CRS § 16-3-201 es la ley de Colorado que te permite hacer un arresto ciudadano, pero solo si presencias el crimen en el momento en que ocurre. Hacer un arresto ciudadano ilegal podría resultar en cargos criminales por
- asalto agravado,
- detención ilegal o
- incluso secuestro.
Los arrestos ciudadanos son en gran parte un vestigio del viejo Oeste salvaje cuando era responsabilidad de los civiles comunes hacer cumplir la ley, pero todavía ocurren.
La ley en CRS 16-3-201 establece que:
“Una persona que no es un oficial de policía puede arrestar a otra persona cuando cualquier crimen ha sido o está siendo cometido por la persona arrestada en presencia de la persona que realiza el arresto.”
Ejemplos
- Jim ve a Jerry agarrar el bolso de una anciana. Jim derriba a Jerry y lo tira al suelo. Este es un arresto legal porque Jim presenció el robo.
- Frank ve una conmoción en una tienda. Alguien dice que un hombre está robando la tienda, así que Frank lo derriba. Esto también es un arresto legal porque el robo estaba en curso en el momento del arresto.
Defensas legales
Una defensa legal exitosa puede mitigar las penalidades de una condena. O puede llevar a una absolución o forzar que los cargos sean retirados. Las defensas comunes incluyen que:
- Estabas actuando por necesidad,
- Estabas actuando en defensa propia o de otra persona, o
- Estabas ayudando a un oficial de policía.
Penalidades
Las penalidades por violar CRS 16-3-201 dependen de lo que sucedió. Podrías enfrentar cargos como:
- Asalto en primer grado (CRS 18-3-202)
- Asalto en segundo grado (CRS 18-3-203)
- Detención ilegal (CRS 18-3-303)
- Secuestro (CRS 18-3-301 y CRS 18-3-302)
- Hacerse pasar por un oficial de policía (CRS 18-8-112)
También podrías enfrentar una demanda civil por parte de la persona arrestada.
A continuación, nuestros abogados de defensa criminal de Denver, Colorado, explicarán:
- 1. ¿Cuándo puedo hacer un arresto ciudadano en Colorado?
- 2. ¿Cuáles son las defensas legales comunes a un cargo bajo CRS 16-3-201?
- 3. ¿Cuáles son las sanciones por hacer un arresto ciudadano ilegal en Colorado?
- 4. ¿Qué delitos están relacionados con CRS 16-3-201?
1. ¿Cuándo puedo hacer un arresto ciudadano en Colorado?
La Ley Revisada de Colorado 16-3-201 permite expresamente que usted, como ciudadano privado, haga un arresto ciudadano si un delito ocurre en su presencia. Puede usar fuerza razonable mientras hace este arresto.
La ley inmuniza a usted de cargos criminales y responsabilidad civil que normalmente seguirían de la fuerza que usó para hacer el arresto.
CRS 16-3-203 establece:
“Cualquier persona que no sea un oficial de paz según se define en la sección 24-31-301 (5), C.R.S., que sea demandado en cualquier acción civil como resultado de haber intentado prevenir un delito cometido contra cualquier otra persona, y que tenga un fallo a su favor, tendrá derecho a todos sus costos judiciales y a honorarios razonables de abogados incurridos en dicha acción.”
La política pública se basa en los “Buenos Samaritanos” que hacen cumplir la ley cuando los oficiales de paz no pueden. Si no fuera por la inmunidad civil, las personas podrían tener demasiado miedo de hacer un arresto ciudadano por temor a demandas.
¿Qué significa estar en presencia del ciudadano?
CRS 16-3-201 le permite hacer un arresto ciudadano solo si se cometió un delito en su presencia.
Se considera que un delito está en su presencia si puede verlo o sentirlo directamente. También está en su presencia si hay causa probable para sugerir que el delito está en curso o acaba de ser cometido. O como afirmó la Corte Suprema de Colorado, “El requisito de ‘en presencia’ se cumple si el arrestador observa actos que son en sí mismos suficientemente indicativos de un delito en curso.”1
Ejemplos incluyen:
- David está en el vestíbulo de una estación de policía. Ray se escapa de la policía y corre, lo cual es un delito en Colorado. David escucha a alguien gritando “¡detengan a ese hombre!” y lo derriba en una pelea.
- Un guardia de seguridad ve a Roseanne salir con un abrigo grande que cubre una computadora. El guardia le dice que se siente y la impide salir. Llama a la policía.2
No puedes hacer un arresto ciudadano si el delito ocurrió fuera de tu presencia:
Ejemplo: Ken y su hijo descubren que su vecino vende sustancias controladas. Entonces, entran a su apartamento, lo esposan y lo llevan a la policía. Este es un arresto ciudadano ilegal porque Ken y su hijo no presenciaron la venta de drogas.3
¿La ley se aplica a los oficiales de policía fuera de servicio?
Cualquier persona que no sea un oficial de policía en servicio se considera un ciudadano privado. Esto significa que los oficiales de policía fuera de servicio pueden hacer arrestos ciudadanos. También significa que un oficial de la ley fuera de su jurisdicción puede hacer un arresto ciudadano.
Ejemplo: Ralph es un oficial encubierto de paz con el Departamento de Policía de Boulder. Arresta a un dueño de una tienda por comprar artículos robados. Ralph no se da cuenta de que la tienda está a 12 pies sobre la línea de la ciudad. El arresto es un arresto ciudadano según el CRS 16-3-201.4
¿Cuánta fuerza se puede usar al hacer un arresto ciudadano?
Puedes usar fuerza no letal para hacer un arresto ciudadano según la ley de Colorado. Sin embargo, esta cantidad de fuerza debe ser razonable y apropiada para la situación. No puede ser más de lo que se considera razonablemente necesario para hacer el arresto o prevenir una fuga.5
CRS 18-1-707(7) establece:
“Una persona privada que actúa por su cuenta está justificada en usar fuerza física razonable y apropiada sobre otra persona cuando y en la medida en que razonablemente cree que es necesario para efectuar un arresto, o para evitar la fuga de custodia de una persona arrestada que ha cometido un delito en su presencia; pero está justificado en usar fuerza física mortal con el único propósito de defenderse a sí mismo o a otra persona de lo que razonablemente cree que es el uso o inminente uso de fuerza física mortal.”
Por lo tanto, solo puedes usar fuerza mortal para hacer un arresto ciudadano en casos muy raros. Debes razonablemente pensar que es necesario usar fuerza física mortal para defenderte a ti mismo o a alguien más de un daño mortal.
Ejemplo: David está parado en el vestíbulo de la estación de policía cuando Ray pasa corriendo. David escucha a alguien gritar “¡detengan a ese hombre!” En lugar de correr tras Ray, David saca una pistola y le dispara. El arresto ciudadano de David ha usado fuerza excesiva.
2. ¿Cuáles son las defensas legales comunes a un cargo bajo CRS 16-3-201?
Algunas de las formas más comunes de luchar contra acusaciones de arrestos ciudadanos ilegales en Colorado son demostrar:
- Actuaste por necesidad,
- Actuaste en defensa propia o en defensa de otra persona, y
- Estabas actuando bajo la dirección de un oficial de policía.
Puede haber otras defensas legales. Depende de los cargos específicos.
Necesidad
Una defensa común a una acusación de un arresto ciudadano ilegal es que actuaste por necesidad.
Para probar una defensa de necesidad, debes demostrar que el arresto ciudadano ilegal fue solo para prevenir que sucediera algo peor. Esto requiere pruebas que demuestren:
- Había un riesgo de daño inminente que no causaste,
- Actuaste para prevenir ese daño, y
- No tenías otras opciones legales.6
Defensa propia o defensa de otra persona
Un arresto ciudadano ilegal está justificado si se hace en defensa propia legítima. O en defensa de otras personas. Para probar esto, se requiere pruebas que demuestren:
- Tu pensamiento razonable de que la persona estaba a punto de usar fuerza ilegal, y
- Usaste solo la cantidad de fuerza razonablemente necesaria para protegerte de esa fuerza
Como establece CRS 18-1-704:
“[U] na persona está justificada en usar fuerza física contra otra persona para defenderse a sí misma o a otra persona de lo que razonablemente cree que es el uso o el inminente uso de fuerza física ilegal por parte de esa otra persona, y puede usar un grado de fuerza que razonablemente cree que es necesario para ese propósito.”
Cuando se determina si la defensa propia está justificada, se instruye a los miembros del jurado que consideren la totalidad de las circunstancias y piensen en lo que haría una persona razonable en la misma situación.7
(La única diferencia entre la defensa propia y la defensa de otras personas es a quién creías que iban a lastimar.)
Ayudar a un oficial de policía
Un oficial de policía puede ordenarte que ayudes a hacer un arresto según CRS 16-3-202. Cuando esto sucede, CRS 16-3-202(3) te hace inmune a un cargo criminal o una demanda civil por seguir las instrucciones de la policía.
CRS 16-3-202 establece:
(1) Un oficial de paz que realiza un arresto puede ordenar la asistencia de cualquier persona que se encuentre en las cercanías.
(2) Una persona ordenada a asistir a un oficial de paz tiene la misma autoridad para arrestar que el oficial que ordena su asistencia.
(3) Una persona ordenada a asistir a un oficial de paz en un arresto no será civil o penalmente responsable por cualquier conducta razonable en ayuda del oficial o por cualquier acto expresamente dirigido por el oficial.
(4) Los ciudadanos privados, actuando de buena fe, estarán exentos de cualquier responsabilidad civil por informar a cualquier oficial de policía o autoridad de aplicación de la ley la comisión o sospecha de comisión de cualquier delito o por proporcionar otra información para ayudar en la prevención de cualquier delito.8
Tenga en cuenta que la ciudad de Denver tiene una ordenanza (38-38) que requiere que las personas ayuden a los oficiales de policía:
“Será el deber de todas las personas, cuando sean llamadas por cualquier oficial de policía, miembro del departamento de policía o persona debidamente autorizada con autoridad policial, ayudar y asistir prontamente a dicho oficial, miembro o persona en el desempeño de sus funciones.” 9
3. ¿Cuáles son las sanciones por realizar un arresto ciudadano ilegal en Colorado?
No hay sanciones por violar CRS 16-3-201 y realizar un arresto ciudadano erróneo. Sin embargo, se pueden presentar otros cargos criminales en su contra por un arresto ciudadano incorrecto. También puede ser demandado por la persona que arrestó.
Las sanciones por estos cargos criminales pueden ser significativas. Pueden incluir miles de dólares en multas y años de cárcel.
Ejemplo: George golpea a Mike durante un arresto ciudadano por un robo. Sin embargo, el delito no se cometió en presencia de George. George es acusado de asalto en primer grado y detención ilegal.
Si la persona arrestada injustamente presenta una demanda civil, es posible que tenga que pagar miles de dólares en compensación.
4. ¿Qué delitos están relacionados con el CRS 16-3-201?
Violar el CRS 16-3-201 a menudo conlleva otros cargos criminales relacionados con el arresto ilegal:
Asalto en primer grado
El cargo criminal más común relacionado con un arresto ilegal de ciudadanos es el asalto en primer grado.
El asalto en primer grado (CRS 18-3-202) hace ilegal lastimar intencionalmente y gravemente a alguien. Hacer un arresto ciudadano es algo que se hace intencionalmente. Por lo tanto, cualquier lesión grave que infligas durante el arresto puede ser considerada como asalto en primer grado.
También consulta nuestro artículo sobre amenazas (CRS 18-3-206), también conocido como agresión.
Asalto en segundo grado
Otro delito relacionado muy común es el asalto en segundo grado.
El asalto en segundo grado (CRS 18-3-203) hace ilegal lastimar intencionalmente a alguien. A diferencia del asalto en primer grado, no implica lesiones graves. Si lastimas a la persona que estabas tratando de arrestar, puedes enfrentar cargos por asalto en segundo grado si las lesiones que causaste no fueron graves.
Encarcelamiento falso
Los arrestos ilegales de ciudadanos a menudo resultan en cargos criminales por encarcelamiento falso.
El encarcelamiento falso (CRS 18-3-303) hace ilegal detener a alguien sin su consentimiento. Si atrapas, sujetas o detienes a la persona que estabas arrestando, puede resultar en un cargo por encarcelamiento falso.
Ejemplo: Ken y su hijo arrestan erróneamente a su vecino por un robo. Después de entrar a la casa del vecino y esposarlo, deciden esperar a que llegue la policía. Ken y su hijo cometieron un arresto falso.
Secuestro
Si haces un arresto ilegal de ciudadanos y trasladas al sospechoso a un lugar nuevo, puedes ser acusado de secuestro.
Las leyes de Colorado contra el secuestro (CRS 18-3-301 y CRS 18-3-302) son similares a las leyes de encarcelamiento falso. Sin embargo, el secuestro hace ilegal detener y luego mover a alguien sin su consentimiento.
Ejemplo: Ken y su hijo realizan un arresto ciudadano ilegal en su vecino. Se meten en su apartamento y lo esposan. Luego lo obligan a subir a su auto y lo llevan a la policía.
Hacerse pasar por un oficial de paz
Si realizas un arresto ciudadano, puedes ser acusado de hacerse pasar por un oficial de paz (CRS 18-8-112) si finges ser la policía. Un delito grave de clase 6, este crimen conlleva hasta 18 meses de prisión.
Referencias legales:
- People v. Olguin, (1974) 528 P.2d 234.
- Ibíd.; Schiffner v. People, (Corte Suprema de Colorado, 1970) 476 P.2d 756.
- People v. Joyce, (Corte de Apelaciones de Colorado, 2002) 68 P.3d 521.
- People v. Wolf, (1981) 635 P.2d 213.
- CRS 18-1-707(7).
- Véase CRS § 18-1-702 y People v. Speer, (2011) 255 P.3d 1115.
- People v. Ferrell, (1980) 200 Colo. 128, 613 P.2d 324.
- CRS 16-3-202.
- Código de Ordenanzas de Denver Revisado Municipal 38-38. Deber de los ciudadanos de ayudar a los oficiales de policía. Tenga en cuenta que CRS 18-8-107 (Negarse a ayudar a un oficial de paz) será derogado a partir del 1 de marzo de 2022. SB21-271.