Los elementos de una demanda por negligencia en California están detallados en las Instrucciones Civiles para el Jurado (“CACI”) 400. Para que usted gane un juicio, tiene que probar por “preponderancia de la evidencia” estos cuatro elementos:
- El demandado le debía un deber de cuidado;
- El demandado lo incumplió;
- Este incumplimiento causó su lesión; y
- Usted sufrió daños.1
En la tabla a continuación, cada uno de estos elementos de negligencia en California se ilustra con un ejemplo en el contexto de un accidente automovilístico:
Elemento de Negligencia |
Ejemplo |
1. El demandado tenía un deber de cuidado hacia usted | Mientras el demandado conducía, tenía el deber hacia todos los demás conductores y peatones (incluyéndolo a usted) de seguir las leyes de tráfico, ser seguro y actuar como lo haría una persona razonable en las circunstancias. |
2. El demandado incumplió su deber de cuidado hacia usted | El demandado iba a exceso de velocidad en violación de las leyes de tráfico y, por lo tanto, no cumplía con su deber de conducir de manera segura y minimizar la posibilidad de un accidente. |
3. Hubo una relación de causalidad entre el incumplimiento del demandado y sus lesiones | Debido a que el demandado iba a exceso de velocidad, no pudo frenar a tiempo antes de chocar por detrás de su auto, lo que resultó en que usted se rompiera un brazo. Además, es razonablemente previsible que la velocidad dificultaría evitar causar una colisión por detrás. |
4. Usted sufrió daños | Debido a su brazo roto, tiene facturas médicas, salarios perdidos, pérdida de ingresos futuros y dolor y sufrimiento. |
Para ayudarlo a comprender mejor las leyes de negligencia en California, nuestros abogados de lesiones personales abordarán:
- ¿Qué es un deber de cuidado?
- Estándar de la persona razonable
- Cómo probar la negligencia
- Defensas de negligencia
- Límite de tiempo para presentar una demanda
- Lecturas adicionales
Este artículo trata sobre la negligencia en la ley de lesiones personales de California. Si está interesado en la negligencia criminal, puede revisar nuestro artículo sobre “Definición legal de negligencia criminal en California.”
¿Qué es un deber de cuidado?
La ley de California impone a las personas un “deber de cuidado”, que es el deber de actuar de la misma manera que lo haría una persona razonablemente cuidadosa en la misma situación. Exactamente cuál es su deber de cuidado – y a quién se le debe – depende de las circunstancias. Por ejemplo:
- Los maestros y centros de cuidado infantil tienen el deber de cuidar a los niños que han sido dejados a su cargo.
- Los conductores tienen el deber de obedecer las leyes de tráfico para no crear un riesgo irrazonable de accidentes automovilísticos o atropellos de peatones.
- Los médicos que enfrentan demandas por lesiones personales por negligencia médica están sujetos a un deber de cuidado más alto que las personas promedio.
Estándar de la persona razonable
Según la ley de negligencia de California, una persona incumple su “deber de cuidado” si:
- Hace algo que una persona razonablemente cuidadosa NO haría en la misma situación, o
- No hace algo que una persona razonablemente cuidadosa HARÍA en la misma situación.
Si el incumplimiento del deber de cuidado del demandado causó que usted resultara herido, entonces fueron negligentes. Un ejemplo es una tienda que no coloca un letrero de “Piso mojado”, lo que provoca que un cliente se resbale y se lastime.
Comprobación de la negligencia
Las pruebas típicas en casos de negligencia incluyen testimonios de testigos presenciales, imágenes de videovigilancia e informes de expertos en reconstrucción de accidentes. A veces, sus lesiones son suficientes como prueba de que el demandado le causó daño.
Bajo la doctrina de res ipsa loquitur, que traducido del latín significa “la cosa habla por sí misma”, un tribunal presumirá que un acusado incumplió su deber de cuidado cuando tuvo control exclusivo sobre los instrumentos que causaron su lesión.
Ejemplo: Después de una cirugía, siente un dolor inusual. Una radiografía muestra tijeras quirúrgicas en su abdomen. Dado que solo su cirujano tuvo control sobre las tijeras durante su cirugía, res ipsa loquitur permite al tribunal concluir que su cirujano fue negligente.
Defensas de Negligencia
Los acusados pueden plantear varios argumentos en casos de lesiones personales para tratar de demostrar que no son responsables. Tres de las defensas más comunes en una demanda por negligencia en California son las siguientes:
1. El Acusado No Tenía Deber de Cuidado Hacia Usted
A menudo, los acusados intentarán afirmar que no tenían ningún deber de actuar de ninguna manera en su contra.
Aunque en realidad, los fabricantes, propietarios de propiedades, dueños de negocios, conductores y otros a menudo tienen el deber de prevenir daños a otros. Si incumplen este deber, son responsables por cualquier daño resultante de sus acciones.
2. Usted Fue Responsable de la Lesión
Los acusados frecuentemente intentarán culparlo a usted por causar el accidente y cualquier lesión o daño a la propiedad resultante. Sin embargo, un buen abogado de lesiones personales de California llevará a cabo su propia investigación para descubrir los hechos que demuestren que las acciones del acusado fueron un factor sustancial en su daño.
Además, bajo la ley de “culpa comparativa” de California – también conocida como “culpa comparativa pura” – es posible que aún pueda recuperar una cantidad de daños incluso si es parcialmente responsable de su accidente o lesión.2
3. Usted Asumió el Riesgo de Lesiones
A veces, un acusado afirmará que usted “asumió el riesgo” de lesiones.3 Esto suele suceder en casos en los que estaba participando en actividades inherentemente riesgosas, como hacer ejercicio en el gimnasio o ir a esquiar.
Si firmó una renuncia de responsabilidad, es posible que ya no tenga derecho a demandar por negligencia. Sin embargo, aún tendría el derecho de demandar por negligencia grave. Esto es como la negligencia ordinaria, pero la conducta del acusado fue particularmente extrema.
Estatuto de Limitaciones
Las leyes de negligencia de California le dan dos años después de descubrir su lesión para demandar.4 Esto puede parecer mucho tiempo, pero la evidencia y los recuerdos desaparecen rápidamente, por lo que no debe demorar en contactar a un abogado de lesiones personales para luchar por la compensación que merece.
Lectura adicional
Para obtener información más detallada, consulte los siguientes artículos académicos:
- Negligencia y Daños Económicos: El Nexo California-Florida – Revista de Derecho de la Universidad de Florida.
- Regla de Presunción de Negligencia en California: La Ley Común y la Sección 669 del Código de Evidencia – Revista de Derecho del Pacífico.
- Negligencia Comparativa en California: Litigios con Múltiples Partes – Revista de Derecho del Pacífico.
- La Corte Suprema de California Abolida la Negligencia Contributiva como Defensa – Revista de Derecho de Seguros.
- Li v. Yellow Cab Company: Una Encuesta de la Práctica de California bajo la Negligencia Comparativa – Revista de Derecho del Pacífico.
Vea los artículos relacionados de nuestros abogados de lesiones personales sobre los delitos de negligencia grave, negligencia per se, responsabilidad estricta, imprudencia y negligencia contributiva,
Referencias legales:
- Ver CACI 405. Ver también: Li v. Yellow Cab Co. (1975) 13 Cal.3d 804; Pfeifer v. John Crane, Inc. (2013) 220 Cal.App.4th 1270; CRST, Inc. v. Superior Court (2017) 11 Cal.App.5th 1255; Harb v. City of Bakersfield (2015) 233 Cal.App.4th 606. Ver también Civ. Code 1431.2.
- CACI 451. También ver Eriksson v. Nunnink (2015) 233 Cal.App.4th 708; Rosencrans v. Dover Images, Ltd. (2011) 192 Cal.App.4th 1072; Anderson v. Fitness Internat., LLC (2016) 4 Cal.App.5th 867; Hass v. RhodyCo Productions (2018) 26 Cal.App.5th 11; Blue Booth v. Santa Barbara Biplane Tours, LLC (2008) 158 Cal.App.4th 1173; City of Santa Barbara v. Superior Court (2007) 41 Cal.4th 747; Willhide-Michiulis v. Mammoth Mountain Ski Area, LLC (2018) 25 Cal.App.5th 344; Huverserian v. Catalina Scuba Luv, Inc. (2010) 184 Cal.App.4th 1462; Grebing v. 24 Hour Fitness USA, Inc. (2015) 234 Cal.App.4th 631; Jimenez v. 24 Hour Fitness USA, Inc. (2015) 237 Cal.App.4th 546.
- Código de Procedimiento Civil de California §335.1.