopilamos pruebas físicas para asegurarnos de que la verdad salga a la luz.
4. Delitos relacionados
- Robo – Código Penal de California 459 PC
- Delito grave con un arma de fuego – Código Penal de California 29800 PC
- Hurto menor – Código Penal de California 488 PC
Lecturas adicionales
Para obtener información más detallada, consulta estos artículos académicos:
- Datos de rastreo de armas de la BATF y el papel del tráfico de armas organizado en el suministro de armas a delincuentes – Revista de Derecho Público de la Universidad de St. Louis.
- Robo de armas y delincuencia – Revista de Salud Urbana.
- Regulación de los mercados de armas – Revista de Derecho Penal y Criminología.
- Prevención de la desviación de armas a criminales a través de leyes efectivas de venta de armas de fuego – Reducir la violencia armada en Estados Unidos: Informar políticas con evidencia y análisis.
- Fuentes de armas para personas peligrosas: Lo que aprendemos al preguntarles – Medicina preventiva.
Referencias legales:
- Código Penal 487 PC. Código Penal 489 PC
- Instrucción Judicial del Consejo de California para Jurados en Casos Penales (“CALCRIM”) 1800 – Robo [incluyendo robo mayor de un arma de fuego] por hurto (Código Penal, § 484).
Se acusa al acusado [en el cargo ] de robo [mayor/menor] [por hurto] [en violación del Código Penal sección 484]. Para probar que el acusado es culpable de este delito, la Fiscalía debe probar que:
1 El acusado tomó posesión de una propiedad perteneciente a otra persona;
2 El acusado tomó la propiedad sin el consentimiento del propietario [o del agente del propietario];
3 Cuando el acusado tomó la propiedad, (él/ella) tuvo la intención (de privar al propietario de ella permanentemente/ [o] de sacarla de la posesión del propietario [o del agente del propietario] por un período de tiempo tan prolongado que el propietario se vería privado de una gran parte del valor o disfrute de la propiedad); Y
4 El acusado movió la propiedad, aunque fuera una pequeña distancia, y la mantuvo por cualquier período de tiempo, por breve que fuera. [Un agente es alguien a quien el propietario ha dado autoridad y control completo o parcial sobre la propiedad del propietario.] [Para el hurto menor, la propiedad tomada puede tener cualquier valor, por pequeño que sea.]Instrucción Judicial del Consejo de California para Jurados en Casos Penales CALCRIM 1804 – Robo por Falsas Afirmaciones (Código Penal, § 484).Para probar que el acusado es culpable de este delito, la Fiscalía debe probar que:
1. El acusado engañó consciente e intencionalmente a un propietario [o al agente del propietario] mediante una representación o afirmación falsa o fraudulenta;
2. El acusado lo hizo con la intención de persuadir al propietario [o al agente del propietario] para que permitiera al acusado [o a otra persona] tomar posesión y propiedad de la propiedad;
Y
3. El propietario [o el agente del propietario] permitió al acusado [o a otra persona] tomar posesión y propiedad de la propiedad porque el propietario [o el agente del propietario] confió en la representación o afirmación.Bajo la ley de California, se hace una afirmación falsa si: 1) Se tiene la intención de engañar a otra persona; Y 2) Se hace una de las siguientes cosas: Decir algo que se sabe que es falso; Afirmar imprudentemente que algo es verdadero cuando no se tiene ninguna razón para creerlo; No proporcionar información que se tiene la obligación de proporcionar; O Hacer una promesa que no se tiene la intención de cumplir. Instrucción Judicial del Consejo de California para Jurados en Casos Penales CALCRIM 1805 – Robo por Engaño (Código Penal, § 484).Para probar que el acusado es culpable de este delito, la Fiscalía debe probar que:
1. El acusado obtuvo una propiedad que (él/ella) sabía que pertenecía a otra persona;
2. El propietario [o el agente del propietario] consintió en que el acusado tuviera posesión de la propiedad porque el acusado usó fraude o engaño;- Código Penal 489 PC.
- Código Penal 1192.7 PC. Código Penal 667(e)(1) PC.
- People v. Tufunga (1999) 21 Cal.4th 935. (“La defensa de reclamo de derecho [a cargos de robo mayor de armas de fuego] establece que la creencia de buena fe del acusado, aunque sea equivocada, de que tiene un derecho o reclamo sobre la propiedad que toma de otro, niega la intención feloniosa necesaria para la condena por robo o hurto. En la ley común, un reclamo de derecho fue reconocido como una defensa al hurto porque se consideraba que negaba el animus furandi, o intención de robar, de ese delito.”)