Colorado es un estado de porte abierto, lo que significa que la mayoría de los adultos pueden portar abiertamente un arma sin un permiso. Pero hay excepciones a la regla. El condado de Denver generalmente prohíbe el porte abierto de armas de fuego. Y ciertas clases de personas están prohibidas de portar un arma en cualquier lugar, incluyendo
- felones condenados,
- menores, y
- adictos a las drogas.
Colorado no tiene leyes expresas sobre el derecho a portar abiertamente un arma de fuego. Pero el derecho a poseer un arma generalmente está protegido bajo el Artículo 2, Sección 3 de la Constitución de Colorado:
“Todas las personas tienen ciertos derechos naturales, esenciales e inalienables [.] [E]ntre los cuales pueden contarse el derecho de disfrutar y defender sus vidas y libertades[.] [D]e adquirir, poseer y proteger propiedades[.] [Y] de buscar y obtener su seguridad y felicidad”.
Para ayudarle a entender mejor la ley de porte abierto de Colorado, nuestros abogados de defensa criminal de Denver Colorado responden las siguientes preguntas frecuentes:
- 1. ¿Quién puede portar abiertamente un arma en Colorado?
- 2. ¿Un permiso de porte oculto de Colorado me permite portar abiertamente un arma?
- 3. ¿Cuáles son las penalidades por violaciones de armas?
- 4. ¿Cuál es la ley de “gobierno local” de Colorado?
¿Requerido / permitido en Colorado? | |
---|---|
Permiso para comprar | No |
Registro de armas | No |
Prohibición de armas de asalto | Solo Denver* |
Restricción de capacidad de revista | Sí (las compras anteriores a 2003 están exentas) |
Porte abierto | Sí, si tiene 18 años o más |
Porte oculto | Sí, con permiso |
Restricciones juveniles | Sí |
*Otras ciudades también pueden imponer prohibiciones. Las ametralladoras, escopetas cortas y rifles cortos están prohibidos en todo el estado a menos que tenga un sello de impuestos federales de la ATF.
1. ¿Quién no puede portar abiertamente un arma en Colorado?
En Colorado, puedes portar abiertamente un arma de fuego a menos que:
- Tienes menos de 18 años de edad,1
- Estás legalmente prohibido de poseer un arma de fuego (por ejemplo, eres un delincuente convicto),2 o
- Estás sujeto a una orden de protección de Colorado que prohíbe la posesión de armas de fuego,
- Estás en una propiedad federal (como un parque nacional, tribunal, aeropuerto, oficina de correos o vivienda subsidiada por el gobierno),
- Estás en tu auto con un arma de fuego cargada que no sea una pistola o revólver,3
- El arma de fuego está cargada y estás en una instalación de transporte público,4
- Estás en los terrenos de una escuela o universidad (ya sea pública o privada), o
- Estás en una propiedad gubernamental (como estaciones de policía o parques de la ciudad) dentro de los límites de Denver u otra jurisdicción que prohíbe el porte abierto bajo los poderes de “home rule” de ciudades y condados (ver abajo).
Tenga en cuenta que la ley de Colorado requiere que los compradores de armas pasen una Investigación de la Oficina de Investigaciones de Colorado (C.B.I.) verificación de antecedentes.
2. ¿Un permiso de porte de Colorado me permite portar abiertamente un arma?
Tu permiso de porte oculto de Colorado (permiso CCW) no tiene nada que ver con el porte abierto de Colorado. Sin embargo, si posees un permiso de porte oculto, puedes llevar armas tanto abiertamente como ocultamente donde no esté prohibido por la ley.
Colorado es un estado de permiso de porte oculto de “emisión obligatoria”. La oficina del sheriff local emitirá un permiso estatal para llevar un arma oculta a cualquier persona que sea
- al menos de 21 años de edad y
- no esté prohibido por la ley de poseer un arma de fuego.
Vea nuestro artículo relacionado sobre reciprocidad de armas ocultas.
3. ¿Cuáles son las penas por violaciones de armas?
Dado que el porte abierto es legal en Colorado (excepto en Denver), no hay penas a menos que lleve un arma prohibida abiertamente o esté legalmente prohibido de poseer una pistola.
Una primera violación de portar un arma prohibida según 8-12-106 C.R.S es generalmente un delito menor de clase 1 en Colorado. La pena es:
- Hasta 364 días en la cárcel, y/o
- Hasta $1,000 en multas.
Pero una segunda violación dentro de los cinco años de otra acusación de armas de Colorado es un delito grave de clase 5 de Colorado. La pena puede incluir:
- 1 a 3 años en la prisión estatal de Colorado (con 2 años de libertad condicional obligatoria), y/o
- $1,000 a $100,000 en multas.
Mientras tanto, la posesión ilegal de un arma por un delincuente anterior (POWPO) es un delito grave de clase 5 de Colorado. Las consecuencias de POWPO incluyen:
- 1 a 3 años en prisión, y/o
- $1,000 a $100,000 en multas.
Finalmente, la primera posesión de una pistola por un menor de 18 años es un delito menor de Colorado. Pero las reincidencias son delitos graves.
4. ¿Cuál es la ley de “gobierno local” de Colorado?
De acuerdo con el Artículo 20, Sección 6 de la Constitución de Colorado, las ciudades y condados locales tienen el derecho de aprobar leyes que afecten a sus propias jurisdicciones siempre y cuando no contradigan directamente la ley estatal o federal.
Denver probó esta cláusula cuando aprobó la Sección 38-117 (b) del Código Municipal Revisado de Denver, que hace ilegal que cualquier persona “porte, use o lleve cualquier arma peligrosa o letal, incluyendo, pero sin limitarse a, cualquier pistola, revólver, rifle, escopeta… o cualquier otra arma peligrosa o letal”, a menos que esté específicamente permitido por la ley estatal.
La ley de Denver fue cuestionada en el caso emblemático Denver v. Estado de Colorado. El juez se pronunció a favor de Denver, señalando que “el interés del Estado en permitir el porte abierto general de armas de fuego es insustancial y está muy por debajo del interés local de Denver en regular las armas de fuego de manera más estricta en un área urbanizada”.
Los Estatutos Revisados de Colorado ahora han codificado esta regla como 29-11.7-104 C.R.S., que establece que un gobierno local puede promulgar una ordenanza que prohíba el porte abierto o oculto de un arma de fuego en un tipo específico de edificio o área siempre que se coloquen letreros en las entradas públicas del edificio o área específica.
La ley no limita el derecho a poseer un arma de fuego en una propiedad privada para la autodefensa o en vehículos, siempre que se observen las restricciones de la ley estatal.
Sin embargo, el derecho de autogobierno también permite a Denver prohibir la posesión de armas de asalto y armas de fuego de sábado por la noche.5 Nuevamente, el juez en Denver v. Estado de Colorado encontró que el interés de Denver en limitar el impacto de las armas de asalto y armas de fuego de sábado por la noche en su jurisdicción superaba el interés del Estado en la uniformidad de las leyes de control de armas.
Aunque en la actualidad estas limitaciones se aplican específicamente en Denver, cualquier jurisdicción de Colorado está libre de promulgar restricciones similares en la posesión y el porte abierto o oculto de armas de fuego.
Para representación de defensa penal…
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Grupo de Defensa Legal de Colorado
4047 Tejon Street
Denver, CO 80211
También vea nuestro artículo sobre leyes de porte abierto de Nevada.
Referencias legales:
- 18-12-108.5 C.R.S.
- 18-12-108 C.R.S.
- 33-6-125 C.R.S.
- 18-9-118 C.R.S.
- Vea Código Municipal de Denver, División 2, Secciones 38-130 y 38-122. Véase también, por ejemplo, People v. Stanley (Tribunal de Apelaciones de Colorado, División Cinco, 2007) ; Trinen v. City and County of Denver (. , 2002)