A medida que un caso penal de Colorado avanza a través del proceso previo al juicio, es típico llevar a cabo una audiencia de disposición. Aquí es donde decides si aceptar la oferta de acuerdo del fiscal o proceder a juicio. Aceptar la oferta y declararse culpable o no contestar resultaría en la resolución de los cargos penales sin pasar por un juicio.
No todos los casos penales pasan por una audiencia de disposición. Si no desea un acuerdo de culpabilidad o necesita más tiempo para decidir cómo proceder, la audiencia de disposición puede ser
- “aplazada” o
- reprogramada.
Generalmente, en una audiencia de disposición debes decidir si:
- aceptar un acuerdo de culpabilidad;
- aplazar la audiencia para una fecha posterior; o
- proceder a juicio.
A veces, una persona puede referirse a una “audiencia de disposición” como una audiencia general ante el juez. Es importante aclarar qué tipo de audiencia judicial está programada para entender cómo prepararse y asegurarse de tener a su abogado presente para evitar cualquier sorpresa costosa.
Para ayudarte a entender qué es una audiencia de disposición en el proceso judicial penal de Colorado, nuestros abogados defensores penales de Colorado discuten lo siguiente:
- 1. ¿Qué es una audiencia de disposición?
- 2. ¿Siempre necesito tener una audiencia de disposición?
- 3. ¿Necesito tener un abogado?
- 4. ¿Qué sucede después de la audiencia de disposición?
1. ¿Qué es una audiencia de disposición?
Una audiencia de disposición es donde el tribunal determina si el caso puede ser “dispuesto” antes de ir a juicio. Aceptar la oferta de acuerdo del fiscal dispondrá del caso y serás sentenciado/a.
Si no desea aceptar el acuerdo de culpabilidad en la audiencia de disposición,
- el caso se llevará a juicio o
- puede pedir más tiempo para negociar o considerar el acuerdo de culpabilidad.
Después de hablar con su abogado, puede:
- aceptar el acuerdo de culpabilidad,
- pedir que se posponga la audiencia para una fecha posterior, o
- llevar el caso a juicio.
¿Qué es una audiencia preliminar?
Una audiencia preliminar no es lo mismo que una audiencia de disposición. Generalmente debe solicitar una audiencia preliminar de acuerdo con las Reglas de Procedimiento Penal de Colorado.1
Una audiencia preliminar es un procedimiento en el que puede impugnar el caso del estado en su contra. El fiscal debe presentar pruebas para establecer causa probable ante el juez.
- Si el juez encuentra que existe causa probable, se le imputarán los cargos.
- El caso puede ser desestimado si el juez no encuentra causa probable.
Elegibilidad
Una audiencia preliminar generalmente solo está disponible si se le acusa de un:
- delito grave de clase 1, delito grave de clase 2 o delito grave de clase 3,
- delito grave de clase 4, 5 o 6 con tiempo obligatorio en la cárcel, o
- delito grave de clase 4, 5 o 6 y en custodia policial.
Si no es elegible para una audiencia preliminar, renuncia a la audiencia o no solicita una audiencia preliminar, el caso pasará a la audiencia de disposición.
2. ¿Siempre necesito tener una audiencia de disposición?
Una audiencia de disposición es donde decides si
- aceptar un acuerdo de culpabilidad o
- llevar el caso a juicio.
Si ya has decidido no aceptar el acuerdo, la audiencia de disposición puede ser una audiencia corta donde se programará el juicio.
Audiencia de disposición de acuerdo de culpabilidad
La mayoría de los casos penales en Colorado nunca llegan a juicio. En su lugar, la mayoría de los casos se negocian, donde el fiscal ofrece recomendar ciertos términos a cambio de que te declares culpable.
Asegúrate de hablar con tu abogado antes de aceptar cualquier acuerdo de culpabilidad. El fiscal puede hacer que parezca que no tienes opción o que es una “oferta única”, pero generalmente estos acuerdos se pueden negociar.
Informar al juez
Si el acuerdo de culpabilidad es la mejor opción, el fiscal presenta el acuerdo al juez con una recomendación. Si el juez acepta el acuerdo,
- se leerá en el registro del tribunal y
- serás sentenciado en base al acuerdo.
Si el juez no acepta la recomendación, tú y el fiscal pueden volver a negociar.
Después de que se haya hecho y aceptado el acuerdo de culpabilidad, es el final de tu oportunidad de impugnar los cargos penales. Debes seguir los términos de la sentencia, incluyendo cualquier condición de libertad condicional o términos de libertad condicional al ser liberado.
Pedir una prórroga
Una prórroga es pedir más tiempo. En la mayoría de los casos, se otorgará una prórroga para evitar violar tus derechos. Sin embargo, es posible que debas mostrar una razón por la cual una prórroga es necesaria, especialmente si has pedido múltiples extensiones.
Motivos para una prórroga pueden incluir:
- negociaciones en curso para un acuerdo de culpabilidad,
- la ausencia del defensor público en la corte,
- la sustitución del defensor público por un abogado de defensa criminal,
- conflicto de programación con la corte, el fiscal, usted o su abogado de defensa, o
- enfermedad o emergencia.
A menudo, una audiencia puede ser aplazada porque la corte se quedó sin tiempo. La corte tendrá múltiples audiencias en cualquier fecha determinada. Cuando estas
- comparecencias,
- juicios,
- audiencias, y
- otros procedimientos
se extienden, a las partes restantes programadas se les puede decir que se vayan a casa y vuelvan en otra fecha.
Esto puede ser frustrante cuando usted ha tomado tiempo libre del trabajo o ha organizado cuidado de niños, solo para que le digan que vuelva otra vez.
Lleve su caso a juicio
Si no desea aceptar la oferta del fiscal, el juez enviará el caso a juicio. Puede parecer intimidante enfrentarse a un juicio ante un jurado en un tribunal penal donde el jurado determina la culpabilidad o inocencia.
Sin embargo, puede haber varios pasos antes de que pise un tribunal frente a un jurado. En la mayoría de los casos, su caso nunca llegará a juicio.
El fiscal y usted pueden continuar negociando posibles acuerdos de culpabilidad, hasta la etapa del juicio. Su abogado puede recomendar aceptar una declaración de culpabilidad. Sin embargo, es importante saber que la decisión final de aceptar o no la oferta depende de usted solo.
3. ¿Necesito un abogado?
Debe tener un abogado antes de comparecer en la audiencia de disposición. Un abogado experimentado en defensa criminal de Colorado será el mejor para explicarle todas sus opciones y los beneficios y consecuencias de ir a juicio versus aceptar una declaración de culpabilidad.
Si necesita más tiempo para conseguir un abogado, generalmente puede solicitar más tiempo en la audiencia de disposición. Ponerse en contacto con un abogado de defensa criminal lo antes posible después de un arresto le dará a su abogado la oportunidad de
- revisar su caso,
- investigar los cargos, y
- ayudarlo a decidir cómo luchar mejor por sus derechos.
¿Puedo tener un defensor público para la audiencia de disposición?
Si no tiene un abogado y no puede pagar uno, la corte puede designar un defensor público. Para obtener un defensor público en Colorado, debe cumplir con ciertos límites de ingresos y activos.
Si tiene un defensor público, su defensor público generalmente hablará con el fiscal para llegar a un acuerdo de culpabilidad. Es probable que su defensor público intente hacer que acepte una oferta de culpabilidad.
Esto se debe en parte a que los defensores públicos a menudo tienen una carga de trabajo pesada y recursos limitados. Un acuerdo de culpabilidad es la forma más rápida para el defensor público de resolver su caso.
4. ¿Qué sucede después de la audiencia de disposición?
Lo que sucede después de la audiencia de disposición depende de lo que decida, ya sea:
- aceptar un acuerdo de culpabilidad;
- continuar la audiencia para una fecha futura; o
- llevar el caso a juicio.
Después del acuerdo de culpabilidad
Después de aceptar un acuerdo de culpabilidad, el juez presenta el trato con la recomendación del fiscal. El juez generalmente acepta la recomendación del fiscal. Sin embargo, el juez no está obligado a aceptar el acuerdo de culpabilidad.
Si el juez acepta el acuerdo de culpabilidad, se leerá en voz alta ante usted. Dependiendo del acuerdo de culpabilidad y los cargos penales, puede ser condenado a prisión o liberado, según los términos del acuerdo.
Retiro de la declaración de culpabilidad y violaciones
Generalmente, no tiene muchas oportunidades para cambiar de opinión después de aceptar el acuerdo de culpabilidad. Usted tiene la carga de demostrar una “razón justa y válida” para retirar una declaración de culpabilidad antes de la imposición de una sentencia.2
Para justificar la discreción favorable a usted si desea cambiar su declaración de culpabilidad, debe haber alguna demostración de que la justicia se verá subvertida al negar un cambio de declaración de culpabilidad.3
Además, si viola los términos de la libertad condicional o la sentencia alternativa, puede ser condenado a prisión, según los términos del acuerdo de culpabilidad.
Después de la continuación
Una continuación es un retraso para posponer la audiencia para una fecha futura. Generalmente, una continuación permite a su abogado más tiempo para negociar un mejor acuerdo de culpabilidad con el fiscal.
Después de que se otorga una prórroga, el tribunal puede programar otra audiencia de disposición u otra fecha de tribunal para determinar si el caso será
- resuelto a través de un acuerdo de culpabilidad o
- llevado a juicio.
Ir a juicio
Si no desea declararse culpable o no desea aceptar el acuerdo de culpabilidad, el caso puede ser programado para juicio. Sin embargo, puede haber una serie de pasos antes de que el caso llegue a juicio. Esto puede incluir:
- Audiencias previas al juicio,
- Mociones previas al juicio,
- Negociaciones continuas de acuerdo de culpabilidad,
- Juicio ante el juez o juicio con jurado4, y
- Selección de jurado5.
La mayoría de los casos penales en Colorado nunca llegan a juicio. La mayoría de los casos penales se resuelven a través de un acuerdo de culpabilidad.6
Incluso si un caso va a audiencias previas al juicio, el abogado defensor puede ganar algunas mociones previas al juicio importantes para suprimir pruebas. Si el juez otorga una moción para suprimir, el fiscal puede no tener suficientes pruebas para presentar al jurado. Esto puede resultar en
- el fiscal retirando los cargos o
- el juez desestimando el caso.
Hable con su abogado defensor penal de Colorado sobre la fortaleza de su caso y si desea aceptar un acuerdo de culpabilidad o llevar su caso a juicio.
Referencias Legales:
- C.R.C.P. 5(a)(4).
- People v. Gutierrez, 622 P.2d 547 (Colo.1981).
- People v. Chavez, 730 P.2d 321 (Colo.1986) (“Para justificar el ejercicio de discreción favorable a un acusado en cuanto a un cambio de declaración, debe haber alguna demostración de que la justicia será subvertida por su denegación, como cuando un acusado puede haber sido sorprendido o influenciado a declararse culpable cuando tenía una defensa; cuando se ingresó una declaración de culpabilidad por error o bajo una concepción errónea de la naturaleza del cargo; cuando dicha declaración se ingresó por miedo, fraude o representación oficial; o cuando se hizo involuntariamente por alguna razón.”).
- C.R.S. 18-1-406(1).
- C.R.S. 16-10-103 y C.R.S. 16-10-104.
- Informe Estadístico Anual del Poder Judicial de Colorado del Año Fiscal 2014.