Bajo la ley de Colorado CRS 18-8-706, la represalia contra un testigo o víctima de un delito como represalia es un delito penal. La represalia contra un jurado en un juicio penal o civil también es un delito. La represalia contra un testigo, víctima de un delito o jurado es un delito grave de clase 4.
El lenguaje de 18-8-706 CRS dice lo siguiente:
(1) Una persona comete represalia contra un testigo o víctima si utiliza una amenaza, un acto de acoso según se define en la sección 18-9-111, o un acto de daño o lesión sobre cualquier persona o propiedad, que se dirige o se comete contra un testigo o una víctima de cualquier delito, una persona a quien la persona cree que se ha llamado o se habría llamado para testificar como testigo o víctima, un miembro de la familia del testigo, un miembro de la familia de la víctima, una persona en una relación cercana con el testigo o la víctima, una persona que reside en el mismo hogar que el testigo o la víctima, como represalia o retribución contra dicho testigo o víctima.
(2) La represalia contra un testigo o víctima es un delito grave de clase 4.
En este artículo, nuestros abogados defensores penales de Colorado abordarán:
- 1. ¿Qué es la represalia contra un testigo?
- 2. ¿Quiénes son considerados testigos y víctimas de un delito?
- 3. ¿Qué es la represalia contra un jurado?
- 4. ¿Cuáles son las penas?
- 5. Delitos relacionados
1. ¿Qué es la represalia contra un testigo?
Es un delito en Colorado represaliar contra un testigo de un delito o víctima de un delito. La represalia o retribución se hace con el propósito de vengarse de la víctima o testigo e incluye:
- Hacer amenazas;
- Usar acoso; o
- Actos de daño o lesión
La represalia puede ser dirigida a la víctima, testigo, miembro de la familia del testigo o víctima, persona en una relación cercana con la víctima o testigo; o una persona que vive en el mismo hogar.1
“Acoso” incluye cualquier toque molesto o dañino, hacer amenazas verbales o escritas, o gestos obscenos con la intención de molestar, acosar o causar alarma a otra persona. El acoso puede incluir:
- tocar, golpear, patear o pinchar;
- hacer gestos obscenos en público;
- seguir a alguien en un lugar público;
- hacer amenazas por teléfono;
- hacer amenazas por mensaje de texto, redes sociales, correo electrónico u otro medio electrónico;
- hacer llamadas telefónicas repetidas y colgar; o
- provocar, desafiar o insultar a otra persona de manera que provoque una reacción violenta.2
2. ¿Quiénes son considerados testigos y víctimas de un crimen?
Un testigo de un crimen incluye a cualquier persona que:
- Tiene conocimiento de hechos relacionados con un crimen;
- Ha hecho una declaración bajo juramento para ser utilizada como evidencia en un caso criminal;
- Ha denunciado cualquier crimen a un oficial de paz;
- Ha sido citado por el tribunal; o
- Cualquier persona que razonablemente se crea que es cualquiera de los anteriores.3
Un “víctima” incluye a cualquier persona contra quien se haya perpetrado o intentado cualquier crimen. Esto podría incluir agresión sexual, víctimas de robo, víctimas de allanamiento de morada o víctimas de fraude.4
3. ¿Qué es la represalia contra un jurado?
Según C.R.S. 18-8-706.5, una persona comete represalia contra un jurado al usar una amenaza, acoso o acto de daño o lesión dirigido a un jurado que ha servido en un juicio penal o civil en represalia por sus acciones como jurado. Esto incluye acciones dirigidas o cometidas contra un jurado, miembro de la familia del jurado, persona en una relación cercana o persona que reside en el mismo hogar.5
Un “jurado” significa cualquier persona que sea miembro de un jurado o gran jurado que sirva en un panel de jurados por cualquier tribunal en Colorado. También incluye a cualquier persona que haya sido seleccionada o convocada para asistir como jurado potencial.6
4. ¿Cuáles son las penas?
La represalia contra un testigo o víctima de un crimen es un delito grave de clase 4.7 La represalia contra un jurado o jurado potencial también es un delito grave de clase 4 en Colorado.8 Las penas por una condena por represalia contra un testigo, víctima o jurado incluyen de 2 a 6 años de prisión y una multa de hasta $500,000. Además, hay un período obligatorio de libertad condicional de 3 años.
Además de multas y tiempo en la cárcel, una condena por represalia contra un testigo o víctima podría someter al acusado a responsabilidad civil. Según C.R.S. 18-8-708, las víctimas de intimidación o represalia son elegibles para recibir daños sufridos como resultado de la intimidación o represalia. En un proceso civil, los testigos o víctimas, o miembros de su familia, pueden recuperar daños por cualquier lesión o daño a la propiedad. También pueden ser elegibles para recibir daños triples y honorarios de abogados.9
5. Delitos relacionados
Represalia agravada contra un testigo o víctima C.R.S. 1808,706.3
La ley establece:
(1) Una persona comete el delito de represalia agravada contra un testigo o víctima si, durante el acto de represalia, la persona: (a) Está armada con un arma mortal con la intención, si se resiste, de matar, mutilar o herir a la persona contra la que se está represaliando o a cualquier otra persona; o (b) Con conocimiento de causa hiere con un arma mortal a la persona contra la que se está represaliando o a cualquier otra persona; o (c) Mediante el uso de la fuerza, amenazas o intimidación con un arma mortal, pone a la persona contra la que se está represaliando o a cualquier otra persona en un temor razonable de muerte o lesiones corporales. (2) La represalia agravada contra un testigo o víctima es un delito grave de clase 3.
Soborno a un testigo C.R.S. 18-8-703
En Colorado, ofrecer dinero u otro beneficio a un testigo o víctima de un delito para influir en sus decisiones es soborno a un testigo. Sobornar a un testigo es un delito grave. Las penas por soborno a un testigo o víctima incluyen hasta 6 años de prisión y una multa de hasta $500,000.
Intimidación a un testigo C.R.S. 18-8-704
En Colorado, hacer amenazas contra un testigo o víctima de un delito con el fin de influir en sus decisiones es un delito penal. Intimidación a un testigo es un delito grave, con delitos graves aumentados si el testigo es intimidado por el uso de un arma mortal. Consulte nuestro artículo relacionado sobre intimidación agravada de un testigo o víctima (CRS 18-8-705).
Obstrucción de un testigo C.R.S. 18-8-707
Obstrucción de un testigo implica intentos de hacer que un testigo retenga su testimonio, testifique falsamente o esté ausente de un procedimiento oficial. Obstrucción de un testigo es un delito grave de clase 4, con penas que incluyen de 2 a 6 años de prisión y hasta $500,000 en multas.
Soborno a un jurado C.R.S. 18-8-606
Soborno a un jurado implica ofrecer o acordar ofrecer dinero u otro beneficio a un jurado para influir en el voto u opinión del jurado. Soborno a un jurado es un delito grave de clase 4, con penas que incluyen de 2 a 6 años de prisión y hasta $500,000 en multas.
Referencias legales
- C.R.S. 18-8-706(1). HB 23-1293.
- C.R.S. 18-9-111
- C.R.S. 18-8-702(2)
- C.R.S. 18-8-702(1)
- C.R.S. 18-8-706.5(1); People v. McIntier (Colo. App. 2005) 134 P.3d 467.
- C.R.S. 18-8-601(1)
- C.R.S. 18-8-706(2)
- C.R.S. 18-8-706.5(2)
- C.R.S. 18-8-708(2); People v. Gardner (Colo. App. 1995) 919 P.2d 850.