Bajo el Código Penal de California 801.1 PC, los fiscales deben presentar cargos por ciertos delitos sexuales:
- Antes del cumpleaños número 40 de la víctima, si la víctima tenía menos de 18 años cuando ocurrió el delito; o,
- Dentro de los 10 años del delito, en casos que involucren víctimas adultas.
Hay dos excepciones a las leyes en el Código Penal 801.1. Los fiscales pueden presentar cargos por un delito sexual, incluso después de que hayan expirado los límites de tiempo establecidos en el PC 801.1, si:
- Hay pruebas corroborantes independientes, según lo establecido en el Código Penal 803(f)(1); o,
- Los cargos se presentan de acuerdo con la regla de excepción de ADN, según lo establecido en el Código Penal 803(g).
Nuestros abogados de defensa criminal de California destacarán lo siguiente en este artículo:
- 1. Período de limitación para delitos sexuales
- 2. Dónde se aplica el Código Penal 801.1
- 3. Estatuto de limitaciones en casos penales de California
- 4. Excepciones al Código Penal 801.1
- 5. Recursos adicionales
1. Período de limitación para delitos sexuales
Con la aprobación del Proyecto de Ley del Senado de California 813 que entró en vigor en 2017, no hay un estatuto de limitaciones para la mayoría de los delitos sexuales graves que involucran fuerza o violencia, como la violación y los actos lascivos con un menor. Eso significa que, en la mayoría de los casos, las víctimas pueden presentarse – y los fiscales pueden presentar cargos – sin importar cuánto tiempo haya pasado.
Sin embargo, el Código Penal 801.1 establece dos períodos de limitación específicos para delitos sexuales especificados (enumerados en la sección 2 a continuación). En estos casos:
- Los fiscales deben presentar cargos antes del 40 cumpleaños de la víctima, siempre que la víctima fuera menor de 18 años cuando se cometió el delito; y/o,
- Los fiscales deben presentar cargos antes de que hayan transcurrido 10 años desde la fecha del delito, para casos que involucren a una víctima adulta.
(SB se aplica solo a delitos cometidos a partir del 1 de enero de 2017 o para los cuales el plazo de prescripción aún no ha vencido el 1 de enero de 2017.)1
2. Donde se aplica el Código Penal 801.1
El Código Penal de California 801.1(a) establece el período de limitación de 40 años para delitos sexuales cuando la víctima era menor de 18 años cuando se cometió el delito. Esta sección establece específicamente que se aplica a los siguientes delitos sexuales delitos graves:
- Violación, según el Código Penal 261 PC, donde la víctima se somete porque cree que el presunto violador es otra persona;
- Sodomía, según el Código Penal 286 PC, donde no se usa fuerza, violencia o coacción;
- Fellatio, según el Código Penal 287 PC, donde no se usa fuerza, violencia o coacción, donde la víctima se somete porque cree que el presunto violador es otra persona, o donde la víctima tiene un trastorno que le impide dar su consentimiento.
- Actos lascivos con un menor, según el Código Penal 288 PC, y el niño tiene 14 o 15 años.
- Penetración forzada con un objeto extraño, según el Código Penal 289 PC, donde la víctima se somete porque cree que el presunto violador es otra persona, o la víctima tiene un trastorno que le impide dar su consentimiento.
El Código Penal 801.1(b) establece un período de limitación de 10 años para delitos sexuales que involucran a víctimas adultas. Este plazo de prescripción se aplica a los delitos sexuales mencionados anteriormente y a los delitos graves enumerados en el Código Penal de California 290(c).
El Código Penal 290 es la Ley de Registro de Delincuentes Sexuales de California. Incluye delitos graves como:
- Tráfico de personas, según el PC 236.1;
- Pornografía infantil, según el PC 311.11; y
- Agresión sexual, según el PC 243.4.2
3. Estatuto de limitaciones en casos penales de California
El Código Penal de California 801.1 es un ejemplo de un “estatuto de limitaciones”.
Un “estatuto de limitaciones”, también conocido como “período de limitación”, es un estatuto que define los límites de tiempo dentro de los cuales el Estado de California puede acusar legalmente a una persona por un delito penal.
Según el Código Penal 801.1, los fiscales no pueden presentar cargos por ciertos delitos sexuales si el período de limitación estatutario expira.
Los estatutos de limitaciones existen tanto para casos penales como civiles en California.
4. Excepciones al Código Penal 801.1
Hay dos excepciones al PC 801.1. Los fiscales pueden presentar cargos, incluso después de que hayan expirado los límites de tiempo dentro del PC 801.1, si:
- Hay pruebas independientes que corroboren, según el PC 803(f)(1); o,
- Se aplica la regla de la excepción de ADN, según el PC 803(g).
Pruebas Independientes que Corroboran – PC 803(f)(1)
El Código Penal 803(f)(1) establece que California puede presentar cargos por un delito sexual dentro de un año después de que una persona haga una denuncia que alega que, cuando era menor de edad, fue víctima de “conducta sexual sustancial”.3
Las siguientes condiciones deben aplicarse para que PC 803 (f) (1) funcione:
- El período de limitaciones dentro de PC 801.1 ha expirado;
- Se cometió un delito que involucró “conducta sexual sustancial”, que incluye la penetración sexual por un objeto desconocido;
- Hay evidencia independiente, que no sea la opinión de un profesional de la salud mental, que corrobora la denuncia de la víctima; y,
- Si la víctima tenía 21 años o más en el momento del informe, la evidencia independiente corrobora claramente la denuncia de la víctima.4
La Regla de Excepción de ADN – PC 803 (g)
La regla de excepción de ADN se aplica en casos de penetración sexual por un objeto extranjero cuando una persona es considerada sospechosa a través de pruebas de ADN.
Si corresponde, la regla permite al Estado presentar cargos por un delito sexual dentro de un año a partir de la fecha en que la evidencia de ADN establece a una persona como sospechosa.5
La regla de ADN se aplicará si se cumplen las siguientes condiciones:
- El delito se cometió antes del 1 de enero de 2001 y la evidencia de ADN recopilada se analizó a más tardar el 1 de enero de 2004; o,
- El delito se cometió en o después del 1 de enero de 2001 y la evidencia de ADN recopilada se analizó dentro de los dos años del delito.6
Recursos adicionales
Para obtener información adicional sobre las leyes de agresión sexual en California y ayuda para las víctimas, consulte lo siguiente:
- Recursos de Violencia Sexual – Lista de la Oficina del Fiscal General de California de agencias gubernamentales y otras organizaciones que brindan información y apoyo.
- Coalición de California contra la Agresión Sexual (CALCASA) – Grupo de defensa estatal líder que apoya a las víctimas y la prevención. Recurso clave para la educación.
- Programa de Compensación para Víctimas de California – Brinda asistencia financiera a víctimas de delitos violentos, incluida la agresión sexual. Programa estatal.
- RAINN – Línea directa nacional de agresión sexual que brinda apoyo gratuito y confidencial a sobrevivientes las 24 horas del día, los 7 días de la semana.
- Centro de Recursos para Víctimas de Delitos – Brinda información, asistencia y referencias para víctimas de todo tipo de delitos en California.
Referencias legales:
- Proyecto de Ley del Senado 813. Código Penal de California 801.1(a) y (b) PC. El Código Penal de California 801.1 dice lo siguiente:
(a) (1) No obstante cualquier otra limitación de tiempo descrita en este capítulo, la persecución por un delito grave descrito en la Sección 261, 286, 287, 288, 288.5 o 289, o la antigua Sección 288a, o la Sección 289.5, según promulgada por el Capítulo 293 de las Estatutos de 1991 relacionados con la penetración por un objeto desconocido, que se alega haber sido cometido cuando la víctima era menor de 18 años, puede iniciarse en cualquier momento antes del 40 cumpleaños de la víctima.
(2) El párrafo (1) solo se aplicará a los delitos cometidos a partir del 1 de enero de 2015, o para los cuales el estatuto de limitaciones que estaba en vigor antes del 1 de enero de 2015 no haya expirado en esa fecha.
(b) No obstante cualquier otra limitación de tiempo descrita en este capítulo, si ninguna de las subdivisiones (a) de esta sección o (b) de la Sección 799 se aplica, la persecución por un delito grave descrito en la subdivisión (c) de la Sección 290 se iniciará dentro de los 10 años posteriores a la comisión del delito. - Código Penal de California 799 PC. Todos estos delitos son delitos graves, en contraposición a las faltas de California. El Código Penal de California 801.1 PC solo se aplica a ciertos delitos sexuales que son delitos graves según la ley de California. Véase también el Código Penal de California 801.1(a) y (b) PC.
- Código Penal de California 803(f)(1) PC.
- Véase lo mismo.
- Código Penal de California 803(g) PC.
- Véase lo mismo.