En un caso de lesiones personales, un gravamen médico es cuando un proveedor de atención médica brinda tratamiento a un precio con descuento o sin cobrar por adelantado, pero luego tiene derecho a ser pagado por las facturas médicas directamente del acuerdo o juicio. Esto le permite recibir servicios médicos “a crédito” para ser reembolsado una vez que se resuelva el caso.
El siguiente diagrama ilustra los pasos para obtener un gravamen médico después de un accidente.
Para ayudarlo a comprender mejor cuándo debe usar un gravamen médico en un caso de lesiones o accidentes en California, nuestros abogados de lesiones personales de California discuten a continuación:
- Encontrar un médico en base a un gravamen
- Cómo funcionan los gravámenes médicos
- ¿Son negociables los gravámenes?
- Cuándo obtener un gravamen
- ¿Qué sucede si pierdo mi caso?
- Estatuto de Limitaciones
- Papel de los abogados
- En resumen
- Lectura adicional
Encontrar un médico en base a un gravamen
La mayoría de los proveedores que trabajan en base a un gravamen solo lo harán si creen que el caso es ganable. Dado que el proveedor es un experto en medicina, no en derecho, ayuda tener una referencia de un abogado en quien el proveedor confíe.
El abogado puede tranquilizar al proveedor de que su lesión fue el resultado de la acción de otra persona:
- responsabilidad estricta,
- negligencia,
- negligencia grave,
- imprudencia o
- acto intencionalmente ilícito.1
Cómo funcionan los gravámenes médicos
Después de que un médico u otro proveedor médico acepte tratarlo con un gravamen para gastos médicos, el proveedor le hará firmar un acuerdo de gravamen.
El acuerdo de gravamen es un contrato legalmente vinculante. Una vez que se haya firmado el contrato, el médico “perfeccionará” el gravamen enviando un aviso a:
- el asegurador responsable y
- otras partes interesadas.
Perfeccionar el gravamen permite que la otra parte o su asegurador pague al médico directamente de un premio judicial o de un acuerdo extrajudicial antes de que usted reciba el dinero del acuerdo.2
Gravámenes médicos estatutarios
Según la ley de California, los hospitales pueden colocar “gravámenes médicos estatutarios” contra las partes responsables para que usted pueda recibir servicios de atención de emergencia.
Para que los hospitales puedan colocar gravámenes médicos estatutarios, deben dar aviso por escrito de los cargos a la parte culpable. Una vez que reciba compensación por sus gastos médicos, el hospital tiene un año para recuperar sus costos.
Medi-Cal
Cuando Medi-Cal (el programa de Medicaid de California) coloca gravámenes estatutarios, recibirá una parte de su sentencia o acuerdo final. El Departamento de Servicios de Salud de California (DHCS) incluso puede:
- demandar a las partes culpables en su nombre,
- intervenir en su demanda contra el acusado, y
- hacer valer su gravamen en su recuperación monetaria.3
Obtenga más información sobre el Programa de Lesiones Personales del DHCS.
¿Son negociables los gravámenes?
Sí, los acuerdos de gravámenes con médicos y otros proveedores de atención médica son negociables en California.2 Por ejemplo, puede negociar:
- el método de pago,
- cómo calcular el pago según su acuerdo o sentencia,
- qué sucede si no obtiene un acuerdo o sentencia, y
- cómo resolver desacuerdos.
Si el acuerdo es particularmente desfavorable y el proveedor no lo cambia, puede valer la pena su tiempo y esfuerzo encontrar otro proveedor.4
¿Cuándo obtener un gravamen?
Como regla general bajo la ley estatal, solo debe usar un gravamen médico:
- cuando no hay otra forma de obtener tratamiento o
- cuando no tiene seguro o no puede pagar sus deducibles y copagos.
Una ventaja del seguro médico es que los proveedores de la red no pueden cobrarle más de lo que los proveedores han acordado en su contrato con el asegurador. Si tiene un plan favorable, estos pagos prenegociados a menudo serán más bajos que las cantidades que debería bajo un gravamen.
¿Qué sucede si pierdo mi caso?
Usted es responsable por el resto si acepta un gravamen y luego pierde el caso o no recupera lo suficiente para pagar sus facturas médicas.5 Sin embargo, un abogado experimentado en lesiones en California a menudo puede negociar una reducción del monto del gravamen en su nombre.
La mayoría de los profesionales médicos preferirían llegar a un plan de pago en lugar de tener que llevarlo a la corte o al arbitraje. A menudo podemos negociar una reducción para que el médico esté contento, pero aún así tenga algo para usted.
Estatuto de Limitaciones
El estatuto de limitaciones para hacer valer un gravamen médico en California es de cuatro años.6 Sin embargo, muchos acuerdos de gravamen especifican que usted está reteniendo cualquier dinero de acuerdo en fideicomiso para el proveedor médico si no paga: En estos casos, no hay estatuto de limitaciones y puede ser demandado en cualquier momento.
En casos de gravámenes estatutarios, los hospitales tienen solo un año para buscar el pago.7 Mientras tanto, Medi-Cal tiene tres años para demandar a la tercera parte culpable.8
Papel de los Abogados
Los acuerdos de gravamen estándar están redactados para favorecer al médico o proveedor, a veces de manera significativa. Tener un abogado que negocie, o incluso mejor, redacte el acuerdo de gravamen puede resultar en términos mucho más favorables.
Por ejemplo, un abogado puede ser capaz de negociar un descuento en caso de:
- que pierda el caso o
- que el acuerdo no sea suficiente para cubrir las facturas médicas.
Tenga en cuenta que típicamente solo tiene dos años después de su accidente para presentar una demanda por lesiones personales, así que asegúrese de contactar a un abogado lo antes posible.9
En resumen
Aquí hay cinco cosas que debe saber sobre los gravámenes médicos en casos de lesiones personales en California:
- Los proveedores típicamente otorgan un gravamen médico cuando ha estado en un accidente y no tiene seguro de salud o no puede pagar el cuidado médico de otra manera.
- Dado que los casos de lesiones personales no siempre tienen éxito, no todos los médicos, quiroprácticos y terapeutas están dispuestos a trabajar en una “base de gravamen” en California.
- Los acuerdos de gravamen son contratos vinculantes negociables, y debe hacer que un abogado revise el gravamen antes de firmarlo.
- Los gravámenes médicos deben evitarse a menos que no tenga otra forma de obtener atención médica.
- Si pierde su caso o no recupera suficiente dinero para pagar al médico, el médico puede ejercer el gravamen en su contra.
Lecturas adicionales
Para obtener información más detallada, consulte estos artículos académicos:
- Un conflicto común: la doctrina del fondo común y los gravámenes de proveedores médicos en acuerdos de indemnización por daños – Revista de Derecho de la Universidad de Boston.
- Legalidad y ética del uso de gravámenes en medicina – Medicina de Missouri.
- Aprovechándose del dolor: un análisis legal y bioético de cómo los hospitales obtienen ganancias al colocar gravámenes hospitalarios en las recuperaciones de accidentes de los pacientes de Medicaid – Universidad de Wake Forest.
- Gravámenes de atención médica y la doctrina del fondo común: la necesidad de acción legislativa para evitar el desplazamiento de honorarios a expensas de los proveedores de atención médica – Revista de Derecho de Iowa.
- “Desonesto y algo deplorable”: un vistazo al uso de los hospitales de gravámenes de proveedores de atención médica para obtener una ganancia inesperada – Revista de Derecho de la Universidad Estatal de Florida.
Referencias legales:
- Sección 3040 del Código de Procedimiento Civil de California. Véase, por ejemplo, Moore v. Mercer (Tribunal de Apelaciones de California, Tercer Distrito de Apelaciones, 2016) 4 Cal. App. 5th 424.
- Véase lo mismo.
- Véase Sección 3045.3 del Código Civil de California; también véase County of San Bernardino v. Calderon (2007) 148 Cal.App.4th 1103; Kizer v. Ortiz (Tribunal de Apelaciones de California, Segundo Distrito de Apelaciones, División Cuatro, 1990) 219 Cal. App. 3d 1055. Cuando Medicare se utiliza para pagar servicios médicos, el gobierno automáticamente tiene un gravamen para el reembolso de los fondos de un juicio por lesiones personales o un acuerdo extrajudicial. 42 U.S.C. 1395y(b)(2).
- Véase nota 1.
- Lo mismo.
- Sección 337 del Código de Procedimiento Civil de California.
- Sección 3045.5 del Código de Procedimiento Civil de California.
- Sección 338 del Código de Procedimiento Civil de California.
- Sección 335.1 del Código de Procedimiento Civil de California.